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Ayuda servicio puertas
Buenas, a ver si alguno me podeis ayudar respecto a una falta leve que supuestamente quieren meterme, el caso es por terminar el servicio de puertas a las 06.00, irme a las 06:10 poque uno de los cuatro de patrullas entrante me dijo vete sin problema a dormir que ya viene el otro puertas. Me fuí, a las 06:12 llegó el puertas entrante y por esos dos minutos quieren meterme un abandono del servicio.Lo veis normal?¿ en este puesto nunca ha habido problema por ello, el problema a venido por un chivato que era de los que entraban a las 06:00 fue a hablar con el sargento. Que fuerte nO? Si. Necesito ayuda para recurrir esto, y formatos para ello. tengo 5 dias desde hoy muchas gracias a los que se pueden llamar compañeros. Igualmente me gustaria ver la norma node indique algo de los relevos.
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Re: Ayuda servicio puertas
En esta guardia civil siempre habra chivatos y comepollas, que son los que viven bien en los puestos. Asi fue, es y sera mientras no cambie esto.. tu alega que es falso y punto su palabra contra la tuya . me imagino que el sargento estaria acostado con la mujer del chivato y no estaba presente
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Re: Ayuda servicio puertas
Yo lo que no entiendo, aparte de la historia, es cómo hay gente que todavía no está asociada.
Puedes hacer un recurso con algún formato que te den por aquí. Van a utilizarlo como papel del váter. Tendrás que recurrir y seguramente llegar al contencioso. ¿Piensas hacerlo sin un abogado? Todo eso sin tener en cuenta la pérdida de haberes. No sé de cuántos días será la sanción, pero si hubieras estado asociado no tendrías ningún problema en ese sentido. Tú solo no vas a llegar a ningún lado.
Siento tener que echarte un chorreo en este sentido pero es que, conociendo la Guardia Civil, de verdad que no sé como hay gente sin asociar.
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Re: Ayuda servicio puertas
. . .
De entrada yá estás tardando en acercarte a la asociación más cercana que tengas. . .
Y ojo, que si no quieres asociarte es cuestión tuya... LO QUE TIENES QUE HACER ES CONTRATAR EL ABOGADO DE DICHA ASOCIACIÓN...
Seguro que sabe cómo enfocar la situación que te atañe...
Debido a la premura y falta de tiempo que tienes encima, lo mejor (( yo creo )) es eso... DEJALO EN MANOS DE UN PROFESIONAL...
Luego, más adelante, te puedes ir curtiendo en batallitas y te puedes ir haciendo de instancias, y solicitudes y modelos oficiales para recurrir y solicitar historias que seguro te van a hacer falta en el sitio donde estés destinado...
Lo digo por lo que estás contando... Por lo de los chivatos y demás . . . Xvomit)-
Saludos y que vaya bien la cosa . .
