Tienes toda la razón, y de una lectura rápida, muchos, por no decir todos, han entendido que después de cada Servicio diurno tiene que haber un descanso de 11 horas, y la Orden General no pone eso.
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Es increíble, lo fino que se puede hilar, tras cada lectura de los diferentes artículos del nuevo borrador, tras los diferentes comentarios, todos parecéis tener razón, hasta que ninguno la tenéis o tenemos tras lo que entiende otro, esto si es una O.G. de la Guardia Civil, incomprensible, muy maleable, y dispuesta a no ser entendida durante meses hasta que nos demos cuenta de que nos la han podido clav..... Espero que sea corregida y que quede bien definida, como debería ser una autentica O.G. reguladora, antes de su aplicación.
Sin ambigüedades se le quitaría el poder al lápiz......
Ésta mañana he estado leyendo la famosa O.G. y si una cosa me ha quedado clara es que si entra en vigor tal y como está redactada una cosa es clara:
-Se disfrutarán de 48 horas ininterrumpidas de descanso semanal que es claramente menos que con la anterior normativa que especificaba que a las 48 se le podía añadir por delante el descanso del último servicio realizado con un máximo de 8 horas.
-Por lo tanto anteriormente podiamos llegar a tener 10 días ininterrumpidos en periodos de 48+8 horas y si se lleva a cabo la entrada en vigor de la nueva ley siendo optimista serán 8 días en periodos de 48 horas.
Eso es una interpretación de la O.G. que está más que clara. Si alguno no lo ve así que compare los artículos de las dos O.G.
Un saludo y Feliz Navidad.
Yo no entiendo que después de cada servicio diurno tengamos que descansar 11 horas. Lo que entiendo es que si en un periodo de 24 horas haces dos servicios de 8 horas como en un T-M (de 14 a 14) o en un M-N (de 06 a 06) estas haciendo 16 horas en ese periodo de 24, por tanto (24-16=8). En ese periodo de 24 horas descansas 8 horas cosa que ahora se hace porque la OG en vigor dice que tras un servicio debes de tener un número mínimo de horas de descanso igual a la duración del servicio anterior salvo nocturnos.
Ahora lo que dice es que en ese mismo periodo 24 horas debes de tener un descanso mínimo en algún sitio de 11. Por tanto no puedes hacer un doblete o triplete a no ser que alguno de esos servicios tenga tres horas menos. Y a menos que nuestro comandante de puesto sea Monty burns no creo que nos ponga un 01-06 de la mañana que es lo único malo que nos podría poner con la nueva OG en la mano. A partir de ahí jugar como queráis.
Lo que quieren hacer es que el servicio siga siendo como es ahora pero tratando de respetar la famosa directiva europea. Vamos es mi opinión.
En cuanto a lo que dice Dani de las 8 horas antes del descanso artículo 21 . c "De ocho horas consecutivas, después de finalizado el servicio cuando tras dicho descanso comience el disfrute de un descanso semanal, de un periodo de vacaciones o de permiso". Asi que sigue añadiendo las 8 horas.
El 22.3 Al menos uno de cada tres descansos semanales consecutivos coincidirá con un fin de semana, salvo que el interesado solicite su no aplicación. A los efectos de este artículo se considera fin de semana el periodo comprendido en su totalidad por el sábado y el domingo.
En la modalidad de servicio a turnos, podrá establecerse otra frecuencia distinta en los descansos coincidentes con el fin de semana, en función de los ciclos de servicio y descansos que se estipulen. En vez de uno cada cuatro como la orden general actualmente en vigor y especificando como finde el sábado y el domingo entero. Evidentemente puede volver monty y nombrarnos servicio el lunes a las 00:00 horas pero francamente no lo creo.
Sentido común señores. La ley no esta clara pero se ve por donde va. Puestos grandes turnos fijos. Puestos pequeños horarios mas raros como 06-12 23-06, pero respetando descansos y quitando los putos tarde mañana en los que dormimos 5 miseras horas en el mejor de los casos. Es mi opinión....
