Sí. Dejando claros los criterios de evaluación, con un tribunal como dios manda, con un Sepec revisando las evaluaciones. Y probablemente sin estar castigado con una pérdida de aptitudes profesionales, que, al no ser una pérdida de aptitudes psicofísicas no te cuentan todos los años que faltasen para la edad de retiro, con las consecuencias que eso supone.
Para impedir que un funcionario tenga un rendimiento insuficiente está el régimen disciplinario. No entiendo con que base se valora si una persona tiene " vocación de servir a la sociedad", o si "realiza su trabajo en función de principios y valores", igual que no entendía antes como un sr sargento, Capitán, o lo que fuese valoraba médicamente a un Guardia, en cuanto a sus capacidades intelectuales (esa sigue) o físicas, o incluso la simpatía que despierta su presencia.
No es solo el como se realiza esa evaluación, que es a lo primero que me refiero, sino que además sus consecuencias son notablemente desproporcionadas, en mi opinión.
A lo mejor es que yo no me entero, pero tal y como está montado ahora, es una forma de despido libre sin derecho a paro en la GC.
No se...quizás me equivoque.
Un saludo
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