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Resultados 1 al 8 de 8
  1. #1

    Suprimido el permiso BTP

    http://revista.dgt.es/es/noticias/nacio ... ieq0X7hDcs

    A PARTIR DE ENERO DE 2016
    Se suprime el permiso de conducir BTP
    Los titulares del BTP podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se les requería, con independencia de que deban cumplir los requisitos establecidos en las normas sectoriales
    16 OCTUBRE 2015
    A partir del 1 de enero de 2016, el permiso de conducción de la clase BTP, que solo existe en España y con validez exclusivamente en el territorio nacional, se suprime para adaptarse a las categorías que recoge el Permiso Único Europeo de Conducción, común en los 28 estados de la Unión.
    Autorización a conductores de vehículos prioritarios
    El actual permiso BTP autoriza “a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg y su número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve”.
    Lo que debe hacer si tiene usted el permiso BTP
    Los titulares de este permiso podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se requería el BTP, con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios (taxis, ambulancias, policías…), siempre que mantengan en vigor la categoría del permiso de conducción exigida en función del vehículos de que se trate.
    Asimismo, dichos titulares continuarán con el mismo permiso de conducción, en el que figura la categoría BTP, hasta que les caduque el permiso de la categoría B. Cuando lo renueven, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP.
    Adaptarse al Permiso Único Europeo de Conducción
    El motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP podrán conducirse con otras categorías ya recogidas en el Permiso Único Comunitario, a partir de la entrada en vigor de la modificación reglamentaria.
    La supresión de esta clase de permiso quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores, a través de la publicación en el BOE de un Real Decreto que incluya dicha modificación e incorpore a nuestro ordenamiento la Directiva 2014/85/UE sobre el permiso de conducción y cuya fecha límite para trasponerla es el 31 de diciembre de 2015.
    Actualmente, dicha supresión está tramitándose. Sólo falta el dictamen del Consejo de Estado y su posterior publicación en el BOE, pero la relevancia que para determinados sectores supone la eliminación de este permiso, requiere de su difusión anticipada.
    El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)

  2. #2
    Buen aporte, ahora falta que salga publicado para ver los requisitos exigibles.

  3. #3
    Escirón
    Guest
    Cita Iniciado por ELRUMBEROVERDE Ver mensaje
    Buen aporte, ahora falta que salga publicado para ver los requisitos exigibles.
    Requisitos ninguno, cualquier persona que sea poseedora del permiso de la clase B, y conduzca un vehículo por ejemplo taxi, podrá conducir sin la habilitación anteriormente reflejada.

  4. #4
    Igual esto va a dejar una puerta abierta para un lucrativo negocio por parte de los gremios en los que su profesión exige el BTP; ya que estos gremios podrían establecer algún tipo de curso habilitante para conducir los vehículos propios de su trabajo.
    El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)

  5. #5
    Escirón
    Guest
    Cita Iniciado por foxdemox Ver mensaje
    Igual esto va a dejar una puerta abierta para un lucrativo negocio por parte de los gremios en los que su profesión exige el BTP; ya que estos gremios podrían establecer algún tipo de curso habilitante para conducir los vehículos propios de su trabajo.
    Claro...siempre que tráfico hace algún cambio normativo, mejor dicho últimamente, siempre detrás, viene el amigo don dinero...a mi parecer, no me parece normal pero bueno...aún así te digo, que quien lleve a cabo este tipo de actividad, siempre, deberá ser poseedor de la tarjeta de transporte, y dependiendo del ayuntamiento, cartilla o no del taxi, que es una licencia de conductor, con lo cual, muchos problemas no habría.

  6. #6
    Escirón
    Guest
    Según reza en la noticia emitida por la DGT, dice lo siguiente:

    Actualmente, dicha supresión está tramitándose. Sólo falta el dictamen del Consejo de Estado y su posterior publicación en el BOE, pero la relevancia que para determinados sectores supone la eliminación de este permiso, requiere de su difusión anticipada.



    http://www.dgt.es/es/prensa/notas-de...lase-btp.shtml

  7. #7
    jl@pez1957
    Guest
    Enlace a la pagina oficial de la DGT.

    http://www.dgt.es/es/prensa/notas-de...lase-btp.shtml


    Nota de prensa de la DGT:

    http://www.dgt.es/Galerias/prensa/20...-clase-BTP.pdf


    ©jlopez1957

  8. #8
    Es una obligación impuesta por la UE.

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