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¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
¿Alguien sabe como funcionan las nuevas sustituciones de mando, con el nuevo aplicativo que está vigente desde septiembre?.
Imaginemos que me quedo de sustituto, tengo mi servicio normal nombrado de 06 a 14 y cuando lo termino, me llaman nuevamente a las 17:00 horas para terminar después a las 19:00 horas.
Luego me voy a casa, surge otro problema y me vuelven a llamar a las 23:00 horas y termino a las 05:00 horas ya del día siguiente.
La pregunta es la siguiente:
Los servicios se grabarían en tres partes. Es decir:
De 06/14 por un lado, de 17/19 por otro y de 23/05 por otro. ¿O tan solo me tendría que poner el de 06/14?. Alguien que lo sepa y que lo explique.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
NEGATIVO, tu sargento pongamos que libra sábado y domingo, y esos días (es mi caso este finde) tu tienes servicio, pues a ti te cuentan 4 horas festivas por cada día de sustitución de mando, osea 2 puntos de ISFN cada día, y luego aparte te cuentan las 8 horas festivas hechas el sábado y las 8 horas hechas el domingo, en total cobras 12 puntos de ISFN (24 festivas), lo que tu cuentas, es algo muy enrevesado, que si me llaman, que si tengo que bajar otra vez, mira, yo de sustitución del mando y de comandante de puesto acctal, salvo que tenga servicio nombrado o pase algo gordo (una vez en dos años) no voy para nada al Puesto, que todo el mundo ya sabe instruir, saludos!!
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
A mi me parece que de enrevesado nada,eso es más que habitual en muchos puestos de España....ese es el problema que cada comandancia es un mundo y cada Cia otro universo
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="Klibert" post="847702"]¿Alguien sabe como funcionan las nuevas sustituciones de mando, con el nuevo aplicativo que está vigente desde septiembre?.
Imaginemos que me quedo de sustituto, tengo mi servicio normal nombrado de 06 a 14 y cuando lo termino, me llaman nuevamente a las 17:00 horas para terminar después a las 19:00 horas.
Luego me voy a casa, surge otro problema y me vuelven a llamar a las 23:00 horas y termino a las 05:00 horas ya del día siguiente.
La pregunta es la siguiente:
Los servicios se grabarían en tres partes. Es decir:
De 06/14 por un lado, de 17/19 por otro y de 23/05 por otro. ¿O tan solo me tendría que poner el de 06/14?. Alguien que lo sepa y que lo explique.[/quote]
Efectivamente, sigues acogido al regimen de horario con lo cual te debes grabar las horas que realices. se gratifica esa disponibilidad para hacerse cargo de posibles incidencias mediante tres puntos en el isfn, que es independiente de las horas que realices. El problema es que cuando surjan incidencias como el en caso que has expuesto, las horas no previstas que realices hay que quitartelas de algun sitio, con el consiguiente reajuste de tus horas en el cuadrante saludos
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="ermasca" post="847759"][quote user="Klibert" post="847702"]¿Alguien sabe como funcionan las nuevas sustituciones de mando, con el nuevo aplicativo que está vigente desde septiembre?.
Imaginemos que me quedo de sustituto, tengo mi servicio normal nombrado de 06 a 14 y cuando lo termino, me llaman nuevamente a las 17:00 horas para terminar después a las 19:00 horas.
Luego me voy a casa, surge otro problema y me vuelven a llamar a las 23:00 horas y termino a las 05:00 horas ya del día siguiente.
La pregunta es la siguiente:
Los servicios se grabarían en tres partes. Es decir:
De 06/14 por un lado, de 17/19 por otro y de 23/05 por otro. ¿O tan solo me tendría que poner el de 06/14?. Alguien que lo sepa y que lo explique.[/quote]
Efectivamente, sigues acogido al regimen de horario con lo cual te debes grabar las horas que realices. se gratifica esa disponibilidad para hacerse cargo de posibles incidencias mediante tres puntos en el isfn, que es independiente de las horas que realices. El problema es que cuando surjan incidencias como el en caso que has expuesto, las horas no previstas que realices hay que quitartelas de algun sitio, con el consiguiente reajuste de tus horas en el cuadrante saludos[/quote]
No, no has dado no una, la sustitución del mando no debe confundirse con quedarse de comandante de puesto acctal, son diferentes cosas, una se paga con 2 puntos de isfn y la otra con 3 puntos de isfn, si tu estas de sustitución del mando y tienes que ir a una hora dónde no tengas servicio, no debes de ponerte más horas, porque ya te las están pagando al darte los dos puntos de isfn aparte de las horas que tuvieras nombradas en sigo...
