descanso mental tambien son 3 dias y medio sin aparecer por el cuartel. Pero bueno no vamos a llegar a un acuerdo. Por qué no lo dejamos ya y hablamos de cuadrantes????
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descanso mental tambien son 3 dias y medio sin aparecer por el cuartel. Pero bueno no vamos a llegar a un acuerdo. Por qué no lo dejamos ya y hablamos de cuadrantes????
la cúpula está interpretando la norma como le sale del ........... es increíble.. aprueban la nueva normativa, sin antes haberla aplicado .. caro manolete ahora te das cuenta de lo complejo que lo habeis hecho verdad? no hubiera sido mejor poner las 144 horas y dejaros de historias..
Permiteme que hable de lo que yo quiera, mucho más cuando me citan. A ver si ahora te vas a autoproclamar moderador del foro.
Sobre el descanso de 3 días, cuerpo y mente necesitan descanso tanto diario como semanal. No lo digo yo, lo dicen normativas laborales de cualquier país desarrollado. Si nos vamos a Africa quizá nos encontremos normativas de tu gusto.
PRIMERO seguro que la ley es más flexible que como tú la pintas, si no no hubieran permitido en determinadas circunstancias dobletes, añadiendo horas de descanso a la finalización del servicio. Estoy seguro que en otros países desarrollados hay policías y trabajos en los que se permiten menos de 11 horas entre turnos, compensando después a los trabajadores con más libres o más horas de descanso. Lo voy a buscar y seguro que encuentro montones de ejemplos. En españa mismo los funcionarios de prisiones si no se lo han cambiado este año, hacen turnos de mañana y tarde sin descansar y después les dan 5 libres o algo así, ya lo preguntaré si se lo han cambiado, creo que no. SEGUNDO ya estás desvariando otra vez con tu último comentario, tú mismo te estás descalificando, a palabras necias oídos sordos otra vez. Adiós
Esto es de hace poco, y veo que no hace falta irse a africa para no hacer las 11 horas:
TRABAJAR EN INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
El trabajo del funcionario del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias es muy variado.
Funcionarios de prisiones de vigilancia:
V1 : Se desarrolla en turnos de ocho días de los que se trabajan dos días mañana y tarde, un día por la noche y se libran cinco días.
Son los encargados en estar a cargo de los internos de los Establecimientos Penitenciari
Ya te contradices.
1º - Lo de las 11 horas no se va a cumplir siempre, por lo tanto es una cagada de la O.G.; pues si esto se cumpliese siempre igual la cosa mejoraba. Pero nos lo vamos a tragar, no queda otra.
2º- Hablas de descanso mental... Yo en tres días de cada 5, tengo mas descanso mental que en 11 u 8 horas entre servicio y servicio.
3º- Sigues con lo mismo. Igual te has equivocado de trabajo, pues cuando te metiste en la GC, sabías que ibas a hacer noches y madrugones, y eso es lo que nos fastidia lo pongan como lo pongan.
Por otro lado, me paso yo por el forro lo que dicen los de riesgos laborales, porque aunque tendrán razón y no lo dudo, no son ellos los que tienen que hacer mis madrugones y mis noches, por lo tanto nadie mejor que yo sabrá la mejor manera de hacerlas.
Es evidente que la mejor manera de que no te afecten las noches y los madrugones es no haciéndolos, para saber eso no hace falta ir a Salamanca; y los que se dedican a hacer esos estudios, seguro que no trabajan de noche, sino que mas bien seran de trabajar por las mañanas y librar todos los festivos y fines de semana.
Y los bomberos turnos de 24 horas. Cada trabajo es diferente.
los médicos también hacen guardias de 24 horas. Aunque también creo que tienen horas de descanso. De todas formas por esa regla de tres, los guardias que hacen garitas en la carcel, o en las comandancias, o en los aeropuertos, también tienen horas de reten en las que pueden dormir. Por esa regla de tres, también les podían dejar 8 horas.
Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo
CAPÍTULO 5
EXCEPCIONES
Artículo 17
ExcepcioneS
2. Mediante procedimientos legales, reglamentarios o administrativos o mediante convenios colectivos o acuerdos celebrados entre interlocutores sociales y siempre que se concedan períodos equivalentes de descanso compensatorio a los trabajadores de que se trate, o siempre que, en casos excepcionales en que por razones objetivas no sea posible la concesión de tales períodos equivalentes de descanso compensatorio, se conceda una protección equivalente a los trabajadores de que se trate, podrán establecerse las excepciones previstas en los apartados 3, 4 y 5.
