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Resultados 31 al 40 de 135
  1. #31
    Campagnolo
    Guest
    Cita Iniciado por sorolla Ver mensaje
    Condena al teniente que grabó con un móvil a una soldado desnuda
    El Supremo ratifica la pena de siete meses de prisión a un mando que filmó con su teléfono a una militar.

    Sé que usted me grabó con su móvil en la esquina de la habitación. Yo le vi”. La soldado S. M. G. envió un SMS al teniente del Ejército de Tierra Pedro A. tras pillarle in fraganti filmándole tras salir de la ducha en febrero de 2014. La militar sufrió tras el incidente una crisis de ansiedad y permaneció ocho meses de baja psicológica, según una sentencia del Tribunal Supremo a la que ha tenido acceso EL PAÍS.

    El alto tribunal ratificó el lunes una condena al teniente Pedro A. de siete meses de prisión por un delito de abuso de autoridad en la modalidad de trato degradante. El Supremo considera que el entonces teniente –hoy capitán- trató a la soldado “como un mero objeto” y “atacó su intimidad”. El fallo califica la grabación de “denigrante y humillante”.



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    http://politica.elpais.com/politica/...37_272646.html
    Menudo tipejo.

  2. #32
    martes, 17 de enero de 2017
    Un juez condena al Santander a indemnizar a un hipotecado por incluirlo en el registro de morosos
    En su sentencia considera el magistrado que es innegable la intromisión ilegítima del banco en el derecho fundamental al honor del demandante por facilitar a dos registros los datos personales del cliente asociados a su condición de moroso, cuando su inclusión ya no estaba justificada
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    El magistrado del juzgado de Instrucción nº 2 de Teruel ha condenado al banco de Santander a dar de baja en los ficheros de morosos la deuda con la que figura inscrito un hombre que dejó de pagar algunas cuotas de la hipoteca y obliga a la entidad financiera a indemnizar a su cliente con 9.000 euros por los daños y perjuicios que ello le ha ocasionado.

    El juez entiende que se ha producido una intromisión ilegítima en el derecho fundamental al honor del demandante al haber mantenido los datos del cliente hipotecado en dos ficheros de morosos una vez que las partes habían modificado el préstamo hipotecario suscribiendo la dación en pago parcial de la deuda así como la condonación parcial de importe restante.

    El hipotecado era propietario de un apartamento gravado con un préstamo pero, por problemas económicos, dejó de pagar las cuotas por lo que la entidad bancaria procedió a inscribir al cliente en dos registros de morosidad. Posteriormente ambas partes llegaron a un acuerdo extrajudicial. Mediante escritura pública acordaron la dación en pago parcial de la deuda, condonándose parte del importe y estableciendo que la parte de deuda pendiente (10.000,00 euros) sería exigible sólo a partir de noviembre de 2016.


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    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...tro-de-morosos

  3. #33
    jueves, 19 de enero de 2017
    El TSJ de Canarias reconoce el acceso a la prestación por maternidad en caso de gestación subrogada
    El alto tribunal canario señala en su sentencia que en este caso, prima el interés superior de la menor y la inscripción registral válida de la misma, que no fue impugnada
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    El Tribunal Superior de Justicia de Canarias se ha pronunciado por primera vez sobre las prestaciones por maternidad en caso de gestación subrogada. La sentencia de la Sala Social recoge el caso de un matrimonio homosexual, en el que uno de los cónyuges solicitó el abono de las prestaciones por maternidad, tras la inscripción registral de una menor nacida en San Francisco, previo contrato de gestación por sustitución, figura jurídica regulada y válida en el Estado de California.

    Por parte de la Entidad Gestora (INSS) se denegaron las prestaciones entre otras razones, al entender que la actual regulación legal de la maternidad no incluye los supuestos de nacimientos derivados de maternidad subrogada, al tratarse de una figura prohibida en nuestro país.



