Desaparece la teresiana
Versión para imprimir
Desaparece la teresiana
-Guardia Civil, los integrantes de dicho Cuerpo no podrán asistir a manifestaciones o reuniones vistiendo el uniforme reglamentario, ni portando armas. Tampoco podrán utilizarse prendas que hayan formado parte del uniforme de la Guardia Civil, ni las que claramente se identifiquen, por su singularidad o significación.
-No se podrá acudir vistiendo el uniforme, salvo en acto de servicio, a lugares y establecimientos incompatibles con la condición de Guardia Civil.
¿Cuales son los lugares y establecimientos incompatibles? Un puticlub, un bar, una iglesia.
Habiéndolo leído un poco por encima, vamos que en las bodas, a pedir autorización...y ¿el uniforme de campaña en que lugar lo deja?
PD: La teresiana es el gorro de cuartel, si no ya me dirás con que se pone el resto
Cuales son lugares incompatibles?????
Supongo que reiteran ciertos aspectos para ver si de una vez por todas nos ponemos las pilas y de paso las prendas reglamentarias, que luego bien que nos gusta no salir haciendo el ridículo en las TVs, que nosotros mismos somos los que criticamos y decimos que parecemos el ejército de Pancho Villa.
Una duda y la orden general de uniformidad? Queda derogada? Es que hay ciertas discrepancias entre una y la otra.
3. Salvo que razones de seguridad u otras debidamente apreciadas lo impidan, para el personal señalado en los apartados anteriores será obligatorio el uso del uniforme que corresponda con ocasión de su asistencia o participación en alguno de los siguientes
actos o actividades:
a) Actos institucionales, de carácter público y oficial, a los que se acuda en representación del Cuerpo de la Guardia Civil.
b) Presentaciones y despedidas oficiales.
c) Reuniones de servicio oficiales a las que sean convocados por su cargo, función o condición.
d) Reuniones del pleno, comisiones o grupos de trabajo del Consejo de la Guardia Civil.
e) Conferencias, seminarios o actos similares, y la presencia o comparecencia ante los medios de comunicación, cuando se asista o participe en representación del Cuerpo de la Guardia Civil, salvo que se disponga lo contrario.
f) En las demás comisiones de servicio cuando así se haga constar en el nombramiento correspondiente.
g) En aquellos otros actos o actividades del servicio en que expresamente así se ordene.
4. La utilización del uniforme en las situaciones no contempladas en los apartados anteriores requerirá la previa solicitud y la autorización correspondiente, de acuerdo con las condiciones que más adelante se establecen.
Entonces para bodas y para la procesión del pueblo... a escribir.
¿según esto se puede utilizar en traje de campaña? ¿Y por qué no se o dan a los de nuevo ingreso?
Viva la Guardia Civil, a ver cuando nos dan el famoso jersey y anorak bicolor. Para sacar O.G. van muy listos.
Y la boina azul de la UHEL?
Que es el gorro de cuartel????? la teresiana???
Que pasa entonces con carnavales?? podrá la gente disfrazarse de picoleto?
3. El uniforme de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil o de cualquiera de
sus prendas singulares o significadas será de utilización exclusiva y única por los
integrantes del mismo y por el personal retirado, en las situaciones y condiciones aquí
reguladas; quedando prohibido su uso público en las demás circunstancias así como por
personas ajenas al Instituto armado, salvo que, expresamente se autorice, previa solicitud,
por razones de interés profesional, social o cultural.
Red-Cap, el gorro de cuartel es el que llaman "gorro cuartelero" (perdón por el perogrullo, no es sarcasmo ni nada), o más coloquial-zafiamente (entiéndaseme) "chocho", es la gorrita alargada con la borla y todo que cuelga en la frente. La "Teresiana" pasó a mejor vida, de forma que con la uniformidad "vieja" solo cabe usar la gorra, aunque personalmente entiendo sobradamente a aquellos que usan la vieja (por estar en oficina o el motivo que narices sea) y la usan. Vamos, yo lo haría (la gorra del McDonalds es para quemarla viva...).
Pero el gorrito cuartelero ese hace tiempo que no lo dan ya, imagino que se usará o la Teresiana o la gorra (ya que la Teresiana murió, al igual que el jersey de parches, el jersey de cuello de cisne, la chaquetilla...).
Saludos!.
Esto es el gorro cuartel, con la entrada en vigor de la nueva uniformidad se lo han dado al personal que trabaja en labores burocráticas en Comandancias y similar, solo se puede utilizar en el interior de acuartelamientos
Cabos y guardias
http://www.bazarelolivo.com/img/p/25554-3142-large.jpg
Suboficiales
http://www.bazarelolivo.com/img/p/25550-3143-large.jpg
Oficiales
http://www.bazarelolivo.com/img/p/25551-3144-large.jpg
Oficiales Generales
http://www.bazarelolivo.com/img/p/25553-3145-large.jpg
Siempre me gustó el "chapiri", más que la teresiana, aunque sea para dentro del cuartel...
Que cosa mas fea el gorro de cuartel, con la borlita esa parece las cuerdas de una cortina de los años 80. Lo mismo podian hacer con las cuerdecitas de la boina......hacerlas desaparecer.
