Buenas tardes. Tengo una duda sobre el día adicional de Asuntos Particulares que van a dar por el día 15 de Agosto que es sábado. Cuando dice en el escrito remitido por DGGC que se disfrutará a partir del día 15 hasta finalizaron del periodo vacacional ¿a que se refiere? ¿Al 15 de septiembre q acaba el periodo vacacional de verano o al 31 de enero que acaba el periodo vacacional natural?
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