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    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...cion-subrogada

  4. #34
    lunes, 23 de enero de 2017
    El Tribunal Supremo rechaza anular la marca ‘Toro’ de Osborne porque el toro no es símbolo oficial de España
    El origen del pleito arranca de una demanda planteada por el Grupo Osborne reclamando la nulidad de la marca denominativa “Badtoro”, por violar las dos marcas denominativas “Toro” que tiene registradas Osborne para diferentes productos.

    La Sala I del Tribunal Supremo ha rechazado anular la marca ‘Toro’ de Osborne porque el toro no es un símbolo oficial de España. El alto tribunal ha desestimado las demandas de nulidad de marcas denominativas que se habían cruzado Osborne y “Badtoro”, ésta última de la firma Jordi Nogués S.L., por lo que no anula ninguna de las dos.

    La sentencia rechaza la petición de Osborne de suspensión de prejudicialidad civil hasta que el Tribunal General de la Unión Europea resuelva otro asunto que tienen pendiente ambas empresas. El Supremo argumenta que en ese caso intervienen otros elementos en la valoración sobre el riesgo de confusión entre las respectivas marcas, como son los gráficos (denominación “Badtoro” más un gráfico de la cabeza de un toro de color negro), que no se contemplan en el pleito que ha resuelto el Supremo, restringido a las marcas denominativas “Toro” y “Badtoro”.


    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

  5. #35
    martes, 24 de enero de 2017
    La Audiencia de Asturias aplica por primera vez el nuevo agravante de desprecio de género
    La Sección Segunda condena al asesino de la mancuerna a 22 años y 6 meses de prisión, de acuerdo con el veredicto de un Jurado popular
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias en una sentencia de la que ha sido ponente su presidenta, Covadonga Vázquez Llorens, y de acuerdo con el veredicto de un Jurado popular, ha condenado a 22 años y 6 meses de prisión a un hombre como autor criminalmente responsable de un delito de asesinato ya definido, concurriendo las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, agravantes de desprecio de género y parentesco y la atenuante de confesión.

    La sentencia es la primera en Asturias en la que se aplica el nuevo agravante de desprecio de género que entró en vigor el pasado mes de julio.

    El Jurado había declarado probado que el hombre, el 5 de noviembre de 2015 asesinó a su pareja asestándole varios golpes en la cabeza y por la espalda con una barra de mancuerna, cuando ambos estaban en el piso de alquiler que compartían en el centro de Oviedo. Cuatro días más tarde se entregó en Gijón y confesó su crimen.

    De acuerdo a estos hechos, el tribunal popular lo declaró culpable por unanimidad, aplicándole el atenuante de confesión y los agravantes de parentesco y desprecio de género, que habían pedido las acusaciones.


    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

  6. #36
    martes, 24 de enero de 2017
    El CGPJ y la Real Academia Española presentan este jueves el Libro de estilo de la Justicia
    La obra pretende ayudar al buen uso del español por parte de jueces, abogados y otros operadores jurídicos. En el acto de presentación, que tendrá lugar en el Tribunal Supremo, también se dará a conocer la versión electrónica del Diccionario del español jurídico
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y el director de la Real Academia Española (RAE), Darío Villanueva, presentarán mañana en el Salón de pasos perdidos del alto tribunal el primer Libro de estilo de la Justicia, que pretende ayudar al buen uso del español por parte de jueces, abogados y otros operadores jurídicos.

    En el acto intervendrá también el académico y secretario de la RAE Santiago Muñoz Machado, director de la obra, editada por Espasa y que ofrece indicaciones sobre normas de escritura; formas de manejar los nombres, las abreviaciones y los signos; reglas gramaticales; errores frecuentes; utilización de términos de idiomas extranjeros, etcétera, con el objetivo de que el lenguaje jurídico alcance la calidad, modernidad, rigor y comprensión que reclama la sociedad del siglo XXI.

    La presentación también servirá para dar a conocer la versión electrónica del Diccionario del español jurídico, disponible en formato impreso desde el año pasado y que, como el Libro de estilo de la Justicia, es fruto del convenio que el CGPJ y la Real Academia Española suscribieron el 26 de noviembre de 2014.

