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Supongo que el espíritu de la ley recoge la diferencia entre un error en el relleno de un documento público (miles todos los días, por ejemplo al atribuir fincas, etc...) y el fraude a propósito en un documento público, así como recoge la diferencia entre homicidio por atropello accidental y homicidio por intención atropellando.
Si se recoge esta diferencia, no se entiende la dureza de esta sentencia, o faltan muchas sentencias duras todos los días.
¿Igual para todos?
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Esperemos que las firmas sirvan para algo y le den el indulto.