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Re: Ayuda servicio puertas
La historia no la entiendo ¿te quieren echuzar por hacer 12 minutos más de servicio?, eso no existe, para la Guardia Civil como si haces gratis 200 horas. Por otro lado no sé como existen guardias civiles de todos los empleos sin asociarse, por 50 cochinos euros al año (con lo que devuelve Hacienda).-
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="casines" post="788427"]Buenas, a ver si alguno me podeis ayudar respecto a una falta leve que supuestamente quieren meterme, el caso es por terminar el servicio de puertas a las 06.00, irme a las 06:10 poque uno de los cuatro de patrullas entrante me dijo vete sin problema a dormir que ya viene el otro puertas. Me fuí, a las 06:12 llegó el puertas entrante y por esos dos minutos quieren meterme un abandono del servicio.Lo veis normal?¿ en este puesto nunca ha habido problema por ello, el problema a venido por un chivato que era de los que entraban a las 06:00 fue a hablar con el sargento. Que fuerte nO? Si. Necesito ayuda para recurrir esto, y formatos para ello. tengo 5 dias desde hoy muchas gracias a los que se pueden llamar compañeros. Igualmente me gustaria ver la norma node indique algo de los relevos.[/quote]
Nada de que preocuparse la venganza es un plato que siempre se sirve frio ya metera la pata hasta la cintura y ya sabes lo que tendras que hacer
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Re: Ayuda servicio puertas
Si en el informe que hizo el sargento, aparece como que abandonaste tu puesto a las 06:12 horas, no deberían expedientarte, puesto que tu servicio nombrado era de 22:00 a 06:00, pero vamos, lo que te han dicho antes, ponte en manos de un PROFESIONAL de AUGC o quien sea
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Re: Ayuda servicio puertas
Si mi servicio era de 22 a 6 y me fuí 10 minutos despues pero..............estaba de puertas, tengo obligaciób de esperar al relevo?? ese es el caso, y si se queda dormido sin movil, me quedo hasta las 10 de la mañana esperando o que?? :shock:
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="casines" post="788940"]Si mi servicio era de 22 a 6 y me fuí 10 minutos despues pero..............estaba de puertas, tengo obligaciób de esperar al relevo?? ese es el caso, y si se queda dormido sin movil, me quedo hasta las 10 de la mañana esperando o que?? :shock:[/quote]
Sí tienes la obligación de esperar el relevo.
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="Rocinante" post="788961"][quote user="casines" post="788940"]Si mi servicio era de 22 a 6 y me fuí 10 minutos despues pero..............estaba de puertas, tengo obligaciób de esperar al relevo?? ese es el caso, y si se queda dormido sin movil, me quedo hasta las 10 de la mañana esperando o que?? :shock:[/quote]
Sí tienes la obligación de esperar el relevo.[/quote]
Bueno, tecnicamente yo no veo abandono del servicio, puesto que no lquedo abandonado, simplemente habia otros ocupandose de el, ademas ¿y si tu te fuiste cuando "llego" tu relevo a las 06:00 y luego fue él quien lo "abandono"?
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Re: Ayuda servicio puertas
Me imagino que el Sargento querrá meter tres sanciones, una a ti por irte sin que te hicieran el relevo, otra al compañero por llegar tarde y otra al otro compañero por hacerse cargo de tu servicio sin tenerlo nombrado, no?
Si es de otra manera no lo entendería... a no ser que te tenga una manía especial.
Por lo de las alegaciones está claro que no te van a servir de nada en esta primera instancia, pero si te asesoras bien, si que te valdrán para poder recurrir.
Así es como quiere llevar un puesto... me parece estupendo, vaya forma de trabajar, toda la noche currando, te hacen el relevo tarde y encima te quieren enchufar, pues muy bien.
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Re: Ayuda servicio puertas
Por lo que dices no veo por ningún sitio el por qué de que vaya a corregirte.
Otro cantar es el actuar del Guardia que tiene que relevarte, al parecer, no llega a su servicio a la hora que lo tiene nombrado.
Y por último, del mega-perfecto-responsable-recto-super-chuli-heredero-trepa......... del otro Guardia, mejor déjalo por ahora. Este tipo de gente no sabe que cualquier día las cosas, aún haciéndolas bien, se le torcerán. Y ahí estarás tú para ayudarlo a caer.
Saludos.
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Re: Ayuda servicio puertas
Las asociaciones no te suelen cubrir por hechos anteriores a tu alta. Por eso siempre es recomendable estar asociado a una, porque cuando llegan los problemas nos lamentamos. El importe que se paga es una minucia si lo miras bien. Yo mismo, estoy haciendo gratis un curso que a una persona de la calle le vale 150 euros.... ya ves .... las cuotas de dos años compensadas.
En cuanto al caso en particular, yo no alegaría para no darle pistas, jejej. Déjalos que escriban lo que quieran y luego ya recurres la sanción. Sanción que por otro lado es un tanto....de esa manera....no te preocupes.
