hola. Conozco el caso de un compañero juzgado a dos años de prision por un delito contra el patrimonio en 2013 y la sentencia le salio hace poco. En la sentencia no han pedido inhabilitacion ya que no fue en el ejercicio de sus funciones, y la pena ha sido suspension de la condena por no tener antecedentes, ademas de que al tiempo de cometer el hecho estaba de baja psicologica y el fiscal ha apreciado una atenuante muy cualificada, ademas de otras dos atenuantes por el perdon y la reparacion del daño. Tampoco le han metido responsabilidad civil... Entonces la g.c. le metiron 3 meses de suspenso en funciones, y pasado ese tiempo volvio a incorporarse a su destino. Se le abrio entonces un expediente por "conductas gravemente contrarias a la dignidad de la guardia civil" que ha quedado paralizado hasta la sentencia. mi pregunta es, una vez que ya tiene la sentencia, que le va/puede a pasar con ese expediente? Yo es que no se que decirle. Un saludo
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