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="ermasca" post="847759"][quote user="Klibert" post="847702"]¿Alguien sabe como funcionan las nuevas sustituciones de mando, con el nuevo aplicativo que está vigente desde septiembre?.
Imaginemos que me quedo de sustituto, tengo mi servicio normal nombrado de 06 a 14 y cuando lo termino, me llaman nuevamente a las 17:00 horas para terminar después a las 19:00 horas.
Luego me voy a casa, surge otro problema y me vuelven a llamar a las 23:00 horas y termino a las 05:00 horas ya del día siguiente.
La pregunta es la siguiente:
Los servicios se grabarían en tres partes. Es decir:
De 06/14 por un lado, de 17/19 por otro y de 23/05 por otro. ¿O tan solo me tendría que poner el de 06/14?. Alguien que lo sepa y que lo explique.[/quote]
Efectivamente, sigues acogido al regimen de horario con lo cual te debes grabar las horas que realices. se gratifica esa disponibilidad para hacerse cargo de posibles incidencias mediante tres puntos en el isfn, que es independiente de las horas que realices. El problema es que cuando surjan incidencias como el en caso que has expuesto, las horas no previstas que realices hay que quitartelas de algun sitio, con el consiguiente reajuste de tus horas en el cuadrante saludos[/quote]
No, no has dado no una, la sustitución del mando no debe confundirse con quedarse de comandante de puesto acctal, son diferentes cosas, una se paga con 2 puntos de isfn y la otra con 3 puntos de isfn, si tu estas de sustitución del mando y tienes que ir a una hora dónde no tengas servicio, no debes de ponerte más horas, porque ya te las están pagando al darte los dos puntos de isfn aparte de las horas que tuvieras nombradas en sigo...
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Lo que no queda claro en muchas comandancias por lo que leo, es que el comandante de puesto o su sustituto NO estan para instruir diligencias, estan para coordinar y dirigir los servicios y punto.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="seven19" post="847806"]Lo que no queda claro en muchas comandancias por lo que leo, es que el comandante de puesto o su sustituto NO estan para instruir diligencias, estan para coordinar y dirigir los servicios y punto.[/quote]
Yo tengo entendido que si hay que apuntarse las horas que hagas demás. Si hay alguien que sepa algo con más certeza que lo diga y exponga donde viene regulado.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Más que nada lo digo, porque en las sustituciones de mando sigues estando acogido al Régimen General, por lo que estás sujeto a un horario, por lo que entiendo que si excedes ese horario hay que apuntárselo. Si hay alguien que entienda otra cosa que me corrija.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
A ver, hoy lo he consultado y estaba equivocado, teneis razón, al no estar acogidos al régimen generall, aparte de lo que te paguen como sustituto nos tenemos que apuntar las horas que hagamos, saludos!!
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="seven19" post="848044"]A ver, hoy lo he consultado y estaba equivocado, teneis razón, al no estar acogidos al régimen generall, aparte de lo que te paguen como sustituto nos tenemos que apuntar las horas que hagamos, saludos!![/quote]
Creo que estas equivocado y el que te lo ha dicho tambien, vamos a ver si te pagan los tres puntos de ISNF y ademas el servicio que tienes nombrado, ¿porqué te vas a nombrar servicio?.
Entiendo que esos puntos de mas de ISNF te los pagan tengas que acudir a algún sitio o no.
Quiero decir que hay veces que no te llamaran y los cobraras igual a pesar de no haber hecho nada.