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Re: Ayuda servicio puertas
Sinceramente, tanto el chivato como el sargento se merecen que les tiren una manta a la cabeza y les apaleen. Y no es por dar ideas.
Que llenanza de subnormales en la empresa, por Dios.
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Re: Ayuda servicio puertas
Al que entraba tambien se lo quieren cargar por llegar tarde pero a los que se quedaron no. La tipificacion de la falta que me han notificado es La incomparecencia a prestar un servicio, la ausencia de él, la desatención o la colocación en la situación de no ser localizado para prestarlo. cosc:-)
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Re: Ayuda servicio puertas
supuestamente el sargento alega que el servicio de puertas es de centinela y permanente, encima que termino tarde, esto
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Re: Ayuda servicio puertas
Donde se regula eso de que es obligatorio esperar el relevo?
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Re: Ayuda servicio puertas
Las guardias de puertas no son centinelas , eso era cuando teniamos caracter militar en las funciones policiales pero eso ya cambio
Recurre poniendo que tu servicio acababa a las 06:00 horas que no se quedo desatendido ya que la patrulla gc civiles tales se quedaron prestandolo
Solicita la testifical de dichos guardias civiles, que declaren que efectivamente atendieron al cuarto de puertas
Pon que incluso esperaste 12 minutos mas (apuntalo en sigo) como prueba de buena fe y que tan solo te fuistes cuando te aseguraste de que estaba atendido por la patrulla (ahi eliminas el dolo de la actuacion)
Lo tienes ganado
Tal vez administrativamente no , tu sargento no se bajara del burro , habra que ver en el recurso de alzada la siguiente autoridad.
Pero el contencioso lo ganas fijo , ahora bien , puede que no te interese ir alli a fin de cuenta lo maximo que te meteran es 4 dias de haberes
Saludos
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Re: Ayuda servicio puertas
Bueno
Si tu sargento comandante de puesto fue el que inicio el expediente lo maximo que te meteran es reprension
Saludos
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="casines" post="788427"]Buenas, a ver si alguno me podeis ayudar respecto a una falta leve que supuestamente quieren meterme, el caso es por terminar el servicio de puertas a las 06.00, irme a las 06:10 poque uno de los cuatro de patrullas entrante me dijo vete sin problema a dormir que ya viene el otro puertas. Me fuí, a las 06:12 llegó el puertas entrante y por esos dos minutos quieren meterme un abandono del servicio.Lo veis normal?¿ en este puesto nunca ha habido problema por ello, el problema a venido por un chivato que era de los que entraban a las 06:00 fue a hablar con el sargento. Que fuerte nO? Si. Necesito ayuda para recurrir esto, y formatos para ello. tengo 5 dias desde hoy muchas gracias a los que se pueden llamar compañeros. Igualmente me gustaria ver la norma node indique algo de los relevos.[/quote]
Efectivamente el problema es por un CHIVATO Compañero al parecer el enemigo lo tiene dentro de tu unidad según la comunicación de tu mensaje. Saludos :trafigc:
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="pofe" post="789370"]Bueno
Si tu sargento comandante de puesto fue el que inicio el expediente lo maximo que te meteran es reprension
Saludos[/quote]
¿Comorl?
Madre mia, compañero, que andas más perdido que un Talibán en una Conferencia de Paz.
El sargento, por meter, no puede meter nada, porque no es Autoridad Disciplinaria.
El sargento, en este caso, es el dador del parte, que eleva a la Autoridad Disciplinaria (Capitán Cía si es falta leve, Jefe de Zona o Director General si es falta grave o muy grave), y posteriormente la Autoridad Disciplinaria designará un Oficial como Instructor del Expediente.
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Re: Ayuda servicio puertas
Estas un poco perdido compañero
Un Sargento comandante de puesto es autoridad sancionadora , lo que pasa es que tiene muy limitada las penas que puede imponer, pero el solito puede iniciar un expediente y no hablo de dar cuenta , hablo de iniciar expediente
Artículo 25. Autoridades y mandos con competencia disciplinaria.
