yo lo interpreto como tu....elimina los tripletes..a no ser que haya 11horas de descanso entre servicio que seria un triplete mas light
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¡FELICES FIESTAS!
Estimados nikitriki y elguru:
Está muy bien interpretar que el periodo de 24 horas comienza con cada servicio, salvo que en derecho, los conceptos deben entenderse como la propia norma exponga. En este caso y dado que no hay definición alguna de dicho "periodo de 24 horas" en el borrador, cualquier interpretación es tan buena o mejor incluso que la que tan de buena fe queréis entender.
Así, en el borrador, en ausencia de definición, el periodo puede ser aquel que comience a cualquier hora que el responsable del nombramiento del servicio considere conveniente. Puede empezar a las 00, a las 06, a las 07, 14, 15, etc...
De hecho, tomándolo a las 00, con la misma posibilidad interpretadora que vosotros, se puede nombrar un T-M-N, con 15/23, 05/13 y 00/08, criminal como pocos, con solo seis horas de descanso tras el primer servicio. No olvidéis que, EN EL BORRADOR NO APARECE POR NINGUNA PARTE (salvo para el nocturno) NINGÚN NÚMERO DE HORAS DE DESCANSO TRAS EL ÚLTIMO SERVICIO, a diferencia de la actual legislación.
Cualquier otra interpretación benévola, es un claro síntoma navideño de buena fe.
Si queréis entender algo, que sea que la norma es claramente deficiente, en eso, si estaremos de acuerdo.
Saludos cordiales,
Perdonad que no os cite pero cuando le doy a "citar" se queda el cursor pensando .... y pensando .....
Vicent_Vega: Si tuviera que dar un "cachote" por cada 06/13 o 0/07 que he hecho .... tendría ya las manos destrozadas :D
Zelda: Muy buena la lectura que haces del borrador y coincido contigo que el término más preocupante es que no dice absolutamente nada sobre el descanso entre servicio y servicio :confused:
Koyote: Como muy bien expones, lo que has comentado se refiere a la modalidad de servicio a turnos. Unos turnos con una cadencia fija. No hace falta que diga que la inmensa mayoría de las Unidades de la G.C. no aplican ese sistema de turnos y, por muy mal que nos pese, continuarán sin aplicarlo así que los que estamos en Puestos/Unidades con unas plantillas medias-bajas tendremos que seguir aguantando la tiranía del lápiz y la goma con unos mayores malabarismos para hacer meter esas 11 horas de descanso diario.
Lo que verdaderamente temo es que eso implique servicios de 6-7 horas con inicios y finales a horas intempestivas (las recomendaciones de horarios del Servicio de Prevencios de Riesgos Laborales ya sabemos por donde se las pasan) y descansos semanales, como bien ha dicho Zelda, de S-L-T (8+48 h.) salvo cada 3 semanas que te corresponderá un fin de semana completo.
No sé yo si acabaremos añorando los dobletes y tripletes .....
El borrador dice que 11 horas entre servicio y servicio, pero el descanso semanal sigue en 48 horas mínimo, y las horas son 37.5 horas semanal pero MAXIMO no MINIMO. Con lo cual se hacen muchos menos Servicios pero el descanso no varía. y si se hacen 140 horas pues se hacen y no pasa nada, que no hay que hacer 166 justas, ni 37,5
El borrador no dice nada de 11 horas entre servicio y servicio, estipula 11 horas consecutivas de descanso en cada periodo de 24 horas.
En el artculo 12 pone q un servicios nocturnos es cuando, al menos, tres horas del mismo se desarrollen entre las veintidos horas de un dia y las seis del siguiente.
Entonces los nocturnos no podran superar las 06 no? Si lo superase seria otro turno no?
En el artculo 12 pone q un servicios nocturnos es cuando, al menos, tres horas del mismo se desarrollen entre las veintidos horas de un dia y las seis del siguiente.
Entonces los nocturnos no podran superar las 06 no? Si lo superase seria otro turno no?