Yo tengo uno de esos gorros cuarteleros (me lo dieron hace muchos años al quedarme de Comandante de Puesto) y me parece cómodo.-
A mi me gusta el chocho.
Me refiero al gorro.
Y e bastante cómodo y da bastante imagen.
Las bodas quedan incluidas en el apartado 1 ó en el 2, no recuerdo cual de los dos... De memoria, y según recuerdo al haberla leído, no es necesaria autorización en actos solemnes y de especial relevancia (apartado 1 ó 2). No deja de ser nuestro uniforme, y como tal tenemos derecho a usarlo en dichos actos. De hecho, aunque de algún modo ha caído en desuso, era habitual vestirlo en actos sociales. O dicho de otro modo, lo que ahora es casi una excepción (casarse de uniforme, por ejemplo), antaño era lo habitual. La excepción era casarse, o acudir a actos similares de paisano.
Creo que esta norma va más dirigida a regular el uso del uniforme en manifestaciones, entrevistas televisadas, etc.
Un saludo
Las tengo quitadas........
Perdonarme, pero creo que estáis poniendo el foco donde no se debe. Yo creo que en esta Orden Interna hay varias cosas que nos repercute mucho mas.
Lo primero. El Artículo 7.3 dice:
En este artículo veo una chapuza enorme, y un problema para asociaciones.Cita:
Artículo 7. Prohibiciones y limitaciones en el uso del uniforme o de sus prendas
3. El uniforme de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil o de cualquiera de sus prendas singulares o significadas será de utilización exclusiva y única por los integrantes del mismo y por el personal retirado, en las situaciones y condiciones aquí reguladas; quedando prohibido su uso público en las demás circunstancias así como por personas ajenas al Instituto armado, salvo que, expresamente se autorice, previa solicitud, por razones de interés profesional, social o cultural.
Primero la chapuza. Una orden interna sólo nos afecta a nosotros. No hay ley que diga que no se pueda hacer uso de prendas sueltas de la guardia civil si son significativas. Me explico con una pregunta ¿quien no ha visto de servicio a gente vistiendo alguna parte de un uniforme, el que sea, estando de caza? ¿o haciendo de albañil? Entonces, ¿quien va a obligar a alguien que no haga uso de esa prenda? ¿yo como guardia civil? Me parece a mi que no. No tengo base legar para ello. Ni esto:
Ni esto:Cita:
Artículo 637, del Código Penal.
El que usare pública e indebidamente uniforme, traje, insignia o condecoración oficiales, o se atribuyere públicamente la cualidad de profesional amparada por un título académico que no posea, será castigado con la pena de localización permanente de dos a 10 días o multa de 10 a 30 días
Y ahora el tema de la jodienda a las asociaciones. A partir de ahora nada de hacer uso de cualquier prenda por parte de las asociaciones en ningún acto asociativo que no sean autorizadas.Cita:
Artículo 402, del Código Penal.
El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
La gente está muy desorientada con este tema, porque llega un momento en que uno no sabe que ponerse y así se da el caso en algún momento en que ves a varios guardias de distinta forma de vestir.
Algo que no entiendo es el caso de que sí uno está con el uniforme de tareas burocráticas y tiene que salir del acuartelamiento, puede hacerlo o debe cambiar de uniforme, porque si tiene que cambiarse, hecha medio día liado con los uniformes.
Lo que se ha publicado es una Orden Ministerial, por tanto no es una norma interna como la Orden General que deroga. No se si te ha confundido lo de Orden INT/77/2014 pero INT se refiere a que es una Orden del Ministerio del Interior, no a Interna.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.1. Esta orden tiene por objeto la regulación del uso general del uniforme reglamentario por parte de los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil, por quienes habiendo pertenecido al mismo hayan cesado en su relación de servicios profesionales y por personas ajenas a la Institución.
Artículo 12. Exigencia de responsabilidades.
La inobservancia de las regulaciones, prohibiciones y limitaciones establecidas en esta orden podrá dar lugar a la exigencia de las responsabilidades penales o disciplinarias que en su caso correspondan, con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal y en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil, respectivamente.
En el código penal no dice nada de hacer uso de prendas sueltas, no así del uniforme completo. Y es mas, en el código penal se prohíbe hacer uso del uniforme y el hacerse pasar por lo que uno no es haciendo uso del uniforme o no. Sigo insistiendo, no voy a ser yo el que valla y le diga a nadie no haga uso de algo que una ley superior no prohíbe que haga. ¿A mi hermano se le va a aplicar el régimen disciplinario de la Guardia Civil cuando no lo es? Me sigue pareciendo una chapuza. En cuanto al resto de la orden... no hay nada, absolutamente nada nuevo. Dice exactamente lo mismo que el reglamento de uniformidad. Si uno sale de la oficina para ir a hacer cualquier trámite al exterior del acuartelamiento no tiene que cambiarse. Se coge el gorro cuartelero y sale perfectamente. Nada de ir a cambiarse ni excentricidades varias ¿o la patrulla de seguridad ciudadana cuando no hay puertas y abre el cuartel para recoger una denuncia se cambia y se viste de diario?
Ok, perfectamente explicado y otra cosa, sabe alguien cuando van a entregar el jersey y anorak bicolor? Porqué se supone que este año, pero nadie sabe nada.