De todas formas estas dudas surgen por las comandancias pequeñas que aun siguen permitiendo que tenga que acudir a instruir diligencias el Comandante de puesto, no entiendo el motivo de no dejar que instruyan los guardias.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="seven19" post="847806"]Lo que no queda claro en muchas comandancias por lo que leo, es que el comandante de puesto o su sustituto NO estan para instruir diligencias, estan para coordinar y dirigir los servicios y punto.[/quote]
Que razón tienes, la gente se cree que comandante de Puesto es igual que instructor de diligencias.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Vamos a ver si podemos aclarar algo:
1º.- NORMATIVA; Orden General número 5, dada en Madrid el 27 de julio de 2012. Asunto:
Modificación de la Orden General núm. 10, de 16 de junio de 2006, sobre
regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de
retribución de los sobreesfuerzos realizados por el personal con motivo del
servicio. (BOGC nº 33 de fecha Martes 7 de agosto de 2012, Sección I, Pág. 6816)
2º.- Existen dos Tipos de Puestos en la Guardia Civil:
a) Comandante de Puesto Auxiliar o Jefe de Área de Puesto Principal productividad estructural E17
b) Comandante de Puesto Ordinario productividad estructural E18
3º.- En referencia a Horas de sustitución de Comandante de Puesto, decir Horas de descanso semanal del Comandante de Puesto perceptor de la productividad estructural durante las que el miembro de su Unidad al que por ordenanza le corresponde, sin mediar entrega de mando.
4º.- En relación a los tipos de Puestos (Citados en el punto 2º), decir que los indices que corresponden por Horas de sustitución de Comandante de Puesto son los siguientes:
Puesto Auxiliar o Jefe de Área de Puesto Principal = 1 X 24 horas. (HSE17/24*1)
Puesto Ordinario = 2 X 24 horas (HSE18/24*2)
5º.- Horas computables:
En referencia a las horas que computan al personal que está realizando sustitución por descanso semanal al titular o intrno. del Puesto, decir que le cuentan TODAS, diurnas, nocturnas, festivas, especial significación e incluso las que se presten con ocasión de este cargo -por decirlo de alguna manera-.
Con ello quiero decir que queda resuelta la pregunta formulada por un compy:
Si estás sustituyendo a tu Comte. de Puesto por Descanso Semanal y prestas servicio + aparte te llaman por algún incidente, CUENTAN TODAS, por lo que tendrás que nombrartelas en SIGO, Ejemplo: 6/14 + Hora Aviso Móvil + 23/5...
6º.- DEFINICIONES:
“A los solos efectos de la determinación de indicador de servicios en días festivos y horario nocturno (ISFN), se definen los siguientes conceptos:
- Horas en días de especial significación (HSES)
Las comprendidas entre las quince horas del 24 de diciembre y las seis horas del día 26 de diciembre, así como las comprendidas entre las quince horas del 31 de diciembre y las seis horas del 2 de enero.
- Horas festivas (HSDF)
Con excepción de las de especial significación, las comprendidas entre las quince horas del sábado y las seis del lunes siguiente, así como las veinticuatro horas de los demás días que de acuerdo a lo que se establezca en las correspondientes resoluciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, sean declarados festivos de ámbito nacional, autonómico o local en la población donde esté ubicada la unidad en la que el afectado esté destinado o en la que se encuentre en comisión de servicio.
- Horas nocturnas (HSHN)
Con excepción de las festivas y las de especial significación, las comprendidas entre las veintidós y las seis horas del día siguiente.
- Horas ordinarias
Se consideran como tales, todas aquellas horas de servicio que no sean festivas, nocturnas o de especial significación.Serán consideradas festivas, nocturnas o de especial significación, según corresponda, las horas de servicio que, respectivamente, tengan que realizarse superando el horario de finalización de un servicio, siempre que la mayor parte de las horas de prestación prevista de dicho servicio tuvieran alguna de las consideraciones anteriores.
- Días de sucesión de mando E12 (DME12)
En los períodos inferiores a un mes natural completo, número de días en que un miembro de las escalas de suboficiales o de la de cabos y guardias, desempeña de modo accidental o interino el mando de una unidad cuyo titular es potencial perceptor de la modalidad E12 de productividad estructural.
- Días de sucesión de mando E13 (DME13)
En los períodos inferiores a un mes natural completo, número de días en que un miembro de las escalas de suboficiales o de la de cabos y guardias, desempeña de modo accidental o interino el mando de una unidad cuyo titular es potencial perceptor de la modalidad E13 de productividad estructural.
- Días de sucesión de mando E17 (DME17)
En los períodos inferiores a un mes natural completo, número de días en que un miembro de las escalas de suboficiales o de la de cabos y guardias, desempeña de modo accidental o interino el mando de una unidad cuyo titular es potencial perceptor de la modalidad E17 de productividad estructural.