3. De conformidad con el apartado 2 del presente artículo, podrán establecerse excepciones a los artículos 3, 4, 5, 8 y 16:
a) para las actividades laborales caracterizadas por un alejamiento entre el lugar de trabajo y el de residencia del trabajador, como el trabajo off-shore, o que se desarrollen en distintos lugares de trabajo del trabajador distantes entre sí
ETC ETC ETC O SEA QUE HAY EXCECIONES PARA TODO SIEMPRE QUE SE ESTABLEZCAN COMPESACIONES CLARO ESTÁ, COMO AUMENTAR EL TIEMPO DE DESCANSO TRAS EL ÚLTIMO SERVICIO, O DECANSOS COMPESATORIOS. O sea, que la propia normativa europea prevé excepciones, y si la DGC no las contempla es porque no le da la gana
Podríamos debatir toda la vida, cada cual tiene su postura en base a circunstancias personales evidentemente, entiendo que un tio que este destinado en Ciudad Real pero tenga mujer e hijos en Sevilla, prefiera agrupar servicios para ir a casa lo más asiduamente posible, yo en casita destinado y con 22 años de tripletes encima estoy algo cansado y me gustarían turnos mas descansados, pero llevo ateniendome a la mayoría 22 años, ahora les tocara otros atenerse a otros turnos, y veremos que tal.
Debemos tener en cuenta que los jefes/empresarios siempre miraran por el rendimiento de la unidad y siendo realistas es normal que quitaran tripletes, aquí lo normal es por las mañanitas sobada de 6 a 9 y por la noche de 1 a 6, osea que del triplete trabajo el 50 por ciento, ya que en el saliente quiero ir a gym, padel o viajar a casa......
ahí está la cuestión. Que se podrían poner los tripletes sólo para el que lo solicitara por conciliación. Además después de un domingo libre, o de un saliente, entrar a las 6, la gente va a estar reventada igual. Las noches directas también queman mucho, ya que como son como un día libre, pues venga hacer actividades. Y cuando llega las 22, ya estás molido antes de entrar; además como no ha habido madrugón, no hay ganas de siesta. Pero lo dixo, el triplete, sólo sería para para el que lo solicitara, la propia europa permite excepciones. Saludos
yo personalmente sí. Cuando entro a las 6 me pego 4 horas de siesta. Y estoy toda la noche fresco como una lechuga. Cuando me levanto a las 9 o 10 pues no tengo ganas de siesta. Y encima hago actividades. Cuando llega la hora de entrar a currar ya estoy reventao de antemano. Pero vamos es cuestión de gustos.Ademas con el triplere hago solo una noche y SLL, Y NO TENGO QUE REPETIr NOCHE hasta 5 veces como se está viendo por ahí
vamos y no me digas que la segunda noche no pasas más sueño que con una sola. En el saliente no se recuperan bien las 8 horas de sueño y la segunda noche voy ke no puedo ni conducir
Ok es tu punto de vista y me parece genial, respecto a lo de las 5 noches eso sí sería la muerte, esta claro, pero no creo que se hagan, al igual que muchas locuras que la gente esta poniendo por aquí.
La clave es esta, llevas bien el triplete y por eso te resistes al cambio. ¿Y los que no lo llevan bien?
Yo he hecho turnos de noches solo y de hacer dos noches seguidas. Lo que hay que ser es un cafre para pensar que si entras de noche puedes disponer de el día para ti porque no es así, una siesta de dos horas necesitas para hacer la noche, después el segundo día te levantas para comer y ya no hace falta.
Eso si eres capaz, o puedes dormir toda la mañana; si no hacer mas de una noches seguida es un castigo.
Cada persona es un mundo, y nadie se va a poner de acuerdo en una pauta. En lo único que parece que todos estamos de acuerdo, es que trabajar de noches es una jodienda; pero eso va a ser inevitable por mucho que cambien las O.G.
El título del hilo de este tema es cuadrante adaptado a la nueva jornada laboral y aquí la peña con PAJ.. Mk en vez de a portal algo viable
Jeje pues espérate que todavía falta por saltar el acción-reacción
Aunq ya los que no trabajan nocturnos y festivos se las arreglaran para trabajar menos horas que nosotros yo no veria justas las 144h. Quien mas trabaje en festivos y nocturnos deberia de librar mucho mas que el resto.
A nosotros ya nos han dicho que nocturnos y fetivos los justos y necesarios para no ganar libres. Si ponen las 144h ya me veo trabajando todos los fines de semana y haciendo 10 noches mientras los pelotas descansan los fines de semana
Tres grupos.
Semana de mañanas, semana de tardes y semana de noches. Cada semana rota el grupo que hace cada turno.
Semana de mañanas 5 mañanas de 7.5 horas, semana de tardes 4 tardes de 7.5 horas y semana de noches cuatro noches de nueve horas.
Libres singularizados y por festivos siempre en semanas de tarde para evitar el TL.
Cada fin de semana libra un tercio de cada grupo.
esperando aclarar dudas expongo:
Orden General número 11, dada en Madrid a 23 de diciembre de 2014, por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil.
