Estimados compañeros:
Como no vamos a inventar nada nuevo, casi se podría adoptar alguna de las fórmulas de planificación de servicios que ya se realizan en otros cuerpos policiales. Pongamos un ejemplo para aquellas unidades de seguridad ciudadana o fiscal:
9 ciclos de 8/7 jornadas de trabajo (mañana) + 6/7 días libres, 9 ciclos de 8/7 jornadas de trabajo (tarde) + 6/7 días libres, 8 ciclos de 7 jornadas de trabajo (noche) + 7 días libres, en la siguiente cadencia, 8 MAÑANAS/6 LIBRES- 8 TARDES/6 LIBRES - 7 NOCHES/7 LIBRES.
A fin de aumentar el potencial de servicio y de paliar la disminución de éste, existe la posibilidad de realizar un servicio de 8 horas de carácter extraordinario por cada dos ciclos de trabajo (28 días, vamos aproximadamente cada mes), en aquellas fechas coincidentes con eventos que hagan necesario un aumento de efectivos (orden público, fiestas, etc..) dicho turno de trabajo se considera extraordinario a todos los efectos, abonándose éste de forma obligatoria con la gratificación correspondiente.
Se abonaría el ICREX y el ICREM, correspondiente a los días festivos, nocturnos y de especial significación prestados.
En el mes de noviembre de cada año, y a fin de romper el ciclo de prestación de servicio en fechas señaladas, un ciclo de trabajo se extiende hasta la mitad del siguiente, extendiendo el periodo de descanso hasta alternar la cadencia de prestación. Es decir, quién trabaja las fiestas señaladas de la navidad este año, las libra al año siguiente.
La contrapartida negativa es que las vacaciones se encuentran prorrateadas, quedando solo disponibles los días de permiso por asuntos particulares, así como aquellos descansos compensatorios resultantes de prestar servicio los días 25 de diciembre y 1 de enero.
En 52 semanas, se trabajan de forma efectiva 26 semanas. El número máximo de horas de servicio resultante es el siguiente: (13 ciclos de 8 días x 8 horas diarias de servicio) + (13 ciclos de 7 días x 8 horas diarias de servicio)= 832+728=1560
Hagamos un poco de historia:
En el año 2011 se probaron dos que casi nadie recuerda.
- Turno 5J-3L: Este turno se puso en marcha en determinados Puestos principales, y en alguno de los casos con un Puesto ordinario satélite
¿Funcionó? Pues, si y no, depende. Había compañeros para los que trabajar 5 días era insufrible, otros para los que no hacer tripletes era ya un desastre. Pero también había de los que solicitando un acumulado se iban 6 días, después de haber trabajado 10, y a esos si les gustaba. ¿Les gustó a todos? Pues no, pero si gustó a una mayoría, ya que se disfrutaban más fines de semana, enteros o partidos.
- Turno 4J-2L: Este turno se puso en marcha en determinados Puestos ordinarios.
¿Funcionó? Si, pero con matices. Los que conocían el 5-3, decían que con un solo día más de trabajo, libraban un día más, y tenían razón. Los que pedían acumulados, se quejaban de que tras 8 días, solo se podían ir 4, cuando con el 5-3, con trabajar 2 días más, te podías ir un total de 6 días.
Aunque he de comentar que ninguna de estas opiniones fue la que se dio desde la DGGC para decir que no se adoptaban. La explicación oficial fue que: LOS GUARDIAS CIVILES PREFERÍAN PEDIR A SUS JEFES CUANDO LIBRAR EN LUGAR DE QUE ES LO MARCARA UN TURNO. (VER PARA CREER)
Como este pretende ser un foro abierto, una tormenta de ideas con las que mejorar todos, después de este, animo a todos a que pongan las ventajas y los inconvenientes que estimen oportunos.
Un cordial saludo,
Marcadores