- Días de sucesión de mando E18 (DME18)
En los períodos inferiores a un mes natural completo, número de días en que un miembro de las escalas de suboficiales o de la de cabos y guardias, desempeña de modo accidental o interino el mando de una unidad cuyo titular es potencial perceptor de la modalidad E17 de productividad estructural.
- Horas de sustitución de Comandante de Puesto Auxiliar o Jefe de Área de Puesto Principal E17 (HSE17)
Horas de descanso semanal del Comandante de Puesto Auxiliar o Jefe de Área de Puesto Principal potencial perceptor de la productividad estructural E17 durante las que el miembro de su Unidad al que por ordenanza le corresponde, sin mediar entrega de mando, se encuentra afectado por lo dispuesto en el artículo primero, apartado 4, de la Orden General 22/1998, de 11 de septiembre, sobre criterios básicos de organización y estructura de los Puestos, según redacción dada por la Orden General 6/2011, de 28 de
julio.
- Horas de sustitución de Comandante de Puesto E18 (HSE18)
Horas de descanso semanal del Comandante de Puesto Ordinario perceptor de la productividad estructural E18 durante las que el miembro de su Unidad al que por ordenanza le corresponde, sin mediar entrega de mando, se encuentra afectado por lo dispuesto en el artículo primero, apartado 4, de la Orden General 22/1998, de 11 de septiembre, sobre criterios básicos de organización y estructura de los Puestos, según
redacción dada por la Orden General 6/2011, de 28 de julio”.
El apartado “Concepto y fórmula de cálculo” al Anexo I de la Orden General núm.10, de 16 de junio de 2006, sobre regulación del sistema de gestión del complemento de productividad y de retribución de los sobreesfuerzos realizados por el personal con motivo del servicio queda redactado de siguiente manera:
“El indicador de servicios en días festivos y horario nocturno (ISFN), es el obtenido a partir del número de horas de servicio prestadas en días de especial significación (HSES), en días festivos (HSDF) y en horario nocturno (HSHN), de los días de sucesión de mando definidos, respectivamente, como DME12, DEM13, DME17 y DME18, más las horas de sustitución definidas como HSE17 y HSE18, todo ello de acuerdo a los conceptos contemplados en el apartado anterior.
Para su cálculo se aplicará la siguiente fórmula:
ISFN = HSES + HSDF*0,5 + HSHN*0,25 + DME13*2 + DME12*1,75 + DME18*3 + DME17*1,75 + HSE18/24*2 + HSE17/24*1
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="calabaza" post="848077"][quote user="seven19" post="848044"]A ver, hoy lo he consultado y estaba equivocado, teneis razón, al no estar acogidos al régimen generall, aparte de lo que te paguen como sustituto nos tenemos que apuntar las horas que hagamos, saludos!![/quote]
Creo que estas equivocado y el que te lo ha dicho tambien, vamos a ver si te pagan los tres puntos de ISNF y ademas el servicio que tienes nombrado, ¿porqué te vas a nombrar servicio?.
Entiendo que esos puntos de mas de ISNF te los pagan tengas que acudir a algún sitio o no.
Quiero decir que hay veces que no te llamaran y los cobraras igual a pesar de no haber hecho nada.
De todas formas estas dudas surgen por las comandancias pequeñas que aun siguen permitiendo que tenga que acudir a instruir diligencias el Comandante de puesto, no entiendo el motivo de no dejar que instruyan los guardias.[/quote]
Bueno creo que el compañero de arriba, con la ley en mano, ha dejado bien claro que si hay que apuntarse las horas de exceso, ya que aunque se sustituya al mando, se sigue estando acogido a régimen general, por tanto todo lo que se salga de tu horario lo tienes que apuntar.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
¿Alguien sabe cuanto se va ha cobrar aproximadamente cuando se realizan sustituciones de mando con la nueva regulación que se ha empezado a aplicar en septiembre?. Se estima que los sustitutos de mando podrían cobrar unos 120 o 150 euros más al mes con la nueva regulación.
¿Sabe alguien que hay de cierto en esto?. ¿Alguien ha hecho el cálculo ya?. ¿Cuanto os da?.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="Klibert" post="848191"]¿Alguien sabe cuanto se va ha cobrar aproximadamente cuando se realizan sustituciones de mando con la nueva regulación que se ha empezado a aplicar en septiembre?. Se estima que los sustitutos de mando podrían cobrar unos 120 o 150 euros más al mes con la nueva regulación.