Artículo 14. Descanso diario.
1. En la modalidad de prestación del servicio de actividad, se disfrutará de un descanso mínimo diario en el curso de cada periodo de veinticuatro horas, contado desde el último periodo de servicio prestado, con la siguiente duración:
a) De once horas, con carácter general.
b) De ocho horas consecutivas, cuando por razones organizativas, incluyendo las relativas a la conciliación, o por necesidades del servicio, no deba tener la duración prevista en el apartado a), compensándose las horas no descansadas lo antes posible, mediante su disfrute unido a los descansos diarios siguientes o, en todo caso, al siguiente descanso semanal.
c) De ocho horas consecutivas, después de finalizado cualquier servicio, cuando tras dicho descanso comience el disfrute de un descanso semanal, de un periodo de vacaciones o de un permiso de Semana Santa o Navidad.
d) De doce horas consecutivas, después de finalizado un servicio nocturno.
la normativa establece que con carácter general 11 horas de descanso entre servicio y servicio. Después por varios casos esta puede ser inferior :
1º Razones organizativas: faq Razones organizativas deben ser valoradas por el mando correspondiente en función de cada caso concreto De acuerdo con la interpretación del término “con carácter general”, establecida en la pregunta 25, las razones organizativas, incluidas dentro de las mismas las de conciliación, están consideradas como posibilidades para la reducción de 11 a 8 horas consecutivas del tiempo de descanso diario, siempre que se respete el disfrute de 11 horas en el periodo de referencia que corresponda. Ha de tenerse además en cuenta que para garantizar una más adecuada conciliación personal y profesional, se han regulado en la Orden los descansos singularizados adiciones que tienen precisamente esa finalidad. No hay prevalencia de unas sobre otras porque el propio artículo incluye las razones de conciliación dentro de las organizativas.
2º conciliación:1. El personal incluido en el régimen de prestación de servicio previsto en el capítulo IV, secciones 1ª y 2ª, así como sus mandos, podrán hacer uso de flexibilidad horaria en los términos previstos en las medidas de conciliación para el personal al servicio de la Administración General del Estado y de acuerdo con los horarios de servicio que se contemplan en el anexo II. La flexibilidad no supondrá disminución alguna de la jornada de trabajo establecida.2. Todo el personal incluido en el ámbito de aplicación podrá solicitar que en la planificación y el desarrollo de su jornada de trabajo se tengan en cuenta las medidas de conciliación previstas para el personal al servicio de la Administración General del Estado, sin alterar las condiciones de prestación contempladas para los diferentes regímenes y modalidades de servicio.3. Las guardias civiles víctimas de violencia de género podrán solicitar, al amparo de lo previsto en el párrafo segundo del artículo 49.d) del Estatuto Básico del Empleado Público, la reordenación de su jornada de trabajo y horario de servicio con el fin de hacer efectiva su protección o su derecho de asistencia integral, con independencia del régimen de prestación de servicio que tengan establecido.
3º Necesidades del servicio art.3 : Las determinadas por hechos o circunstancias que exigen la adopción de medidas justificadas de actuación para satisfacer una demanda del servicio, que pueden provenir de situaciones repentinas e imprevistas o de acontecimientos que, aun estando previstos y planificados, sufren alteraciones que demandan la adopción de tales medidas.Las medidas que tengan que adoptarse para atenderlas deberán estar sometidas a los criterios de oportunidad, proporcionalidad y excepcionalidad, de modo que sólo se altere la planificación establecida cuando no sea posible afrontarlas con los medios disponibles. Tales medidas adoptadas por cada jefe de unidad o centro habrán de ser justificadas ante el superior jerárquico
pero todas estas excepciones tienen que cumplir con compensar las horas no descansadas lo antes posible, mediante su disfrute unido a los descansos diarios siguientes o, en todo caso, al siguiente descanso semanal y atendiendo a que Descanso compensatorio: El que se disfrutará como consecuencia del exceso de horas de servicio o la superación de la jornada de trabajo establecida, así como por la alteración o no disfrute de los diferentes descansos previstos en esta norma. Cuando comprenda un día natural completo tendrá carácter deducible si así se recoge expresamente.
se pueden realizar tripletes? si pero no como se conocen ahora si no por ejemplo trabajando de tarde disfrutar de 11 horas de descanso currar 5h de mañana descansar 8 y currar de noche todo esto por necesidades organizativas las cuales no pueden ser arbitrarias si no justificadas y por lo tanto autorizadas por los jefes de comandancia o zona y siempre con un caracter limitado y excepcional , esto se podría dar en puestos pequeños. Que yo tenga los de arriba no quieren que esto se lleva acabo así que ...