Tienen potestad para sancionar a los miembros de la Guardia Civil:
g) Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar.
4. Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar, a los miembros de la Guardia Civil que estén a sus órdenes, reprensión.
Pues eso , Sargento comandante de puesto inicia el expediente , el cual pasa a un instructor el cual curiosamente solo puede ser un oficial.
Cuando termina el procedimiento el instructor le devuelve el expediente con la propuesta de sancion a la autoridad sancionadora (en este caso el Sargento) el cual solo podra imponer la sancion de REPRENSION
Saludos
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Re: Ayuda servicio puertas
pues yo trabajo en un nucleo haciendo de 14-22 6-14 22-6 y si a falta de 5 minutos para que finalice mi servicio no llega el compañero ya lo estoy llamando por telefono y si hace falta llamo al sargento para informar.
Dinos que puesto es ese para no pedirlo si saliera vacante en el.
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Re: Ayuda servicio puertas
la verdad que me parece increible...despues de toda una noche estás casi un cuarto de hora más y encima te quieren emplumar???? increible ....vamos que yo voy al fin del mundo con eso,aunque sean 4 dias de haberes ,1 ,ninguno o una reprensión...con las injusticias como que no puedo....que asco de gente hay por el mundo la verdad...
lo raro es que el resto de compañeros no hayan linchado a esa sabandija chivata y maligna....
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Re: Ayuda servicio puertas
Hay que ASOCIARSE, de los 60 pavos que pagué a mi Asociación Hacienda me devolvió 46
Saludos
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="pofe" post="789386"]Estas un poco perdido compañero
Un Sargento comandante de puesto es autoridad sancionadora , lo que pasa es que tiene muy limitada las penas que puede imponer, pero el solito puede iniciar un expediente y no hablo de dar cuenta , hablo de iniciar expediente
Artículo 25. Autoridades y mandos con competencia disciplinaria.
Tienen potestad para sancionar a los miembros de la Guardia Civil:
g) Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar.
Artículo 30
4. Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar, a los miembros de la Guardia Civil que estén a sus órdenes, reprensión.
Pues eso , Sargento comandante de puesto inicia el expediente , el cual pasa a un instructor el cual curiosamente solo puede ser un oficial.
Cuando termina el procedimiento el instructor le devuelve el expediente con la propuesta de sancion a la autoridad sancionadora (en este caso el Sargento) el cual solo podra imponer la sancion de REPRENSION
Saludos[/quote]
Cierto, eso es el literal de la Ley, que se contradice a si misma más adelante:
Artículo 50. Inicio y tramitación
2. El acuerdo de inicio deberá incorporar la designación del instructor e indicar expresamente los derechos que asisten al interesado, incluida la recusación de quien instruya el procedimiento, advirtiéndole de que, si no formula oposición o no propone la práctica de prueba, podrá resolverse el expediente sin más trámite.
3. Cuando el inicio del procedimiento lo hubiera dispuesto alguna de las autoridades citadas en los artículos 28, 29 ó 30 de esta Ley, se encomendará su instrucción, en la misma resolución, a un subordinado siempre que tenga, al menos, el empleo de Oficial.
Obviamente, ningún Suboficial tiene como subordinado a un Oficial, con lo cual se ve claramente que como mínimo, en la falta leve la Autoridad será siempre un Capitán, salvo en los Puestos Prales. que sean de Teniente, siempre que haya un Alférez destinado con él.
La cuestión es que esta Ley se diseñó para que la acción disciplinaria se centrase en las Comandancias, pero al final se acabó delegando, y mal, cometiendo errores de bulto como el dar a los Suboficiales capacidad de sancionar cuando en realidad se la quitan después.
Nunca te acostarás sin saber una cosa más.
El año pasado hice el curso de Instructor de Procedimientos Disciplinarios, y en lo que coincidían todos los ponentes, que eran Jurídicos del Ejército, es en la malísima redacción de la Ley Disciplinaria.