¿Sabe alguien que hay de cierto en esto?. ¿Alguien ha hecho el cálculo ya?. ¿Cuanto os da?.[/quote]
Hola Compy!!
Creo que te has pasado o tu Jefe de unidad libra mas de la cuenta :shock:
Vamos con un ejemplo para calcular...
10 Días de descanso (Como mucho suelen ser 8 días) X 2 = 20 INSF
20 INSF = 41€ brutos
Ello es contando que cuando el Jefe de Unidad libre, el sustituto sea siempre la misma persona...
Como se puede apreciar es una "porqueria", le pueden dar mucho... :protest:
Ale...Saludos
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="pacosoni" post="848219"][quote user="Klibert" post="848191"]¿Alguien sabe cuanto se va ha cobrar aproximadamente cuando se realizan sustituciones de mando con la nueva regulación que se ha empezado a aplicar en septiembre?. Se estima que los sustitutos de mando podrían cobrar unos 120 o 150 euros más al mes con la nueva regulación.
¿Sabe alguien que hay de cierto en esto?. ¿Alguien ha hecho el cálculo ya?. ¿Cuanto os da?.[/quote]
Hola Compy!!
Creo que te has pasado o tu Jefe de unidad libra mas de la cuenta :shock:
Vamos con un ejemplo para calcular...
10 Días de descanso (Como mucho suelen ser 8 días) X 2 = 20 INSF
20 INSF = 41€ brutos
Ello es contando que cuando el Jefe de Unidad libre, el sustituto sea siempre la misma persona...
Como se puede apreciar es una "porqueria", le pueden dar mucho... :protest:
Ale...Saludos[/quote]
Pero yo tengo entendido que son 3 de INSF, más las horas que hagas demás.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="Klibert" post="848236"][quote user="pacosoni" post="848219"][quote user="Klibert" post="848191"]¿Alguien sabe cuanto se va ha cobrar aproximadamente cuando se realizan sustituciones de mando con la nueva regulación que se ha empezado a aplicar en septiembre?. Se estima que los sustitutos de mando podrían cobrar unos 120 o 150 euros más al mes con la nueva regulación.
¿Sabe alguien que hay de cierto en esto?. ¿Alguien ha hecho el cálculo ya?. ¿Cuanto os da?.[/quote]
Hola Compy!!
Creo que te has pasado o tu Jefe de unidad libra mas de la cuenta :shock:
Vamos con un ejemplo para calcular...
10 Días de descanso (Como mucho suelen ser 8 días) X 2 = 20 INSF
20 INSF = 41€ brutos
Ello es contando que cuando el Jefe de Unidad libre, el sustituto sea siempre la misma persona...
Como se puede apreciar es una "porqueria", le pueden dar mucho... :protest:
Ale...Saludos[/quote]
Pero yo tengo entendido que son 3 de INSF, más las horas que hagas demás.[/quote]
Hola!,
Creo que ya lo he expuesto anteriormente;
- Sustituciones al Jefe Unidad por Descansos Semanales = El INSF es X2 por cada 24 hrs.
- Sustituciones al Jefe Unidad por Permisos, Vacaciones ... = El INSF es X3 por cada día.
Eso en los puestos NO auxiliares...
Saludos
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="pacosoni" post="848219"][quote user="Klibert" post="848191"]¿Alguien sabe cuanto se va ha cobrar aproximadamente cuando se realizan sustituciones de mando con la nueva regulación que se ha empezado a aplicar en septiembre?. Se estima que los sustitutos de mando podrían cobrar unos 120 o 150 euros más al mes con la nueva regulación.
¿Sabe alguien que hay de cierto en esto?. ¿Alguien ha hecho el cálculo ya?. ¿Cuanto os da?.[/quote]
Hola Compy!!
Creo que te has pasado o tu Jefe de unidad libra mas de la cuenta :shock:
Vamos con un ejemplo para calcular...
10 Días de descanso (Como mucho suelen ser 8 días) X 2 = 20 INSF
20 INSF = 41€ brutos
Ello es contando que cuando el Jefe de Unidad libre, el sustituto sea siempre la misma persona...