    El acto contará con la presencia, entre otros, de magistrados del Tribunal Constitucional; vocales del Consejo General del Poder Judicial; el vicepresidente, miembros de la Sala de Gobierno y magistrados del Tribunal Supremo; y los presidentes de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia.


    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

  7. #37
    jueves, 26 de enero de 2017
    El Tribunal Supremo condena a 20 años y medio a "El Solitario" por atraco y tiroteo en Vall D'Uxó (Castellón)
    El alto tribunal aumenta en año y medio de prisión la condena establecida por la Audiencia de Castellón
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    La Sala II del Tribunal Supremo ha condenado a 20 años y medio de cárcel a Jaime G.A., conocido como “El Solitario”, por el atraco a una caja rural en Vall D’Uxó (Castellón) el 10 de mayo de 2000 seguido de un tiroteo con agentes de la Policía Local de dicho municipio, en el que resultaron heridas de bala dos de ellos y un tercero con laceraciones en el ojo por cristales. El procesado robó 3,3 millones de pesetas (20.400 euros) de la sucursal, aunque casi todo el dinero se quedó esparcido en la calle durante el tiroteo al caérsele al suelo y abrirse el maletín donde lo había metido.

    El Supremo aumenta en 1 año y 6 meses de prisión la condena establecida por la Audiencia de Castellón, que fue de 19 años. El motivo es que, de acuerdo con la Fiscalía, aumenta de 6 a 7 años y medio la pena por el delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso con tentativa de homicidio, con el agravante de disfraz y la atenuante de dilaciones indebidas. A ello se suman las penas, que se mantienen tal como las impuso la Audiencia de Castellón, de 4 años de cárcel por el robo con intimidación y uso de arma; y 9 años por dos atentados a agentes de la autoridad en concurso con lesiones.

    Asimismo, la sentencia estima parcialmente el recurso del acusado y deja sin efecto la previsión que establecía que su eventual clasificación en tercer grado penitenciario debía esperar al cumplimiento de la mitad de su condena, ya que se hizo en aplicación de una disposición del Código Penal que se introdujo en 2003, por lo que no puede aplicarse con carácter retroactivo a un hecho sucedido en el año 2000.

    “El Solitario” ha sido condenado en firme al menos en tres ocasiones anteriores por sentencias del Tribunal Supremo, en el asunto más grave por el asesinato de dos guardias civiles en Navarra, por lo que le se le impusieron 47 años de prisión (20 años por cada asesinato y 7 más por tenencia ilícita de armas). En los otros dos casos tuvo condenas de 13 años de prisión (robo, lesiones y tenencia ilícita de armas) y 5 años y 3 meses (robo y falsedad documental).



    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

  8. #38
    viernes, 27 de enero de 2017
    El Supremo fija el criterio del uso de la vivienda en divorcios con un hijo mayor de edad con discapacidad
    La sentencia de la Sala I resuelve el caso planteado por una madre que vive con su hija mayor de edad dependiente en el domicilio que es propiedad del padre
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre el uso y disfrute de la vivienda que fue familiar, en caso de separación y divorcio, al progenitor que cuida de un hijo mayor de edad con discapacidad. La sentencia resuelve el caso planteado por una madre que vive con su hija mayor de edad dependiente en el domicilio que es propiedad del padre.

    La Audiencia Provincial de Valencia, al igual que el juzgado de instancia, atribuyó por un tiempo limitado -tres años- el uso y disfrute de la casa a la progenitora. La mujer presentó recurso de casación en el que solicitaba la equiparación de los hijos con discapacidad a los menores y, en consecuencia, el uso indefinido de la casa.

    El Tribunal Supremo, que ya se había reconocido dicha equiparación en relación con el derecho de alimentos, no lo ve posible en este caso cuya peculiaridad reside en que la vivienda era propiedad del padre. Por ello, concluye que prescindir de este límite temporal supondría imponer al titular del inmueble -en este caso el padre- una limitación durante toda su vida que vaciaría de contenido económico el derecho de propiedad o lo reduciría considerablemente.

