Iniciado por
heineken
Ese festivo que te coincida estando de permiso de Semana Santa o Navidad, te genera un día deducible para el siguiente cuadrante.
Ese día deducible, no lo podemos elegir nosotros. Lo único que la nueva OG dice al respecto, es que el encargado del cuadrante, debe ponerlo cuanto antes (pero en el mes que toca).
Otra forma sería hacerlo como hasta ahora y se te restaría de las horas a realizar en mayo (150h - 7.5h=142.5h en cuatro semanas).
Os pego aquí el extracto de la OG donde habla de esto y especifica que ese festivo nos lo deben dar al mes siguiente. Tened en cuenta que hasta ahora, ni al mes siguiente ni nada; directamente lo perdíamos.
2. Cuando alguno de los días festivos que generan los descansos establecidos en
el apartado anterior [en el apartado anterior habla de los 14 festivos anuales que tenemos]
coincida con el disfrute de los permisos correspondientes a los
periodos de Semana Santa y Navidad, se mantendrá el derecho a dicho descanso, con
independencia de la situación de disponibilidad para el servicio, que se hará efectivo
durante el mes siguiente a la finalización de las situaciones de disfrute mencionadas. Esta
circunstancia tampoco será de aplicación al personal incluido en el régimen específico de
prestación del servicio.
Un saludo.