Se pueden realizar dobletes? si pero con caracter limitido y excepcional por lo que no afectará en varias ocasiones si no que muy exporádicamente que se sepa las directrices de los de arriba es que esto se evite en la medida de lo posible
es buena esta orden general ? si por supuesto se mejora sobre todo en unidades en las que el comandante de puesto deshacia y hacia a su gusto ahora eso se acaba al grabar servicios y en el caso que quiera seguir por el mismo camino su superior tiene que tirarle de las orejas y el gc tiene que ser recompensado . los tripletes como se conocen ahora y que solo permitian descansar realmente 5 horas en lo mjor de los casos ya que entre que uno hace sus cosas come etc las ocho horas quedaban en nada de esta forma las 11 h quedan en 8 y ya es un descanso recomendado por los médicos así que para nuestra salud es lo mejor.
inconvenientes de esta normativa ? estamos a espensas de que se regulen las modalidades de trabajo por lo que esta empresa suele ser un paso adelante y otro para atrás, viendo que la directiva de la unión europea era del 2003 y se han tardado 12 años en acatar no quiero pensar en que están planificando para hacer de las suyas. Eso si personal de oficina etc no creo que este mu preocupado. Otro inconveniente que por ejemplo se pueden realizar 2 , 3 noches seguidas aunque esto también se venia sufriendo con la normativa antigua ya que no era raro ver un m/n , n así que por lo menos....
Por ahora sin a un ver un cuadrante creo que es beneficiosa y un avance sobre todo para la salud de los que están currando a turnos
TIC TAC TIC TAC ...un día mas y sin saber aun a que atenernos..
Eso depende del numero de componentes que tenga cada grupo, pues ya tiene que ser el número suficiente para que un tercio del mismo libre, mientras el resto trabaja. Pero lo suyo es hacer un cuadrante, no decirlo de palabra, pues como lo cuentas no suena mal, pero luego hay que cuadrarlo, y tener en cuenta, bajas, Permisos urgente, Asuntos Propios y vacaciones.
Lo de hacer noches de 9 horas no te lo admiten en la mayoría de comandancias, pues ademas de que la OG, dice que el servicio dura con caracter general 8 horas como máximo, luego esa hora a mayores te cuenta como nocturna, y como comprenderás no están por la labor de pagar mas horas de las necesarias.
Esa es una forma sencilla de hacerlo.
Con 4 componentes por puesto en un núcleo operativo de 3 puestos llega.
Resiste vacaciones, permisos, bajas... porque se necesitan muy pocos componentes. Además no es un turno fijo pero sabrías de que trabajas durante todo el año, Tardes, mañanas o noches.
Pero con los singularizados ya no habría eso porque habría que hacer menos horas
Eso por supuesto compañero, donde estén tres y el sargento ni esto ni nada. Es una idea para un puesto a partir de mediano. No sabría dar una cifra minima.
Los turnos podrían hacerse todos de ocho horas, la semana de noches se compensarían en parte las horas de las semanas de mañana y tarde en la semana de noches, pero aún así se generaría exceso. Habría que ajustarlo. Es una idea de la que partir.
Pasamos de no querer un triplete a querer hacer tres noches seguidas, que para mi es peor al menos para mi salud, o hacer en verano con más de treinta grados cuatro tardes consecutivas. Vaya tela
Querer, quiero que me toque el euromillon y dedicarme a vivir la vida.
Aparte de eso, a mi, personalmente, el triplete me gusta y cuando he estado a el lo he llevado bien. Pero se ve que no se puede y dentro de lo que nos queda, hay que elegir. Respecto a las noches o tardes seguidas, te puede gustar más o gustar menos, pero cualquier cosa que leas al respecto te dirá que es mejor cambiar de horario cada semana que cada día.
HACIENDO calculos si el turno fuera a tripletes, con la ley nueva y los libres compensatorios se harían 6 tripletes (18 servicios). Y OJO 6 TRIPLETES SE HACEN EN 12 DIAS (seis de tarde y 6 de M/N). Nos vestiriamos de romano sólo 12 dias al mes. Los demás días serían 12 de libre, y 6 de saliente. No os dáis cuenta que es la oportunidad de nuestra vida de vivir como dioses. Sólo 12 días al mes trabajado. Pero sin embargo preferís estar 20 días de romano, no hay quien lo entienda
el único problema de esto es que no saldrían los 2 findes completos, Pero casi siempre saldría uno completo y otro medio con sabado saliente domingo libre, lunes libre y martes entrante de tarde, que no está nada mal. Además muchas veces saldrían dos medios, otro medio de jueves saliente, viernes libre, sabado libre y domingo entrante de tarde, que tampoco está mal. En fin civiladas y cacicadas como siempre
los turnos que se están proponiendo son igual de malos que el triplete, con varias noches seguidas o con 10 dias sin librar, por lo menos con el triplete tengo libres largos largos largos. No se está proponiendo ningún turno decente, porque con tanta restricción es que no existe