Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
"Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo
Nacional de Policía.
Artículo 8. Faltas graves.
m) Dar lugar al extravío, pérdida o sustracción por negligencia inexcusable de los distintivos de identificación o del arma reglamentaria"


Mi amigo le faltaba un mes para concluir las practicas, y con buenas notas ademas, y por el simple hecho de extraviar la placa se lo echaron a la calle
Un pequeño inciso. Tu amigo no era Policía y por tanto efectivamente si suspendes las prácticas te echan a la calle. Ya no por perder la placa, sino porque el tío que te evalúe te ponga alguna nota negativa por falta de interés, simplemente. Por tanto, decirte que tu afirmación de que echan a un Policía por perder la placa es rotunda y claramente FALSA. No se puede echar a alguien de un sitio al cual no pertenece. Tu amigo no superó el proceso de selección completo y por ello no llegó a ser Policía.
Un saludo.