Como se puede apreciar es una "porqueria", le pueden dar mucho... :protest:
Ale...Saludos[/quote]
Entiendo entonces que por sustitucion por descanso semanal del mando nos corresponde: el INSF de las horas que hagamos con nuestro servicio + 16 ó 20 INSF (segun sus dias de descanso)
Y otra duda que me surge: si la sustitucion es por permiso o vacaciones del mando, entiendo que en ese periodo no estariamos sujetos al regimen general y por tanto el INSF sera de 3 por dia independientemente de las horas que hagamos, ¿no? pero ¿se nos respetaria el INSF conseguido el resto del mes?
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Entiendo entonces que por sustitucion por descanso semanal del mando nos corresponde: el INSF de las horas que hagamos con nuestro servicio + 16 ó 20 INSF (segun sus dias de descanso)
CORRECTO
Y otra duda que me surge: si la sustitucion es por permiso o vacaciones del mando, entiendo que en ese periodo no estariamos sujetos al regimen general y por tanto el INSF sera de 3 por dia independientemente de las horas que hagamos, ¿no? pero ¿se nos respetaria el INSF conseguido el resto del mes?[/quote]
CORRECTO
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
¿Alguien ha pensado que con las actuales tablas para calcular el baremo del ISNF, el que ejerza mando acctal o interino más de 18 días, a partir de ese día 18 la interinidad le va a salir gratis al Cuerpo?
Explicación: 18 días de acctal o interino son 54 ISNF y la tabla contempla un baremo máximo de 56 puntos de ISNF, a partir de ahí todos los puntos de exceso se pagan al mismo precio. Con 19 se ahorran 2 puntos y a partir de 20 ya les salen gratis los 3 puntos de cada dia.
Un saludo.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
... Que multiplicado por 11 dias por 3 puntos/dia y por 4.7 euros/punto que se paga aproximadamente, los sustitutos pueden dejar de cobrar unos 155 Leuros/mes!!!!!!
Otro saludo
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Segun tengo entendido, los puntos de ISFN, que te pases a partir de los 56 puntos, se te acumulan para el mes siguiente, por lo tanto no se dejaria de cobrar nada, sino que te lo abonaran en el mes siguiente.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="lucernario" post="848888"]Segun tengo entendido, los puntos de ISFN, que te pases a partir de los 56 puntos, se te acumulan para el mes siguiente, por lo tanto no se dejaria de cobrar nada, sino que te lo abonaran en el mes siguiente.[/quote]
Perdón Compy!!
NO tengo noticia alguna de que se acumulen para el siguiente mes... :shock:
Podrías documentar o informarnos donde figura este extremo...
Muchas Gracias!!
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Esa información está sacada de la Ofic. Atenc. pero me parece que dependiendo de la persona que este te dicen una cosa u otra.
En mi opinión, creo que debería ser así, porque es lo mas lógico, se sobreentiende que la tabla podría ser ilimitada y la cortaron en 56, lo cual no quiere decir que si haces 70 ISFN, te paguen solo 56. Sería un agravio económico por falta de regulación y daría lugar a instancias para que se abone lo que realmente has trabajado o sustituido.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Es es una putada, a partir del día 19 de mes las haces gratis, que ladrones...
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="lucernario" post="848933"]Esa información está sacada de la Ofic. Atenc. pero me parece que dependiendo de la persona que este te dicen una cosa u otra.
En mi opinión, creo que debería ser así, porque es lo mas lógico, se sobreentiende que la tabla podría ser ilimitada y la cortaron en 56, lo cual no quiere decir que si haces 70 ISFN, te paguen solo 56. Sería un agravio económico por falta de regulación y daría lugar a instancias para que se abone lo que realmente has trabajado o sustituido.[/quote]
Donde acaba la lógica comienza la Guardia Civil.
Un saludo
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Otra cuestión que veo que nadie expone, como la sustitución del mando la contabilizan por horas, mi duda es la siguiente ¿cuando empieza dicha sustitución?.
Ejemplo: Comandante de puesto acaba su servicio a las 6'00 horas de un viernes, sabado libre, domingo libre, lunes oficina a las 9'00.
Empezaría a contar a las 6'00 del viernes, a las 14'00 horas del viernes?(despues de las 8 horas franco de servicio), o a las 00'00 horas del sabado?