Es cierto que no dice nada, de descanso "entre Servicio y Servicio", pero debemos tener en cuenta que en las definiciones dice que el Servicio diurno, comienza a partir de las 06 h, y que lo servicios como norma general son de 8 h, pues en un periodo de 24 h solo puedes hacer un Servicio, si tienes que respetar el descanso de 11 h,(si terminas a las 14 h, no podrías entrar hasta la 01 del día siguiente, y ya hemos cambiado el periodo de 24 h), así que aunque no lo diga expresamente, tiene que ser por narices entre Servicio y Servicio.
Al menos yo lo entiendo así, que cuando terminas un Servicio, deben pasar al menos 11 h, antes de iniciar otro, y 12 h si es un nocturno.
Y respecto a lo que dice el artículo 2, que nos computaran 7,5 horas los días deducibles, cómo lo veis??? Afectará sólo a los*días hábiles?? O también a los fines de semana o festivos que quedan entre esos días de vacaciones??
Si es sólo a los hábiles, en cuanto a las vacaciones estamos perdiendo días, por aquello de que con 7 días te cogias 2 fines de semana.
Esto del horario después de muchisimos años NO me vale para nada. Ya que siempre estamos con las "necesidades del servicio" ahora mismo si te vas de vacaciones creo que tienes que tener antes un descanso de 08 horas consecutivas pues bien en mi unidad se lo pasan por el forro. Muchas veces te ponen hasta las 22 horas y al día siguiente vacaciones
Mientras los Alféreces los Tenientes y demás no tengan un horario regulado esto no funcionara jamás.
Es increíble, lo fino que se puede hilar, tras cada lectura de los diferentes artículos del nuevo borrador, tras los diferentes comentarios, todos parecéis tener razón, hasta que ninguno la tenéis o tenemos tras lo que entiende otro, esto si es una O.G. de la Guardia Civil, incomprensible, muy maleable, y dispuesta a no ser entendida durante meses hasta que nos demos cuenta de que nos la han podido clav..... Espero que sea corregida y que quede bien definida, como debería ser una autentica O.G. reguladora, antes de su aplicación.
Sin ambigüedades se le quitaría el poder al lápiz......
Ésta mañana he estado leyendo la famosa O.G. y si una cosa me ha quedado clara es que si entra en vigor tal y como está redactada una cosa es clara:
-Se disfrutarán de 48 horas ininterrumpidas de descanso semanal que es claramente menos que con la anterior normativa que especificaba que a las 48 se le podía añadir por delante el descanso del último servicio realizado con un máximo de 8 horas.
-Por lo tanto anteriormente podiamos llegar a tener 10 días ininterrumpidos en periodos de 48+8 horas y si se lleva a cabo la entrada en vigor de la nueva ley siendo optimista serán 8 días en periodos de 48 horas.
Eso es una interpretación de la O.G. que está más que clara. Si alguno no lo ve así que compare los artículos de las dos O.G.
Un saludo y Feliz Navidad.
Yo no entiendo que después de cada servicio diurno tengamos que descansar 11 horas. Lo que entiendo es que si en un periodo de 24 horas haces dos servicios de 8 horas como en un T-M (de 14 a 14) o en un M-N (de 06 a 06) estas haciendo 16 horas en ese periodo de 24, por tanto (24-16=8). En ese periodo de 24 horas descansas 8 horas cosa que ahora se hace porque la OG en vigor dice que tras un servicio debes de tener un número mínimo de horas de descanso igual a la duración del servicio anterior salvo nocturnos.
Ahora lo que dice es que en ese mismo periodo 24 horas debes de tener un descanso mínimo en algún sitio de 11. Por tanto no puedes hacer un doblete o triplete a no ser que alguno de esos servicios tenga tres horas menos. Y a menos que nuestro comandante de puesto sea Monty burns no creo que nos ponga un 01-06 de la mañana que es lo único malo que nos podría poner con la nueva OG en la mano. A partir de ahí jugar como queráis.
Lo que quieren hacer es que el servicio siga siendo como es ahora pero tratando de respetar la famosa directiva europea. Vamos es mi opinión.
En cuanto a lo que dice Dani de las 8 horas antes del descanso artículo 21 . c "De ocho horas consecutivas, después de finalizado el servicio cuando tras dicho descanso comience el disfrute de un descanso semanal, de un periodo de vacaciones o de permiso". Asi que sigue añadiendo las 8 horas.