Saludos.
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Re: Ayuda servicio puertas
Menudos impresentables hay en tu Puesto. Qué asco.
En mi Puesto tenemos la "norma" de relevar Puertas diez o quince minutos antes. Si cinco minutos antes no ha llegado, pues se le llama y la patrulla o el de oficinas cubre el tiempo hasta que llega. El saliente se va a su casa a descansar.
Sólo una vez quisieron corregirnos a 5 por cubrir a un relevo que llegó sobre las 9. No había forma de localizarlo hasta que se consiguió. Se había dormido. Le metieron una reprensión y a nosotros nos amenazaron pero lo entendieron y no nos metieron nada.
Falta de compañerismo por parte de mando y compañeros. Una pena.
un saludo.
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Re: Ayuda servicio puertas
Según como lo veo y como lo has planteado tienen que sancionar a los tres implicados; a tí por no efectuar el relevo como es debido, al compañero entrante por llegar tarde y al compi que con buena fe se hace cargo del servicio.
Si no existe propuesta de sanción a los tres, se produce un agravio comparativo, es decir, que existe algo personal o alguna redecilla contra tu persona creo que puedes entrar por ahí.
Yo informaria a los compis implicados que se va efectuar un recurso por el agravio comparativo y que dicha sanción es algo personal, solicitando sancion o no sancion a todos los implicados y que ellos le den las gracias al pelota de turno, de manera que dicho personaje no se salga de rositas y que seguramente no volverá hacer dicha accion in reprobable.
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Re: Ayuda servicio puertas
Como se puede hablar de abandono de servicio,cuando todo el mundo sabe que el mal llamado servicio de Puertas, es un servicio de Atención al Ciudadano., por lo que el mismo no debe ser de Armas.
Como se puede pretender actuar disciplinariamente contra una persona por el mero hecho de que el compañero que tenia que relevarle ha llegado tarde y ha sido relevado por la Patrulla de servicio, miestra venia el entrante. ¿ ha estado descubierto el servicio?
Como se puede pretender que por irse uno 10 minutos tardes,quieran actuar contra el, cuando todos sabemos que la mayoria de los cuarteles del sur, abren solo de 9 a 14, estando el resto del día cerrado y sin ningun tipo de protección
Porque no se actua con igual decisión contra esa clase de Guardias y otras escalas que tienen encomendadas tareas de oficinas de 06 a 14 y llegan a las 9 0 9,30 y se van antes de las 14,00?
Consejo " Ve a cualquier Asociación, explica el problema y ppor regla general te haran pagar la cuota del año, pero tendra cobertura juridica.
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Re: Ayuda servicio puertas
Que razón teneis, madre mia, los de oficina, tienen de 08 a 15 y vienen a las 9 y se van a las 14:30, y yo que me quedo mas tiempo............ El teniente es el instructor y la notificacion del expediente la propone el sargento y la hace el capitán. Compañerismo??? en mi puesto no se lleva eso, ya te lo digo yo, no lo diré por no hablar por aqui de eso pero vamos. ya está todo en manos de la AUGC, la cual dice que si no queda el servicio desatendido, no pueden hacer nada pero a ver....................gracias
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Re: Ayuda servicio puertas
que te metan un huevo por llegar tarde vale, que te lo metan por quedarte dormido estupendo, pero que te lo metan por irte de tu trabajo 10 minutos tarde, habiendo sido relevado por un compañero y después de toda una noche trabajando... es increíble, yo nunca lo he visto, vamos que en todos los sitios en los que he estado hemos hecho relevos, no solo tarde, sino minutos antes y nadie lo ha visto como algo anormal.
Y te lo dice uno al que se los han metido de todos los colores.
