Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="pofe" post="789370"]Bueno
Si tu sargento comandante de puesto fue el que inicio el expediente lo maximo que te meteran es reprension
Saludos[/quote]
¿Comorl?
Madre mia, compañero, que andas más perdido que un Talibán en una Conferencia de Paz.
El sargento, por meter, no puede meter nada, porque no es Autoridad Disciplinaria.
El sargento, en este caso, es el dador del parte, que eleva a la Autoridad Disciplinaria (Capitán Cía si es falta leve, Jefe de Zona o Director General si es falta grave o muy grave), y posteriormente la Autoridad Disciplinaria designará un Oficial como Instructor del Expediente.
Re: Ayuda servicio puertas
Estas un poco perdido compañero
Un Sargento comandante de puesto es autoridad sancionadora , lo que pasa es que tiene muy limitada las penas que puede imponer, pero el solito puede iniciar un expediente y no hablo de dar cuenta , hablo de iniciar expediente
Artículo 25. Autoridades y mandos con competencia disciplinaria.
Tienen potestad para sancionar a los miembros de la Guardia Civil:
g) Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar.
4. Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar, a los miembros de la Guardia Civil que estén a sus órdenes, reprensión.
Pues eso , Sargento comandante de puesto inicia el expediente , el cual pasa a un instructor el cual curiosamente solo puede ser un oficial.
Cuando termina el procedimiento el instructor le devuelve el expediente con la propuesta de sancion a la autoridad sancionadora (en este caso el Sargento) el cual solo podra imponer la sancion de REPRENSION
Saludos
Re: Ayuda servicio puertas
pues yo trabajo en un nucleo haciendo de 14-22 6-14 22-6 y si a falta de 5 minutos para que finalice mi servicio no llega el compañero ya lo estoy llamando por telefono y si hace falta llamo al sargento para informar.
Dinos que puesto es ese para no pedirlo si saliera vacante en el.
Re: Ayuda servicio puertas
la verdad que me parece increible...despues de toda una noche estás casi un cuarto de hora más y encima te quieren emplumar???? increible ....vamos que yo voy al fin del mundo con eso,aunque sean 4 dias de haberes ,1 ,ninguno o una reprensión...con las injusticias como que no puedo....que asco de gente hay por el mundo la verdad...
lo raro es que el resto de compañeros no hayan linchado a esa sabandija chivata y maligna....
Re: Ayuda servicio puertas
Hay que ASOCIARSE, de los 60 pavos que pagué a mi Asociación Hacienda me devolvió 46
Saludos
Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="pofe" post="789386"]Estas un poco perdido compañero
Un Sargento comandante de puesto es autoridad sancionadora , lo que pasa es que tiene muy limitada las penas que puede imponer, pero el solito puede iniciar un expediente y no hablo de dar cuenta , hablo de iniciar expediente
Artículo 25. Autoridades y mandos con competencia disciplinaria.
Tienen potestad para sancionar a los miembros de la Guardia Civil:
g) Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar.
Artículo 30
4. Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar, a los miembros de la Guardia Civil que estén a sus órdenes, reprensión.
Pues eso , Sargento comandante de puesto inicia el expediente , el cual pasa a un instructor el cual curiosamente solo puede ser un oficial.
Cuando termina el procedimiento el instructor le devuelve el expediente con la propuesta de sancion a la autoridad sancionadora (en este caso el Sargento) el cual solo podra imponer la sancion de REPRENSION
Saludos[/quote]
Cierto, eso es el literal de la Ley, que se contradice a si misma más adelante:
Artículo 50. Inicio y tramitación
2. El acuerdo de inicio deberá incorporar la designación del instructor e indicar expresamente los derechos que asisten al interesado, incluida la recusación de quien instruya el procedimiento, advirtiéndole de que, si no formula oposición o no propone la práctica de prueba, podrá resolverse el expediente sin más trámite.
3. Cuando el inicio del procedimiento lo hubiera dispuesto alguna de las autoridades citadas en los artículos 28, 29 ó 30 de esta Ley, se encomendará su instrucción, en la misma resolución, a un subordinado siempre que tenga, al menos, el empleo de Oficial.