    Se adjunta nota de la Sala.


    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

  9. #39
    viernes, 27 de enero de 2017
    El Tribunal Supremo considera discriminatorio no computar la baja maternal a efectos de retribución de incentivos
    Para la Sala IV, la baja por parto y por riesgo durante el embarazo afectan de modo exclusivo a las mujeres por razón precisamente de su sexo. Añade que las trabajadoras que pasan a esas situaciones de baja “ven alteradas sus retribuciones en el momento de su reincorporación”
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    La Sala IV, de lo Social, del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que es discriminatoria y contraria a derecho “la práctica empresarial consistente en computar como ausencias la baja maternal así como la baja por riesgo de embarazo a los efectos de días productivos para tener derecho a las retribuciones de los variados incentivos”.

    El alto tribunal estima la demanda de conflicto colectivo planteada por CC.OO. de Andalucía contra la empresa CATSA, referido a sus trabajadoras en los centros de Granada y Málaga. Los hechos probados indicaban que las empleadas que “por causa de embarazo y/o maternidad han visto suspendida su actividad laboral por disfrutar de los permisos correspondientes, el primer mes de reincorporación a su puesto de trabajo no perciben cantidad alguna por ninguno de los referidos incentivos, y sólo comienzan a percibir cantidad por incentivos al mes inmediatamente posterior al de su reingreso y en función de los servicios laborales efectivamente prestados a partir de tal reincorporación”.

    El Supremo, que revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que desestimó en primera instancia la demanda de CC.OO., explica que la baja por parto y por riesgo durante el embarazo afectan de modo exclusivo a las mujeres por razón precisamente de su sexo. Añade que las trabajadoras que pasan a esas situaciones de baja “ven alteradas sus retribuciones en el momento de su reincorporación, pues no perciben incentivos hasta que no vuelven a transcurrir los periodos necesarios para su devengo, computados sólo desde la fecha de dicha reincorporación. Ni siquiera consta que se tenga en cuenta al efecto la situación que quedó fijada en el momento en que iniciaron la baja, de suerte que cabría decir que a dichas trabajadoras se las considera como ausentes hasta la fecha de su reincorporación”.

    Penalización del derecho a la protección por maternidad

    Tal consecuencia, para el Supremo, “implica una discriminación directa y es contraria al derecho al mantenimiento y preservación de sus condiciones de trabajo y penaliza el ejercicio del derecho a la protección por maternidad, limitando, por tanto, la plenitud del mismo”.

    La resolución añade que, en el caso de la baja por maternidad, la apreciación de discriminación podría ser enervada con la afirmación de que también los progenitores varones, bien por adopción o acogimiento, bien por cesión del permiso de maternidad, pueden verse afectados en la misma medida que lo son las trabajadoras mujeres. “Pues bien –añade la sentencia--, resulta que la prohibición de discriminación alcanzaría también a éstos por cuanto las medidas de protección del ejercicio de los deberes parentales se configuran como instrumentos de corresponsabilidad familiar que actúan de mecanismos activos de igualdad de mujeres y hombres.


    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

  10. #40
    miércoles, 1 de febrero de 2017
    El CGPJ reúne la información disponible sobre la Administración de Justicia en un nuevo Portal de Estadística
    El portal, con un diseño más accesible e intuitivo y nuevas funcionalidades y herramientas, facilita el acceso a la información de manera rápida y sencilla. La búsqueda de documentos puede hacerse por palabras o mediante un menú deplegable de temas y subtemas. Asimismo, los usuarios cuentan con un buzón de consultas para solicitar aclaraciones, realizar sugerencias o pedir información
    Autor
    Comunicación Poder Judicial
    La Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial ha reunido la información estadística disponible sobre los distintos aspectos de la Administración de Justicia en un nuevo Portal de Estadística que, gracias a un diseño más accesible e intuitivo –apto para cualquier dispositivo, incluidos tablets y smartphones- y a la implementación de nuevas funcionalidades y herramientas, facilita el acceso a esos datos de manera rápida y sencilla.

