jueves, 2 de febrero de 2017
El Supremo confirma la nulidad de una cláusula de Telefónica para convertir un servicio gratuito en uno de pago
Insertada en las facturas de los clientes, esta cláusula comunicaba que el servicio de identificación de llamadas pasaría a tener un coste de 0,58 euros
Autor
Comunicación Poder Judicial
La Sala I, de lo Civil, del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de la cláusula insertada por Telefónica en las facturas de sus clientes de telefonía por las que comunicaba que, a partir de determinada fecha de 2008, el servicio de identificación de llamadas, que desde el año 2000 se prestaba de forma gratuita, pasaba a ser de pago con un coste de 0,58 euros.

El Supremo rechaza el recurso de Telefónica contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria, de 12 de marzo de 2014, que estimó un recurso de la Fiscalía y condenó a la compañía a eliminar del contrato la cláusula declarada abusiva. La Fiscalía presentó su demanda inicial ejercitando una acción de cesación en defensa de intereses colectivos. Luego se sumó como coadyuvante la Confederación de Consumidores y Vecinos de Cantabria.


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http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...en-uno-de-pago