Es por si alguien tiene la instancia para que el comandante de puesto no te ponga dobletes y se acoja a entre servicio y servicio 11 horas, porque si haces dobletes las 3 horas que te deben se me antoja que se esfuman como el humo...
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Es por si alguien tiene la instancia para que el comandante de puesto no te ponga dobletes y se acoja a entre servicio y servicio 11 horas, porque si haces dobletes las 3 horas que te deben se me antoja que se esfuman como el humo...
Entre doblete y doblete recuperas esas 3h. Y la instacia es tan simple como hacer en ella referencia al apartado A del Art. 14 de la OG, y él te contestará haciendo referencia al apartado B.
Como dice el compañero, esa instancia no se sustenta. Ya que la orden dice que con carácter general tiene que haber 11 horas de descanso, pero también abre la puerta en el apartado B, a que se hagan dobletes. De hecho se hizo una interpretación por parte de SUBPER, diciendo que con carácter general debe haber más de 11 horas de separación, pero si pueden existir los dobletes.