Obviamente, ningún Suboficial tiene como subordinado a un Oficial, con lo cual se ve claramente que como mínimo, en la falta leve la Autoridad será siempre un Capitán, salvo en los Puestos Prales. que sean de Teniente, siempre que haya un Alférez destinado con él.
La cuestión es que esta Ley se diseñó para que la acción disciplinaria se centrase en las Comandancias, pero al final se acabó delegando, y mal, cometiendo errores de bulto como el dar a los Suboficiales capacidad de sancionar cuando en realidad se la quitan después.
Nunca te acostarás sin saber una cosa más.
El año pasado hice el curso de Instructor de Procedimientos Disciplinarios, y en lo que coincidían todos los ponentes, que eran Jurídicos del Ejército, es en la malísima redacción de la Ley Disciplinaria.
Saludos.
Re: Ayuda servicio puertas
Menudos impresentables hay en tu Puesto. Qué asco.
En mi Puesto tenemos la "norma" de relevar Puertas diez o quince minutos antes. Si cinco minutos antes no ha llegado, pues se le llama y la patrulla o el de oficinas cubre el tiempo hasta que llega. El saliente se va a su casa a descansar.
Sólo una vez quisieron corregirnos a 5 por cubrir a un relevo que llegó sobre las 9. No había forma de localizarlo hasta que se consiguió. Se había dormido. Le metieron una reprensión y a nosotros nos amenazaron pero lo entendieron y no nos metieron nada.
Falta de compañerismo por parte de mando y compañeros. Una pena.
un saludo.
Re: Ayuda servicio puertas
Según como lo veo y como lo has planteado tienen que sancionar a los tres implicados; a tí por no efectuar el relevo como es debido, al compañero entrante por llegar tarde y al compi que con buena fe se hace cargo del servicio.
Si no existe propuesta de sanción a los tres, se produce un agravio comparativo, es decir, que existe algo personal o alguna redecilla contra tu persona creo que puedes entrar por ahí.
Yo informaria a los compis implicados que se va efectuar un recurso por el agravio comparativo y que dicha sanción es algo personal, solicitando sancion o no sancion a todos los implicados y que ellos le den las gracias al pelota de turno, de manera que dicho personaje no se salga de rositas y que seguramente no volverá hacer dicha accion in reprobable.
Re: Ayuda servicio puertas
Como se puede hablar de abandono de servicio,cuando todo el mundo sabe que el mal llamado servicio de Puertas, es un servicio de Atención al Ciudadano., por lo que el mismo no debe ser de Armas.
Como se puede pretender actuar disciplinariamente contra una persona por el mero hecho de que el compañero que tenia que relevarle ha llegado tarde y ha sido relevado por la Patrulla de servicio, miestra venia el entrante. ¿ ha estado descubierto el servicio?
Como se puede pretender que por irse uno 10 minutos tardes,quieran actuar contra el, cuando todos sabemos que la mayoria de los cuarteles del sur, abren solo de 9 a 14, estando el resto del día cerrado y sin ningun tipo de protección
Porque no se actua con igual decisión contra esa clase de Guardias y otras escalas que tienen encomendadas tareas de oficinas de 06 a 14 y llegan a las 9 0 9,30 y se van antes de las 14,00?
Consejo " Ve a cualquier Asociación, explica el problema y ppor regla general te haran pagar la cuota del año, pero tendra cobertura juridica.
Re: Ayuda servicio puertas
Que razón teneis, madre mia, los de oficina, tienen de 08 a 15 y vienen a las 9 y se van a las 14:30, y yo que me quedo mas tiempo............ El teniente es el instructor y la notificacion del expediente la propone el sargento y la hace el capitán. Compañerismo??? en mi puesto no se lleva eso, ya te lo digo yo, no lo diré por no hablar por aqui de eso pero vamos. ya está todo en manos de la AUGC, la cual dice que si no queda el servicio desatendido, no pueden hacer nada pero a ver....................gracias