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  1. #101
    Comandante
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    21 abr, 09
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    Condenado a seis años de internamiento el menor que causo la muerte del Guardia Civil de Barbastro

    La magistrada del juzgado de menores de Huesca impone al menor que causó la muerte al Guardia Civil de Barbastro una medida de seis años de internamiento en régimen cerrado y libertad vigilada con asistencia educativa durante cuatro años más. Además de la privación del derecho a obtener el permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante dos años.

    En la sentencia, hecha pública hoy, la magistrada considera al menor “A” responsable de un delito de conducción sin permiso, y de un delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás en concurso de normas con un delito de homicidio agravado, con un delito de lesiones y dos delitos leves de lesiones más.

    Respecto a los otros menores, la jueza absuelve a “R” de las acusaciones formuladas contra ella como cooperadora necesaria o subsidiariamente como cómplice, y del delito de omisión del deber de impedir determinados delitos, y absuelve a los menores “S” y ”T”, de 15 y 14 años respectivamente, del delito de encubrimiento del que se les acusaba.

    Frente a lo argumentado por las acusaciones particulares, la magistrada absuelve a “R” al considerar que “no posee permiso de conducir, no se ha probado que conociera el manejo de un vehículo, que supiera que al sacar las llaves del contacto dejaba de funcionar o que se detendría al poner el freno de mano incluso cómo se accionaba el freno de mano y dónde estaba la palanca”. Por lo que la juzgadora no considera acreditado que su comportamiento en esos momentos hubiera podido resultar eficaz ni que fuera consciente de la situación de riesgo que se estaba creando.

    Respecto al menor condenado, entiende la magistrada en su sentencia que la conducción temeraria de “A” “generó un peligro concreto y que el conductor era consciente de ello. Conocía a dónde se dirigían y sabía que iban a salir a una carretera de doble sentido que era carretera nacional y no secundaria y en la que en ese momento circulaban vehículos con uno de los cuales llegó a colisionar frontolateralmente, al igual que era consciente de que el vehículo que estaba conduciendo casi a ciegas estaba ocupado por cuatro personas más”.

    Sobre el delito de homicidio atribuye al menor la comisión de este delito a título de dolo y no de imprudencia. Expresa en la sentencia que “aunque no lo persiguiera intencionalmente, conocía que utilizaba unos medios potencialmente capaces de producir la muerte y los actuó”. Este delito entiende que es agravado por el delito de atentado ya que “el propósito del conductor era eludir el control policial y marcharse de allí. En escasos metros y escasos segundos desarrolla la actividad en lo que al atentado se refiere, si bien luego continuó con la aceleración dando lugar al resto de delitos”.

    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...l-de-Barbastro

  2. #102
    Comandante
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    21 abr, 09
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    El joven condenado por causar la muerte a un guardia civil saldrá en libertad

    El joven que fue condenado a 6 años de internamiento en régimen cerrado por provocar la muerte de un guardia civil de tráfico en Barbastro (Huesca) saldrá en libertad el próximo domingo del centro en el que fue recluido al haber cumplido el periodo máximo previsto para una medida provisional.

    Fiscalía, acusación particular y defensa del menor han participado hoy en una comparecencia convocada por la titular del Juzgado de Menores de Huesca para plantear las medidas de vigilancia a aplicar al joven desde su puesta en libertad, hasta la consecución de una sentencia firme.

    Desde que ocurrieron los hechos, el pasado 4 de marzo, ha transcurrido casi en su práctica totalidad los seis meses más tres de prórroga que la actual legislación establece como plazo máximo de aplicación de una medida provisional.

    El anuncio hecho tanto por la acusación particular, que solicitaba un internamiento cerrado de 10 años para el menor, como por la defensa, que reclamó su absolución, ha impedido declarar la firmeza de la sentencia, por lo que la medida de internamiento que le fue impuesta pasa a ser de carácter provisional.