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="alf06" post="849652"]Otra cuestión que veo que nadie expone, como la sustitución del mando la contabilizan por horas, mi duda es la siguiente ¿cuando empieza dicha sustitución?.
Ejemplo: Comandante de puesto acaba su servicio a las 6'00 horas de un viernes, sabado libre, domingo libre, lunes oficina a las 9'00.
Empezaría a contar a las 6'00 del viernes, a las 14'00 horas del viernes?(despues de las 8 horas franco de servicio), o a las 00'00 horas del sabado?[/quote]
Vaya por delante que lo expongo es un poco rarito, pero mi zona las instrucciones que se han recibido son que, si sobrepasa de 48 horas el descanso del CP, se pongan como máximo 56 horas por delante del siguiente servicio o por detrás del último (entiéndase de los que presta el CP).
Ejemplo
Dia 1 2 3 4
06/14 DS DS 14/22
La sustitución será O bien desde las 14:00 del día 1 hasta 22:: horas del dia 3
O bien desde las 06:00 horas del día 2 hasta las 14:00 horas del día 4.
La cuestión es que solo se sustituyen 56 horas máximo y esas son las que se pagan.
Un saludo
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Eso creo que no sería justo, por que si por ejemplo la sustitución la hacen dos personas por que el primero que le tocaría sustituirle se va de asuntos propios el mismo día que el cp se va de descanso, como se dividirian esas horas?
Yo creo que la cuestion está ¿ cuando empieza el descanso el cp y cuando lo termina en el caso antes expuesto?
Y otra cuestion ¿donde pone que solo se pagan hasta un maximo de 56 horas de sustitución?
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="alf06" post="849884"]Eso creo que no sería justo, por que si por ejemplo la sustitución la hacen dos personas por que el primero que le tocaría sustituirle se va de asuntos propios el mismo día que el cp se va de descanso, como se dividirian esas horas?
Yo creo que la cuestion está ¿ cuando empieza el descanso el cp y cuando lo termina en el caso antes expuesto?
Y otra cuestión ¿donde pone que solo se pagan hasta un máximo de 56 horas de sustitución?[/quote]
En ningún sitio pone lo de sustituir 56 horas. Esa cantidad es la referencia que tiene la norma para los descansos estándares de la "plebe", esto es, 48h mínimas de descanso+ las horas del último servicio, normalmente 8 horas).
Siguiendo ese criterio, en Sigo se graban ese número exacto de horas, tanto para la sustitución como para descanso del CP teniendo en cuenta que, además lógicamente, tienen que coincidir inexcusablemente su inicio como su final.
Todo ello aunque el CP no tenga servicio realmente durante cuatro días.
En realidad solo se ejerce de sustituto el período de 56 horas grabado en sigo.
La cuestión está en tener claro tanto Cp como sustituto y el resto de compañeros que parte del libre del CP es "realmente" libre y como queda dicho solo hay que recurrir a lo que esté grabado en Sigo.
Tiene, desde mi punto de vista, dos cosas buenas:
1ª Que al pagar por horas no existe problema de cómputo de las mismas.
2ª Que la sustitución es casi la menor posible que se puede hacer, con lo cual se evitan abusos de CPs que quieran eludir sus atribuciones alargando descansos en su beneficio.
En lo referente al tema de como hacer si hay varios compañeros para sustituir, desde mi punto de vista, da lo mismo ya que el nombramiento del que sustituye se tiene que hacer siempre siguiendo el mismo criterio: empleo y antigüedad en el cuerpo de los efectivos en condiciones de prestar servicio.
Espero haber explicado las cosas con un mínimo de claridad.
Un saludo
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Hola Compy pitumanu!!
Estas seguro de que en la sustitución por descanso semanal del Comte de Puesto, se paga por horas???
La verdad es que NO lo tengo muy claro, pero creo que se paga por bloques de 24 hrs.
Alguien podría documentar o aportar luz a esta duda???
Saludos.
- Horas de sustitución de Comandante de Puesto E18 (HSE18)
Horas de descanso semanal del Comandante de Puesto Ordinario perceptor de la productividad estructural E18 durante las que el miembro de su Unidad al que por ordenanza le corresponde, sin mediar entrega de mando, se encuentra afectado por lo dispuesto en el artículo primero, apartado 4, de la Orden General 22/1998, de 11 de septiembre, sobre criterios básicos de organización y estructura de los Puestos, según
redacción dada por la Orden General 6/2011, de 28 de julio”.