    El Portal de Estadística se ubica en la web www.poderjudicial.es en el siguiente enlace:

    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...tica-Judicial/

    Un buscador permite encontrar la información que se necesite rápidamente, introduciendo la palabra o tema sobre el que esté interesado. A continuación se mostrará un listado con todos los documentos encontrados relacionados con la búsqueda.

    Clasificación por temas

    Además, el nuevo Portal de Estadística también ofrece la información clasificada por temas y subtemas, a los que se puede acceder fácilmente mediante un menú desplegable pulsando en los iconos (+) o (-).

    Los nueve grandes grupos temáticos en los que se organiza la información son los siguientes:

    - Actividad de los órganos judiciales

    - Opinión y quejas sobre el funcionamiento de la Justicia

    - Estructura judicial y recursos humanos en la Administración de Justicia

    - Aspectos económicos de la Justicia

    - Datos penales, civiles y laborales

    - Aspectos internacionales

    - Información socioeconómica relacionada con la Administración de Justicia

    - Medios alternativos de resolución de conflictos

    - Actividad de otros tribunales nacionales y de otros agentes

    Desplegando los distintos apartados en los que se divide cada uno de estos grupos se puede acceder a los distintos estudios de informes estadísticos elaborados por, entre otros, el CGPJ, el Ministerio de Justicia, la Fiscalía, el Instituto Nacional de Estadística, tribunales nacionales y europeos, el Consejo General de la Abogacía o el Colegio de Registradores.

    También se ofrece acceso al Sistema de Información Socioeconómica de las demarcaciones judiciales, que recoge información demográfica y económica de cada una de las divisiones del territorio que utiliza la Administración de Justicia; a la base de datos de la Estadística Judicial en PC AXIS, que permite acceder a información detallada de cada uno de los órganos judiciales españoles desde el año 1995; y a los estudios específicos elaborados por la Sección de Estadística: Datos de Justicia, Justicia Dato a Dato, Panorámicas de la Justicia, etcétera.

    Un buzón de consultas para los usuarios

    El nuevo Portal también dispone de un buzón de consultas que sirve como canal de comunicación con la Sección de Estadística del CGPJ y a través del que se pueden solicitar aclaraciones, realizar sugerencias o pedir información.

    Las consultas se reciben en el área de Estadística tras cumplimentar el formulario que figura en la web. El usuario debe facilitar una dirección de correo electrónico a la que poder enviarle la respuesta.

    Datos desde 1858

    El Portal de Estadística incluye asimismo un apartado de estadística judicial histórica, con datos que se remontan a 1858.

    La información procede de los Anuarios del Instituto Nacional de Estadística y de su antecesora Comisión Estadística del Reino, escaneados por el Instituto Nacional de Estadística a partir de los documentos originales.

    La Sección de Estadística Judicial

    La Sección de Estadística Judicial, que depende del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, es la responsable del diseño y mantenimiento del sistema informático de captura de los boletines estadísticos trimestrales, del seguimiento de la captura y validación de los mismos; del sistema de consultas e informes estadísticos de la intranet del CGPJ y del Punto Neutro Judicial, y de la elaboración de una amplia batería de informes trimestrales y anuales. También es responsable del apartado de estadística en la página web del CGPJ y da soporte técnico al Servicio de Inspección del CGPJ y el resto de los órganos técnicos que se lo demandan.

    Además, colabora, como órgano técnico, con la Comisión Nacional de Estadística Judicial y lleva a cabo la coordinación con el Instituto Nacional de Estadística y el Consejo Superior de Estadística.

    En el ámbito internacional, la Sección de Estadística del CGPJ colabora con la representación española en la Comisión para la evaluación de la Justicia (CEPEJ) del Consejo de Europa y la elaboración en la preparación de su informe bienal y del EU Justice Scoreboard. También colabora en el Plan Iberoamericano de Estadística Judicial.


    http://www.poderjudicial.es/portal/s...xtlocale=es_ES

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