A 6,5h los días sueltos y 32,5 horas presenciales las semanas enteras.
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A 6,5h los días sueltos y 32,5 horas presenciales las semanas enteras.
Cual es el máximo de horas de exceso que se paga a 12 Euros en computo mensual a los que tenemos una jornada de 37,5 horas??? Alguien sabría contestarme eso? esque en mi puesto no se aclara ni el comandante de puesto.
Según tengo entendido depende del número de semanas del mes. En meses de 4 semanas te puedes pasar 10 horas y con 5 semanas 12,5. Lo que pasa es que la fórmula te pone un tope en función de los días deducibles que afectan directamente a la fórmula CREX=HE-HE40
Lo que dice la O.G es que si la sucesión es inferior a un mes, el sustituto seguirá en su jornada de trabajo de 37,5, de las que al menos 32,5 serán presenciales y 5 de disponibilidad, yo me he quedado una semana entera y he echo 33 horas y 4,5 de disponibilidad, que ademas no se graban en ningún sitio, según SIGO de mi Comandancia, esta bien echo.-
Entonces grabas un servicio de 08:00 a 14:30 y la hora de disponibilidad no se graba en ningún sitio?
Exacto, la disponibildad no se graba. Yo si estoy una semana entera (o varias) hago 8h por servicio y así todas las horas de disponibilidad las "acumulo" y tengo un día sin servicio presencial, y eso que me llevo.