El 22.3 Al menos uno de cada tres descansos semanales consecutivos coincidirá con un fin de semana, salvo que el interesado solicite su no aplicación. A los efectos de este artículo se considera fin de semana el periodo comprendido en su totalidad por el sábado y el domingo.
En la modalidad de servicio a turnos, podrá establecerse otra frecuencia distinta en los descansos coincidentes con el fin de semana, en función de los ciclos de servicio y descansos que se estipulen. En vez de uno cada cuatro como la orden general actualmente en vigor y especificando como finde el sábado y el domingo entero. Evidentemente puede volver monty y nombrarnos servicio el lunes a las 00:00 horas pero francamente no lo creo.
Sentido común señores. La ley no esta clara pero se ve por donde va. Puestos grandes turnos fijos. Puestos pequeños horarios mas raros como 06-12 23-06, pero respetando descansos y quitando los putos tarde mañana en los que dormimos 5 miseras horas en el mejor de los casos. Es mi opinión....
Alguien me puede decir qué es lo que tendría que hacer un Puesto pequeño con 6 compañeros en total (incluido el Sargento), que tiene que cubrir una cadencia marcada para el núcleo operativo de T/M/N?
Si se puede doblar tarde mañana, o mañana noche. Lo único que excluye el borrador es el triplete, pero los dobletes no, me explico:
Supuesto de tarde-mañana, (periodo de 24 horas fijado de 01 a 01 horas) 11 horas descanso previo que van desde las 03 de la mañana hasta las 14 horas que inicia el Servicio, acabas a las 22, entras a las 06 horas y acabas a las 14 horas, y descansas 11 horas, hasta las 01 de la madrugada del día siguiente.
Supuesto de mañana-noche: (periodo de 24 horas fijado de 14 a 14 horas), 11 horas que hay entre las 19 y las 06 horas, acabas a las 14, entras de 22 a 06 y después descansas 12 horas.
En ningún sitio del borrador, en cuanto a servicios diurnos dice que las 11 horas tengan que ser antes o después del Servicio. Si que lo dice para los nocturnos y para las 8 horas tras un servicio antes de libre, ap o vacaciones.
Tampoco dice el borrador que el periodo de 24 horas en el que se computa el ciclo de descanso y servicio tenga un horario preestablecido, o se adapte al día natural de 0 a 24 horas. Esos ciclos de 24 horas serán variables.
Cuidado con dar por supuesto determinadas cosas.
Si algo tengo claro después de 7 trienios es que aquí se regula todo siempre ambiguamente a drede para que cada jefe o jefecillo pueda putear a sus hombres................
7 trienios, eres un veterano, que ya habrá entrado en los 40 más o menos.
¿A que va a llevar la Orden si aplicamos las 11 horas después de cada Servicio?, a no hacer dobletes.
¿Que pasa si no hay dobletes?
20 Servicios x 8 horas son 160 horas.
Si no hay doblete, para hacer una noche gastamos 2 días naturales.
Si un GC hace de media 5 noches al mes, por ejemplo, eso suponen 40 horas.
40 horas es 1/4 de 160 horas.
Si hacemos las noches sueltas, en total gastamos 10 días para hacer las 5 noches.
10 días es 1/2 de los días que trabaja el GC al mes.
Resumen: 1/4 de las horas en 1/2 mes.
A más noches, más se agrava el problema.
¿Cuadra? NO
Solución: hacer las noches de un tirón, o, como mucho, en 2 tandas.
Ya entrando en cierta edad, como la tuya, meterse 3 o 4 noches seguidas para el cuerpo, lo considero muy duro.
Exacto, eliminar las noches de las cadencias de turno, por lo tanto hacer las noches que te toquen en un mes en 2 tandas como mucho para no perder libres por el saliente. EL que haga 6 noches al mes hace una tanda de 3 y 3 con sus saliente y libres a continuación, después se puede implementar una cadencia de turnos a base de mañanas y tardes.
El tema es si yo hago mi grupo de noches a principios de mes y por necesidad del servicio me colocan una a finales, ya empiezo a tener una perdida de libres.
