Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo
Resultados 1 al 10 de 12
  1. #1

    Cuantía delito leve hurto

    Hola, en mi unidad tenemos la duda de si la diferencia entre delito leve de hurto a delito sigue en 400eu o la diferencia a aumentado con el nuevo código penal a 1000 euros.
    Un saludo y gracias.

  2. #2
    Y nadie de tu unidad puede leerse el articulo 234 del CP??
    Yo esque a veces me quedo flipao leyendo a algunos, o no soys GCs y lo haceis para hacernos quedar mal, o soys una clase de GC que nunca he visto en mi vida, los GCs que no saben leer el CP y se registran en un foro para resolver una duda que tardas 2 segundos en mirar en el BOE.

    Un guardia que no maneja los hurtos, robos, contra la seg. Vial etc... Eso es el padrenuestro del guardia.

    Artículo 234.

    1. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.

    2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235.

    3. Las penas establecidas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando en la comisión del hecho se hubieran neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraídas.

    Pero vamos, que no me creo que haya un puesto entero en el que los guardias no sepan la cuantia de los hurtos. Y otra pregunta... porqué iban a subirse a 1.000 euros??

  3. #3
    Es que hay muchos "agujeros" donde jamás se ve la luz, ni la calle solo la nada........................

  4. #4
    Compañero. Creo que has sido un pelin agresivo con el que pregunto lo de los 1000 Euros. De donde lo ha sacado yo te lo digo: del anteproyecto de ley de la reforma del codigo penal, que por fortuna no llego a aprobarse. Se conoce que lo ha buscado en google y le ha salido.

  5. #5
    Cita Iniciado por EnQAP Ver mensaje
    Y nadie de tu unidad puede leerse el articulo 234 del CP??
    Yo esque a veces me quedo flipao leyendo a algunos, o no soys GCs y lo haceis para hacernos quedar mal, o soys una clase de GC que nunca he visto en mi vida, los GCs que no saben leer el CP y se registran en un foro para resolver una duda que tardas 2 segundos en mirar en el BOE.

    Un guardia que no maneja los hurtos, robos, contra la seg. Vial etc... Eso es el padrenuestro del guardia.

    Artículo 234.

    1. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.

    2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235.

    3. Las penas establecidas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando en la comisión del hecho se hubieran neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraídas.

    Pero vamos, que no me creo que haya un puesto entero en el que los guardias no sepan la cuantia de los hurtos. Y otra pregunta... porqué iban a subirse a 1.000 euros??
    No veo la gravedad del asunto, seguro que alguna vez has preguntado en el foro algo que tambien te han podido solventar los de tu puesto. Leo cada comentario que.. Madre mia...
    BOOOOOOOFAAAAAAA!!!! 90b

  6. #6
    No pues el profesor de derecho penal escribiendo por partida doble "soys" también tiene lo suyo...

  7. #7
    Cita Iniciado por Poli 90 Ver mensaje
    No veo la gravedad del asunto, seguro que alguna vez has preguntado en el foro algo que tambien te han podido solventar los de tu puesto. Leo cada comentario que.. Madre mia...
    Igual si vieses la gravedad del asunto hubieras podido llegar a 40 puntos en el examen de sargento

  8. #8
    Cita Iniciado por apache_cpc Ver mensaje
    No pues el profesor de derecho penal escribiendo por partida doble "soys" también tiene lo suyo...
    Yo particularmente prefiero tener a mi lado a un compañero que sepa distinguir tipos penales a uno que se confunda en un fslta de ortografia menor y tonta, pues el singular si se escribe con y.
    De todas formas tu de sintaxis tampoco es que andes muy fino...

  9. #9
    ¿Que nombre recibía aquel que ve la paja en el ojo ajeno y sin embargo no es capaz de ver la viga en el interior del suyo?

  10. #10
    Subteniente Avatar de Asturiancetorix
    Fecha de ingreso
    21 feb, 10
    Ubicación
    Asturias
    Mensajes
    1,709
    Yo también opino en plan crítica constructiva que el CP 2015 refundido lleva ya 2 meses completos funcionando. Si el que pregunta es realmente un Guardia Civil, la pregunta es como poco sorprendente.

    Quiero decir, se podría preguntar sin despertar suspicacia cosas procedimentales, o de grabación, o cosas que son el coño de la Bernarda sin la nueva LeCrim... Pero coimes, la cuantía para tipificar un hecho delictivo?. Es que eso está en vigor desde hace 2 meses, y es de obligado conocimiento.

    En fin, lo importante es que se resolvió la duda, supongo.

    Saludos.
    Última edición por Asturiancetorix; 01/09/2015 a las 14:06

Página 1 de 2 12 ÚltimoÚltimo

Marcadores