Galicia, una pareja de Guardias Civiles sigue a un vecino, en la fotografía original no consta ni la fecha, lugar o que servicio hacían.






CAPÍTULO PRIMERO
Prevenciones generales para la obligación del Guardia Civil

Art. 15º. Ha de procurar juntarse generalmente con sus compañeros, para fomentar la estrecha amistad y unión, que debe haber entre los individuos del arma; aunque también podrá hacerlo, con aquellos vecinos de los pueblos, que por su moralidad y buenas costumbres, sean apreciados y considerados en el pueblo donde estuviere.