Alguien me puede decir qué es lo que tendría que hacer un Puesto pequeño con 6 compañeros en total (incluido el Sargento), que tiene que cubrir una cadencia marcada para el núcleo operativo de T/M/N?
Si se puede doblar tarde mañana, o mañana noche. Lo único que excluye el borrador es el triplete, pero los dobletes no, me explico:
Supuesto de tarde-mañana, (periodo de 24 horas fijado de 01 a 01 horas) 11 horas descanso previo que van desde las 03 de la mañana hasta las 14 horas que inicia el Servicio, acabas a las 22, entras a las 06 horas y acabas a las 14 horas, y descansas 11 horas, hasta las 01 de la madrugada del día siguiente.
Supuesto de mañana-noche: (periodo de 24 horas fijado de 14 a 14 horas), 11 horas que hay entre las 19 y las 06 horas, acabas a las 14, entras de 22 a 06 y después descansas 12 horas.
En ningún sitio del borrador, en cuanto a servicios diurnos dice que las 11 horas tengan que ser antes o después del Servicio. Si que lo dice para los nocturnos y para las 8 horas tras un servicio antes de libre, ap o vacaciones.
Tampoco dice el borrador que el periodo de 24 horas en el que se computa el ciclo de descanso y servicio tenga un horario preestablecido, o se adapte al día natural de 0 a 24 horas. Esos ciclos de 24 horas serán variables.
Cuidado con dar por supuesto determinadas cosas.
Si algo tengo claro después de 7 trienios es que aquí se regula todo siempre ambiguamente a drede para que cada jefe o jefecillo pueda putear a sus hombres................
7 trienios, eres un veterano, que ya habrá entrado en los 40 más o menos.
¿A que va a llevar la Orden si aplicamos las 11 horas después de cada Servicio?, a no hacer dobletes.
¿Que pasa si no hay dobletes?
20 Servicios x 8 horas son 160 horas.
Si no hay doblete, para hacer una noche gastamos 2 días naturales.
Si un GC hace de media 5 noches al mes, por ejemplo, eso suponen 40 horas.
40 horas es 1/4 de 160 horas.
Si hacemos las noches sueltas, en total gastamos 10 días para hacer las 5 noches.
10 días es 1/2 de los días que trabaja el GC al mes.
Resumen: 1/4 de las horas en 1/2 mes.
A más noches, más se agrava el problema.
¿Cuadra? NO
Solución: hacer las noches de un tirón, o, como mucho, en 2 tandas.
Ya entrando en cierta edad, como la tuya, meterse 3 o 4 noches seguidas para el cuerpo, lo considero muy duro.
Exacto, eliminar las noches de las cadencias de turno, por lo tanto hacer las noches que te toquen en un mes en 2 tandas como mucho para no perder libres por el saliente. EL que haga 6 noches al mes hace una tanda de 3 y 3 con sus saliente y libres a continuación, después se puede implementar una cadencia de turnos a base de mañanas y tardes.
El tema es si yo hago mi grupo de noches a principios de mes y por necesidad del servicio me colocan una a finales, ya empiezo a tener una perdida de libres.
Otra cosa que me parece "graciosa" es lo de que el que haga 70 servicios nocturnos tendrá la consideración del "trabajador nocturno" y tendrá derecho a un reconocimiento medico, menuda soplapoyez, esto ya te lo puedes hacer cuando te venga en gana con Asisa/adeslas, ese es el "gran privilegio" no sea que alguno que este entrado en años le de un infarto de tanto tragar. Creo que merecería algún reconocimiento mas ya que el trabajador a turnos es el que no concilia su vida familiar como dios manda como si hace el que trabaja de L-V de mañana, hablo de menos jornada mensual/trimestral, o mas días de asuntos propios, ya que el que va a turnos tiene que gastar sus AP en sábado o domingo como no hace el de L-V.