Guardias Civiles en un acto cívico-religioso en la localidad de Usurbil.
Año 1924
CAPÍTULO PRIMERO
Prevenciones generales para la obligación del Guardia Civil
Art. 17º. Cuando tenga que cumplir con las obligaciones que le imponen el servicio peculiar del instituto a que pertenece y sus Reglamentos, de exigir la presentación de pasaportes; disipar algún grupo; hacer despejar algún establecimiento, o impedir la entrada en él, lo hará siempre anteponiendo las expresiones de haga V. el favor o tenga V. la bondad. Cuando sean Oficiales Jefes del Ejército, lo verificará además dándoles el tratamiento, haciéndole el saludo que le corresponda por sus insignias.
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