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Re: Ayuda servicio puertas
pues si, es penoso. Yo estaba acostumbrada a hacer relevos a menos 10 pero aqui, todos a en punto y yyyyyyyyyyyy. y encima los mismos siempre dormidos, y mira
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Re: Ayuda servicio puertas
Si hubiera ocurrido esto que es lo habitual lo entendería: Que te fueras cuando llegaron las patrullas entrantes, eso es antes de las 06,00 h y una de esas patrullas se tuvo que quedar hasta que llegó el de Puertas, a las 06,12 h.
Según lo cuentas es muy extraño, mas hoy cuando sobre el RDGC se mira para otro lado en casi todo.
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="foxdemox" post="789412"][quote user="pofe" post="789386"]Estas un poco perdido compañero
Un Sargento comandante de puesto es autoridad sancionadora , lo que pasa es que tiene muy limitada las penas que puede imponer, pero el solito puede iniciar un expediente y no hablo de dar cuenta , hablo de iniciar expediente
Artículo 25. Autoridades y mandos con competencia disciplinaria.
Tienen potestad para sancionar a los miembros de la Guardia Civil:
g) Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar.
Artículo 30
4. Los Suboficiales Comandantes de Puesto, Jefes de Destacamento de Tráfico, Grupo de Investigación o Unidad de categoría similar, a los miembros de la Guardia Civil que estén a sus órdenes, reprensión.
Pues eso , Sargento comandante de puesto inicia el expediente , el cual pasa a un instructor el cual curiosamente solo puede ser un oficial.
Cuando termina el procedimiento el instructor le devuelve el expediente con la propuesta de sancion a la autoridad sancionadora (en este caso el Sargento) el cual solo podra imponer la sancion de REPRENSION
Saludos[/quote]
Cierto, eso es el literal de la Ley, que se contradice a si misma más adelante:
Artículo 50. Inicio y tramitación
2. El acuerdo de inicio deberá incorporar la designación del instructor e indicar expresamente los derechos que asisten al interesado, incluida la recusación de quien instruya el procedimiento, advirtiéndole de que, si no formula oposición o no propone la práctica de prueba, podrá resolverse el expediente sin más trámite.
3. Cuando el inicio del procedimiento lo hubiera dispuesto alguna de las autoridades citadas en los artículos 28, 29 ó 30 de esta Ley, se encomendará su instrucción, en la misma resolución, a un subordinado siempre que tenga, al menos, el empleo de Oficial.
Obviamente, ningún Suboficial tiene como subordinado a un Oficial, con lo cual se ve claramente que como mínimo, en la falta leve la Autoridad será siempre un Capitán, salvo en los Puestos Prales. que sean de Teniente, siempre que haya un Alférez destinado con él.
La cuestión es que esta Ley se diseñó para que la acción disciplinaria se centrase en las Comandancias, pero al final se acabó delegando, y mal, cometiendo errores de bulto como el dar a los Suboficiales capacidad de sancionar cuando en realidad se la quitan después.
Nunca te acostarás sin saber una cosa más.
El año pasado hice el curso de Instructor de Procedimientos Disciplinarios, y en lo que coincidían todos los ponentes, que eran Jurídicos del Ejército, es en la malísima redacción de la Ley Disciplinaria.
Saludos.[/quote]
Ah!
Pues como estaba redactada siempre entendi eso y siempre nos parecia curioso que fueran siempre los oficiales los que se encargaban de instruir cuando un sargento era autoridad disciplinaria
Retractome entonces :rever:
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="pofe" post="790122"][
Ah!
Pues como estaba redactada siempre entendi eso y siempre nos parecia curioso que fueran siempre los oficiales los que se encargaban de instruir cuando un sargento era autoridad disciplinaria
Retractome entonces :rever:[/quote]
Si aprendiste algo, entonces el post ya fue de utilidad.
Obviamente, es un error garrafal por parte de los redactores de la Ley, menos mal que para eso hay una pila de lumbreras, y luego se revisa por si hay errores antes de aprobarla, y encima que es una Ley Orgánica, que si no...
Un saludo.