Otra cosa que me parece "graciosa" es lo de que el que haga 70 servicios nocturnos tendrá la consideración del "trabajador nocturno" y tendrá derecho a un reconocimiento medico, menuda soplapoyez, esto ya te lo puedes hacer cuando te venga en gana con Asisa/adeslas, ese es el "gran privilegio" no sea que alguno que este entrado en años le de un infarto de tanto tragar. Creo que merecería algún reconocimiento mas ya que el trabajador a turnos es el que no concilia su vida familiar como dios manda como si hace el que trabaja de L-V de mañana, hablo de menos jornada mensual/trimestral, o mas días de asuntos propios, ya que el que va a turnos tiene que gastar sus AP en sábado o domingo como no hace el de L-V.
Como quieren que se informe sobre esta orden general si las interpretaciones son dispares y el articulado ambiguas?
Si tuviéramos puestos grandes, como comisarías de mossos o cnp la gente podría elegir entre distintos turnos según le venga mejor, pero esto es la gc.....
Visto lo visto, y por lo que he leído, Chinchón tiene razón en lo que ha expuesto. Es más, si el comandante de puesto quiere, podría hacer servicios que no tienen nada que ver con los que en la actualidad realizamos, esos tripletes puede que los echara más de uno de menos. Chinchón ha realizado su análisis contando que la jornada de servicio sea de 0.00 a 0.00 horas, también podría ser de 22.00 a 22.00 horas, son dos de diferencia. A mi juicio se podría tener un 14/22, 9/14 y 22/06 en el caso de que se contase la jornada de 22/22, si fuese de 0/0 la cosa cambia. Podrías tener un 22/06 y entrar doce horas después de 18/23, entrar al día siguiente de 10 a 15 por ejemplo, siempre hay una diferencia de 11 horas, salvo en el nocturno, pero como no se han realizado más de tres horas de noche en el 18/23, no se cuenta como nocturno para el cómputo de horas de descanso. Yo no me gusta, de mala fe te pueden amargar la existencia con un turno raro de servicio, aunque no lo hagan muy a menudo porque si no no llegas a las horas. Para mi, como se suele decir, dios mío que me dejen como estoy. Bajo las buenas palabras de conciliación familiar, nos la clavan por detrás. De todos modos, habrá que ver en que queda la cosa.
Esa es la madre del cordero, ni mas ni menos y la unica verdad absoluta de todo esto. Seguimos en el pleistoceno de cualquier funcionario policial en España. Siguen amargandonos a los que estamos en Seguridad Ciudadana, y no me quiero imaginar como va a caer esa nueva OG en los Puestos cuando muchos de nuestros mandos ni se aclaren ni quieran aclarar y que cuando lo hagan vean que todavia nos pueden jo.der mucho mas.....esto va a ser un desastre
Lo de los indices correctores si haría que tuvieramos una vida digna, pero ni eso ni la turnicidad por hacer tardes, mañanas ni noches es siquiera aludido, y respecto al tema de cerrar cuarteles debo decir que esta parado, de hecho leí hace un par de días algo pues los alcaldes fueron corriendo a decir que no querían que los quitaran. Lo de aplicar esta normativa pues como ha dicho algún forero, mínimo hasta septiembre no lo harán.
Lo que si queda claro es que vamos para atras como los cangrejos, por lo cual otra vez a empezar la misma historia, que o se va a Bruselas o más mal nos irá, y con todo eso significa otros cuantos de años más a esperar alguna cosa positiva.
Y en temas económicos pues vamos para atras que esa es otra y que nadie comenta.
