jueves, 5 de enero de 2017
Un juzgado de Oviedo dicta la primera sentencia en Asturias sobre la devolución de los gastos de formalización de una hipoteca
El magistrado de Primera Instancia nº 11 considera que este tipo de cláusulas generan un desequilibrio y, por tanto, pueden considerarse abusivas.


En la demanda se solicitaba la declaración de nulidad de los gastos que tuvo que soportar al constituir la hipoteca, además de la devolución de estos por parte del banco.

El juez ha estimado parcialmente la demanda del particular, concretando en el fallo aquellas cláusulas del contrato, celebrado en octubre de 2006, que deben considerarse nulas. Estas recogen la obligación del prestatario de abonar los costes de “todos los gastos futuros, o pendientes de pago por aranceles notariales y registrales relativos a la constitución (incluidos los de la primera copia de la presente escritura para la prestamista y en su caso los derivados de los documentos acreditativos de las disposiciones),


http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...e-una-hipoteca



A muchos Guardias Civiles les afecta positivamente esta sentencia.