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="endeavour" post="789463"]Menudos impresentables hay en tu Puesto. Qué asco.
En mi Puesto tenemos la "norma" de relevar Puertas diez o quince minutos antes. Si cinco minutos antes no ha llegado, pues se le llama y la patrulla o el de oficinas cubre el tiempo hasta que llega. El saliente se va a su casa a descansar.
Sólo una vez quisieron corregirnos a 5 por cubrir a un relevo que llegó sobre las 9. No había forma de localizarlo hasta que se consiguió. Se había dormido. Le metieron una reprensión y a nosotros nos amenazaron pero lo entendieron y no nos metieron nada.
Falta de compañerismo por parte de mando y compañeros. Una pena.
un saludo.[/quote]
No te quejes de jefes, que mis ojos han visto meter un día de haberes por llegar tarde al servicio con justificantes medicos, hasta del medico de la comandancia.
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Re: Ayuda servicio puertas
Cuanta tonteria de verdad, que ganas que tiene el suboficial de crugir por crugir, coño que son dos minutos y habian compañeros. De todas maneras el chivato de turno manda huevs a ese nia hablarle. Tenemos que cubrirnos entre nosotros si no vaya tela.
Ahora saldra el tipico diciendo que la culpa de esto lo tiene el caracter miliko, jeje.
Saludos.
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Re: Ayuda servicio puertas
[quote user="foxdemox" post="790155"][quote user="pofe" post="790122"][
Ah!
Pues como estaba redactada siempre entendi eso y siempre nos parecia curioso que fueran siempre los oficiales los que se encargaban de instruir cuando un sargento era autoridad disciplinaria
Retractome entonces :rever:[/quote]
Si aprendiste algo, entonces el post ya fue de utilidad.
Obviamente, es un error garrafal por parte de los redactores de la Ley, menos mal que para eso hay una pila de lumbreras, y luego se revisa por si hay errores antes de aprobarla, y encima que es una Ley Orgánica, que si no...
Un saludo.[/quote]
No es el único que ha aprendido algo :salu:
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Re: Ayuda servicio puertas
Compañero te voy a dar mi opinión partiendo de la base de q me parece una putada....
Lo primero, puede que me equivoque pero si el puesto hace puertas 24 horas creo que no se puede abandonar si finalizado tu turno no se te ha efectuado relevo, ya tarde 10 minutos el siguiente o no se presente.... Si pasado un tiempo prudencial no llegara y no fuera posible su localizacion, lo suyo es dar parte al comandante de puesto para que solucione esta situación que en este caso seria nombrando servicio a quien correspondiera.
Luego esta el que un compañero con otro servicio de distinta naturaleza se ofrezca para quedarse el en espera del relevo pero aunque oficiosamente se haga no es correcto, pongamos que el compañero no llega a presentarse....... Que el otro tiene que salir por una llamada del COS...... Ves?
Luego llega tu compañero el de los 12 minutos tarde, sus motivos tendría ( o no ) pero lo suyo es ponerse en el lugar de quien lleva 8 horas luchando por no dormirse y llegar cuanto menos 5 minutos antes, esto ya va en la persona, los hay que llegan 20 minutos antes y los hay ...... Desde luego si a ti te corrigen este correrá tu misma suerte.
Y titulo aparte el "compañero" que da parte de esa situación que realmente no ha trascendido, no ha ocasionado perjuicio al servicio y no ha generado ninguna situación de riesgo para nada ni nadie, el problema lo tienes realmente con este.
Desconozco tu situación en el puesto, lo bien o mal mirado que estés, lo compañero que seas, el concepto que tengan de ti compañeros y jefes, el ambiente que tengáis......
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Re: Ayuda servicio puertas
Lo que ha hecho el sgto es poner un petardo en una mierda, como el oficial quiera, te salpica a ti, al que llegó tarde, al que te hizo el favor y al chivato. Todas esas faltas se pueden deducir facilmente de las declaraciones.