miércoles, 5 de diciembre de 2018
Autor
Comunicación Poder Judicial
Dos de los cinco magistrados formulan un voto particular en el que abogan por condenar a los procesados a 14 años y 3 meses por un delito de agresión sexual al apreciar intimidación.
En resumen:
Relaciones sexuales sin el consentimiento de la víctima
En suma, el Tribunal Superior de Justicia mantiene que las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima.
…//…
La información:
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...rmines-de-2016
La resolución:
http://www.poderjudicial.es/portal/s...TSJNA:2018:473
Solo hay que ver los comentarios que un voto particular en la primera sentencia (condenatoria) describía lo sufrido por la victima (en dos sentencias) como una especia de fiesta donde era parte activa.
¿Que dirán ahora sobre dos votos particulares donde aprecian agresión sexual.?