Las justificaciones de los jueces que no ven "uso de violencia" en el abuso sexual continuado a una niña de cinco años

14/03/2017

La Audiencia de Cantabria da "plena credibilidad" al testimonio de una niña que sufrió abusos entre los 5 y los 10 años, pero no advierte el "uso de violencia" y reduce la pena del procesado al no considerarlo una agresión sexual

"Una niña de 5, 6, 7 o más años no va voluntariamente a una casa donde su morador la pega, la agrede, la coacciona o la intimida", señala la sentencia
"Un extremo probatorio no aparece suficientemente claro a juicio de esta Sala: la concurrencia de violencia física o intimidación sobre la niña", recalca el juez
La reciente sentencia de la Audiencia de Cantabria, que ha condenado a un hombre a tres años y nueve meses de prisión por abusar sexualmente de forma continuada de su vecina, -una niña que en el momento en que comenzaron los actos tenía cinco años-, ha causado gran revuelo después de que los magistrados que firman el texto descartaran el posible delito de agresión sexual que pedían tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular -y que hubiera supuesto una pena mayor- porque no advierten "uso de violencia".

"No se ha probado que la menor opusiera resistencia física o protestara, llorara o gritara, siendo habitual que volviera a la casa del acusado toda vez que éste le hacía regalos diversos para contentarla (consolas, ordenador portátil, teléfonos móviles)", resalta la sentencia en varias ocasiones, en una valoración que ha generado gran rechazo entre algunos colectivos sociales, que critican que se culpabilice de este extremo a la víctima, con el agravante de que se trata de una niña menor de edad.

La Sala que ha juzgado el caso sí reconoce en todo momento que "el procesado realizaba estos hechos valiéndose de la amistad y confianza que tenía con la familia de la menor, a la que solía cuidar los domingos por la tarde" y señala que la víctima " declaró firme y coherente sobre los actos ejecutados por el procesado y por ella sufridos en el periodo de tiempo comprendido entre los años 2005 y 2010".

http://www.eldiario.es/norte/cantabr...621888826.html