Soy un simple guardia que sufre la figura del "sustituto". Pienso que que es un fraude de ley y que no está nada claro.
En otro foro plantean el estatuto de la función pública, que me permito copiar, en concreto el artículo 72.2 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, de las que muchas disposiciones son de aplicación a la Guardia Civil por funcionarios públicos y este artículo en lo que interesa dice así:
Si las necesidades del servicio justifican a su personal asignar funciones, tareas o responsabilidades distintas al puesto de trabajo que desempeñen, siempre que resulten "adecuadas a su clasificación, grado o categoría, sin merma en las retribuciones" (Art. 73.2).
Aunque la guardia civil cree su normativa específica, creo que la Ley 7/2007 es de mayor rango.
Además la figura del sustituto lo incumple todo: Más horas semanales que el titular, sometido a turnos, (ellos si pueden mañanitas oficina), ejem. el otro día mi superior termina el servicio un jueves a las 14.00, libra viernes, sábado y domingo, y me dice ahí lo tienes, hasta el lunes a las 08.00, o sea, me quedo cuatro noches de responsable esta semana, es decir, más que el propio titular.
No es esto "mobbing" corporativista? Pregunto. Esta es la solución que da la Dirección General de la Guardia Civil, a la presión ejercida por la asociación de Suboficiales. Que los titulares de los Puestos tengan su descanso sin que los molesten, me parece perfecto, es más, lo aplaudo, pero esta no es la solución. No a costa de un sustituto sin pagar (lo que dan es un simulacro), sin cualificar, y que trabaja más horas semanales y en peores condiciones. No, la fórmula no es correcta, y esto va a derivar en denuncias, bajas psicológicas, etc. Las asociaciones deberían tomar cartas en el asunto.
Ya va siendo hora de que asuma el cargo de quien se ausenta por cualquier motivo alguien de igual categoría laboral.