Estoy en Sevilla y mi unidad está en Cataluña,tenia el vuelo el día 17 de vuelta,estoy un poco acojonado por si cierran aeropuertos,ya que tengo el coche allí y no se cómo podría volver¿alguno en la misma situación?
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Estoy en Sevilla y mi unidad está en Cataluña,tenia el vuelo el día 17 de vuelta,estoy un poco acojonado por si cierran aeropuertos,ya que tengo el coche allí y no se cómo podría volver¿alguno en la misma situación?
Ojo!!! Desde el lunes a las 8 de la mañana.
Hace menos de 1 semana el Gobierno arengaba a salir a la calle, hoy estamos en Estado de alarma. Todos los Ministerios han estado dormidos hasta ahora y a las DG de GC y CNP nos pilla en bragas (hasta ahora) improvisando...ya llegará el momento que la sociedad civil le pida cuentas al Gobierno, y nuestras asociaciones protesten por esta dejadez al alto nivel...
Ahora es momento de aportar todo lo máximo posible, sobretodo a partir de hoy con las instrucciones que nos den y pensar que no estamos en una situación normal.
En caso de encontrar gente que incumpla las medidas, a que ley se puede denunciar??? He mirado el art 10 de la L.O. 4/81 y dice que se sancionara conforme a las leyes
Al parecer si habrá transporte público pero limitado, veremos si se concreta...
Eso mismo me estaba preguntando yo.... Dice la LO 4/81 en su artículo 10
Artículo diez.
Uno. El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la Autoridad competente en el estado de alarma será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes.
Como dice Alextororo, quiero entender que la más básica y común será la de sancionar por desobediencia a la LO 4/2015. Supongo que se debería redactar que todo se hace en concordancia con el Real Decreto por el que se establece el Estado de Alarma, haciendo mención al artículo 20 (régimen sancionador), y posteriormente otra referencia a la LO 4/81 en su artículo 10.
Opiniones? (pepinillo inside)