Siguen sin concedernos lo que nos merecemos. A mi no me coge en la cabeza que un compañero que trabaja en oficina viva mejor que los que estamos a turnos, cobrando igual o incluso más. No me coge en la cabeza que le den a un Suboficial el poder para organizar mi vida privada, porque si pones un AP con el cuadrante hecho...cogen su gomita y su lápiz y te "clavan" un servicio de eses que escuecen, para que no vuelvas. No me coge en la cabeza que los políticos que nos dirigen se dieran tanta prisa para excarcelar a etarras y delincuentes y nosotros que estamos incumpliendo la normativa sobre jornada laboral nos tengan arrastrados. No me coge en la cabeza que tenga que comunicar mis períodos de vacaciones (Semana Santa y Navidad), antes de que se sepa lo que nos toca en el Puesto, eso sí, una semana antes y con tus planes echos te pueden decir que hacen falta patrullas y se inventen una noche de Fin de Año. No quieren juntar Puestos pero puedes salir de patrulla combinada con personal del Puesto de al lado que dista 10 Km (viva la operatividad). No me coge en la cabeza que cada vez vayan más enchufados a las Comandancias (Caja, Cos, PJ, Equipos ROCA), cuando el trabajo lo tenemos que hacer los Patrulleros. Solo dejan una opción, pasarse un año sabático y que piensen mejor lo que tienen que hacer. (Ahora alguno me incará los dientes por esto último). Perdón por el tostón. Felices Fiestas y un saludo.
Menuda chapuza de legislación..vamos para atrás, esto no lo remedia nadie...
Espero que las cosas queden mucho más especificadas porque leyendo lo que estais poniendo me da a mi que lo que venía con buenas intenciones no va a ser así cuando alguna "cabeza pensante" de las que tenemos aquí interprete a "su criterio" la orden y vamos a salir perdiendo.
Por cierto, si esta orden va a salir sobre todo motivada por la directriz de la Unión Europea que especifica que entre turno y turno de trabajo se ha de descansar al menos once horas, ¿esto mismo no debería dar pie a que no se puedan realizar algunas de las "disparatadas y rocambolescas" combinaciones que aqui habeis comentado?
La verdad es que la ambiguedad de esta legislación hará que la cosa empeore y se continue con la actual situación de recursos y juicios contensiosos-administrativos, pues si por lo menos fuera más especifica evitaría muchas de estas situaciones que comentan los compañeros. Me recuerda a los escritos que había en el pasado en los que se especificaba que no se debía corregir por unos motivos, pues cuando se iva a contensioso-administrativo le costaba el dinero a la GC.
Lo que no deja claro es la obligación de dejar el cuadrante grabado en SIGO de forma mensual, pues eso evita el tener que justificar los cambios de cuadrantes, por lo que actualmente en muchas unidades todo continua con el lapiz y la goma en el asunto de cuadrantes.
Respecto de los demás temas estoy de acuerdo que esto es un paso para atras, no sólo por las ambiguedad, sino tambien por las condiciones que impone, ninguna de ellas positivas.
El único final posible si sale tal como esta ese borrador, será otros años más pleiteando y otra vez en última instancia para Bruselas que volverá a condenar el mismo asunto, pero los perjudicados serán siempre los mismos.
Esta O.G. está muy bien, pero viendo todas lasinterpretaciones que se pueden hacer de cualquier artículo, me temo que los queestamos en puestos pequeños de 5 guardias se nos pondrán los dientes largosviendo como compañeros con el mismo empleo y servicios que nosotros (Seg. Ciudadanaen mi caso), se raspan la vida padre y los demás con servicios de cinco horasporque hay que sacar patrullas, abrir puertas etc. A mi entender la nueva O.G.debería de ser más cerrada y precisa para que todos los agentes que prestamosservicios en este cuerpo fuésemos iguales, indistintamente del destino oservicios que preste cada uno.
Espero que nuestro compañero de trabajo SIGO, nos ayudeun poco dando la lata a los Cte de Pto, con mensajes de error como “no se puedenormar el servicio por no cumplir el descanso diario, semanal, etc
¿Cual es la siguiente reunión para tratar este aspecto? como tarden como con la ley de personal...
segun tengo entendido la proxima reunion del Grupo de Trabajo es en febrero
En primer lugar, el borrador no dice 11 horas entre servicios, dice 11 horas continuadas en periodos de 24 horas, por lo que el cambio de servicio de tarde a mañana sí se puede hacer, el día de tarde, ya has descansado y el de mañana se descansa después, pero el día que se entra de noche, no se puede trabajar, por lo que hay que tener "entrante de noche".
