Hola,mi consulta era porque desde hace tiempo me surge la siguiente duda , mi padre que era guardia falleció en atentado terrorista en 1980 , mi pregunta es si él debe ascender a título póstumo según hubiera ascendio alguien de su promoción , un ejemplo , si un compañero de promoción de mi padre llegó a teniente el debería ascender a ese empleo y que mi madre cobrase la pensión con dichos derechos económicos ? Gracias
No, solo le corresponde ascenso honorifico a Cabo en virtud de la Ley 29/2011.Hola,mi consulta era porque desde hace tiempo me surge la siguiente duda , mi padre que era guardia falleció en atentado terrorista en 1980 , mi pregunta es si él debe ascender a título póstumo según hubiera ascendio alguien de su promoción , un ejemplo , si un compañero de promoción de mi padre llegó a teniente el debería ascender a ese empleo y que mi madre cobrase la pensión con dichos derechos económicos ? Gracias
Tienes mi e-mail en mi firma.
Muchas gracias por ayudarme
ALEXEI, en el supuesto que a tu difunto padre no le hayan ascendido al empleo honorifico superior, deberías (si quieres) solicitarlo tu. Con sumo gusto te indicaré los pasos a seguir.
Hasta otra.
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