Yo llevo inscrito en el registro desde Julio.
Imaginemos que yo me inscribo como peticionario de un pabellón. por lo que mi preferencia sería de soltero entiendo.
Ahora bien, si se queda un pabellón libre a partir de Julio de 2018, cuando haga dos años de pareja de hecho, yo tendría preferencia de casado, con la antigüedad de la petición de soltero?
Si es asi. Por que ahi prevalece el destino. El que esta en precario no le pertenece por destino ese pabellon, sino a alguien destinado en la cia. Es la jodienda de lo precario.Después de leer todos los post me asalta una duda: Matrimonio sin hijos que tiene adjudicado pabellón en precario porque él está destinado en el puesto y el pabellón que tiene en precario es del cupo de la compañía; un compañero destinado en la compañía y que vive fuera del cuartel, se divorcia y la esposa se queda con la vivienda, entonces él pide pabellón y el que está en precario tiene que abandonarlo.
Aclaro que el compañero con destino en la compañía no tiene nadie a cargo.
¿es correcto así?
Si. Tu peticion se mantiene en cuanto antiguedad. Y si cambias de estado civil adelantarias a todos aquellos que pidieron despues que tu.Yo llevo inscrito en el registro desde Julio.
Imaginemos que yo me inscribo como peticionario de un pabellón. por lo que mi preferencia sería de soltero entiendo.
Ahora bien, si se queda un pabellón libre a partir de Julio de 2018, cuando haga dos años de pareja de hecho, yo tendría preferencia de casado, con la antigüedad de la petición de soltero?
Marcadores