    Según han informado a Efe fuentes judiciales, acusación particular y fiscalía han instado a la juez el establecimiento de medidas de vigilancia y control al menor tras su puesta en libertad, que prevén, entre otros requerimientos, su personación diaria en los juzgados de Barbastro hasta la resolución de los recursos.

    La juez responsabilizó al joven de un delito de conducción temeraria en concurso con otro de homicidio doloso, no derivado de una imprudencia.

    La magistrada apreció que el joven, que tenía 17 años en el momento de producirse el atropello, actuó con "total desprecio" a la vida tanto del guardia civil que arrastró hasta provocarle la muerte como del resto de personas que se encontraban en la zona donde sucedieron los hechos.

    En su relato de hechos probados, la juez apreció que el joven, en su huida, fue consciente en todo momento de que el agente había introducido la mano dentro del vehículo tras ordenar pararle y que posteriormente introdujo parte de su cuerpo para no arrastrar sus pies en el suelo.

    El ministerio fiscal solicitó durante la vista 8 años de internamiento cerrado para el menor dada la gravedad de los hechos denunciados, petición que la acusación particular en representación de la familia del agente elevó hasta 10, el máximo permitido por la legislación.

    http://www.elperiodicodearagon.com/n...d_1163704.html

  3. #103
    jueves, 12 de enero de 2017
    La AP de Huesca acepta el recurso interpuesto por la madre y la hija del Guardia Civil muerto en Barbastro
    Los magistrados consideran que la medida de alejamiento y prohibición de comunicación adoptada por el juzgado de Menores era demasiado genérico.

    La Audiencia Provincial de Huesca ha aceptado en parte el recurso presentado y revoca parcialmente la resolución adoptada por el Juzgado de Menores de Huesca en lo referente a las medidas de alejamiento.

    Los magistrados en su resolución añaden las prohibiciones de aproximarse, a menos de cien metros a la madre y la hija del Guardia Civil muerto y comunicarse, por cualquier medio o procedimiento, con ninguna de las dos hasta que se inicie el internamiento acordado en sentencia.

    Adoptan este acuerdo al considerar que la medida de alejamiento y prohibición de comunicación adoptada por el juzgado de Menores era demasiado genérica e indeterminada.


    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...o-en-Barbastro

  4. #104
    Homenaje al Guardia Civil José Antonio Pérez en el primer aniversario de su fallecimiento.

    La localidad de Barbastro ha rendido hoy homenaje al guardia civil José Antonio Pérez Pérez, en el primer aniversario de su fallecimiento en acto de servicio, ocurrido el 4 de marzo de 2016 al ser arrollado por un vehículo conducido por un menor en el transcurso de un control preventivo de alcoholemia y sustancias estupefacientes.





    http://www.elperiodicodearagon.com/n...o_1185385.html

  5. #105
    Comandante
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    La Audiencia Provincial eleva a 8 años la condena al joven que mató a un guardia civil en Barbastro

    La Audiencia Provincial de Huesca con esta sentencia acoge parcialmente el recurso de la acusación particular que solicitaba la imposición de 8 a 10 años de internamiento. De esta forma revoca la sentencia del Juzgado de Menores que había condenado al joven a 6 años de internamiento. La sentencia se puede recurrir en casación ante el tribunal supremo.

    http://www.radiohuesca.com/noticia/5...l-en-Barbastro

  6. #106
    Comandante
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    El Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca

    El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa del condenado por el homicidio del guardia civil de Barbastro, menor cuando se produjeron los hechos, y ratifica la condena dictada en su día por la Audiencia Provincial de Huesca de ocho años de internamiento en un centro de menores y cinco de libertad vigilada.

    La defensa pedía al Supremo la absolución o, en su defecto, la imposición de un castigo menor al entender que se trató de un homicidio imprudente y no doloso. Sin embargo, el Supremo ha desestimado el recurso porque considera que los delitos cometidos por el condenado (un homicidio y tres lesiones, la conducción sin permiso y la conducción temeraria) conforman “una pluralidad de conductas todas dolosas”.

    http://www.radiohuesca.com/noticia/5...l-de-Barbastro

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