El descanso como norma general viene siendo saliente DOS días libres y tarde, ahora para poder llegar a las horas, hay que reducirlo a las 56 horas (48+8) que marca la norma, con saliente UN DÍA LIBRE y tarde se cumplen las 56 horas y ese otro día que veníamos teniendo libre es el que se usa para el "entrante de noche".
Las horas y los días del mes no varían, si aumenta el descanso diario, obviamente, se reduce el semanal, con servicios más espaciados se libra menos, si no, coge un cuadrante y hazlo, verás que es así.
Nunca llueve a gusto de todos, el que vive a una hora del puesto llega hace TMN y se va a casa, hace 24 horas de servicio y tiene mucho tiempo en casa, ahora será imposible, y estará menos tiempo en casa.
esto NO ESTÁ EN VIGOR así que mientras no esté todo son conjeturas. Cuando van a tener un horario nuestros jefes? el cual podamos ver todo el mundo
Según tu interpretación compañero erkinter, donde dice "periodo" tu dices "dia natural" y eso tampoco viene, yo por ejemplo por periodo entiendo que este empieza en el momento en que empiezas a prestar un servicio, pero las interpretaciones son como los culos, cada uno tiene el suyo.
escribo desde la cama despues de una noche de servicio donde a nadier dr de los 15 que hemos estado nos cuadra esto lo mas minimo y encima me entero que han sido las asociaciones las que lo han propuesto, si se aprueba y quitan el tmn nos van a joder a muchos pero mis 70 $ los van a volver a ver en pintura
Estimados compañeros:
No hay que olvidar que, el borrador abre la puerta, al establecimiento definitivo de turnos (a día de hoy no están regulados ni reconocidos), entre los que también tendrían cabida el TMN a 8 horas o incluso el DD o NN a 12 horas, el 5J-3L y otras muchas opciones.
La cuestión principal es EL ESTABLECIMIENTO DE TURNOS Y SU REGULACIÓN, que hoy no los hay.
Para el compañero que habla así sobre las asociaciones, personalmente te invitó a que abandones en la que puedas estar, de forma inmediata. SI PERCIBES UNA ASOCIACIÓN COMO UNA MERCANTIL QUE OFRECE SERVICIOS, QUE EQUIVOCADO ESTÁS.
De todas formas, si vienen los turnos o cualquier otra mejora, TE RUEGO QUE SEAS CONSECUENTE Y RENUNCIES A TODO AQUELLO QUE PUEDA HABER LLEGADO POR INTERVENCIÓN DE LAS ASOCIACIONES. Sé coherente, campeón.
Pese a todo, un cordial saludo.
Todo esto no se sabe en que quedará, ahora todo son conjeturas, pero no dejo de ver con tristeza que aqui cada uno considera su situacion lo mas importante, somos muchos y se legisla conforme a un bien general y no uno particular, los tripletes son inhumanos, insufribles y perjudiciales para la salud, y si hay que librar algo menos para poder estar mas descansado bienvenido será, que al que esta fuera le jode? Es entendible y normal, pero no se puede legislar sobre el caso de los destinados fuera, porque al final todos nos colocamos y la mayoría no se desplaza 300 kilometros para ir a casa, si esto fuera un trabajo normal se podrían cambiar servicios o turnos con compis y el que estuviera lejos de casa se las apañaria, pero esto es la Gc y esto seria impensable. ...
Ojala se pueda rechazar todo lo que venga de las asociaciones!!!! Yo quiero mis 40 dias de vacaciones sin tener q estar viendo si es viernes, festivo o su **** madre, quiero poder gastar mi preferente en una especialidad que para eso me vine al norte, y no quiero que nadie me diga que esto es para los turnos, porq si fuese asi, lo harian del tiron, donde esta la reduccion de jornada laboral???? Donde esta la equiparacion salarial en los complementos, con respecto a al cuerpo hermano??? Sin hablar de demás policias autonomicas!!! Para lo unico que estan es para molestar, y para que cuando quieras una instancia, tengas que llamar a todo el mundo, y al cabo de un mes, te la bajaras del forodelguardia, para eso estan las asociaciones!!!!!
por cierto, un saludete CAMPEON!!!!