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
[quote user="pacosoni" post="850137"]Hola Compy pitumanu!!
Estas seguro de que en la sustitución por descanso semanal del Comte de Puesto, se paga por horas???
La verdad es que NO lo tengo muy claro, pero creo que se paga por bloques de 24 hrs.
Alguien podría documentar o aportar luz a esta duda???
Saludos.
- Horas de sustitución de Comandante de Puesto E18 (HSE18)
Horas de descanso semanal del Comandante de Puesto Ordinario perceptor de la productividad estructural E18 durante las que el miembro de su Unidad al que por ordenanza le corresponde, sin mediar entrega de mando, se encuentra afectado por lo dispuesto en el artículo primero, apartado 4, de la Orden General 22/1998, de 11 de septiembre, sobre criterios básicos de organización y estructura de los Puestos, según
redacción dada por la Orden General 6/2011, de 28 de julio”.[/quote]
Sí porque la fórmula de cálculo del ISNF ha quedado de la siguiente manera:
ISFN = HSES + HSDF*0,5 + HSHN*0,25 + DME13*2 + DME12*1,75 + DME18*3 + DME17*1,75 + HSE18/24*2 + HSE17/24*1
Sería como tu dices si se pagara por días y la formula dijera DSE18*2 en lugar de HSE18/24*2
Está bien pensado porque en realidad no se sustituyen días completos. El problema de todo esto es: 1º que pagan poco y 2º hay un tope de 56 puntos máximo de ISNF y, según se deduce, el que llegue a ese tope lo demás lo da gratis.
UN saludo
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Re: ¿COMO FUNCIONA EL TEMA DE LAS SUSTITUCIONES DE MANDO?.
Sí porque la fórmula de cálculo del ISNF ha quedado de la siguiente manera:
ISFN = HSES + HSDF*0,5 + HSHN*0,25 + DME13*2 + DME12*1,75 + DME18*3 + DME17*1,75 + HSE18/24*2 + HSE17/24*1
Sería como tu dices si se pagara por días y la formula dijera DSE18*2 en lugar de HSE18/24*2
Está bien pensado porque en realidad no se sustituyen días completos. El problema de todo esto es: 1º que pagan poco y 2º hay un tope de 56 puntos máximo de ISNF y, según se deduce, el que llegue a ese tope lo demás lo da gratis.
UN saludo[/quote]
Ok, Compy!!
Tienes toda la razón xbridx:)
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En la sucesión de mando, también cuenta las comisiones de servicio del titulara, por el mando accidental...
un saludo y gracias.
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De sustituto de Cmte. de Puesto apunta todas las horas que realices y luego que te las descuente a fin de mes, que para eso la has realizado. Es lo que hay.
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Siempre que sea por necesidad del servicio, no confundir con me apunto sin necesidad. todo bien justificado claro.
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Pense que tenia claras las cosas en este de las sustituciones tanto de libre como de permisos, pero después de leer tantas cosas me pierdo. Números por aquí y por allá. No dudo que eso de a partir de los 56 puntos de ISNF salgamos gratis al Cuerpo, pero ¿alguien se ha parado a pensar que no es tan fácil llegar a esos dichosos 56 puntos? Hablo en condiciones normales, y no en unidades que se apuntan lo que no han hecho. Nos entendemos verdad. Otra duda que me surge. Pensé que al estar de comandante de puesto accidental el isfn no subía nada puesto que estas trabajando gratis y por lo tanto al no computar hora alguna no sumabas nada de Isfn pero ya no se como es eso.¿ Alguien puede aclarar,o? Gracias
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Sustitución de mando (El sgto de va de vacaciones , AP , baja, urgente) 3 de ISFN y ademas sin horas.
Días libres del SGTO.... NO hay relevo del mando , el Sgto sigue siendo el jefe de la unidad , con todo lo que conlleva (movil ;D) , 2 de isfn y te computan todas las horas que hagas.
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Cita:
Iniciado por
Mocoverde
Sustitución de mando (El sgto de va de vacaciones , AP , baja, urgente) 3 de ISFN y ademas sin horas.
Días libres del SGTO.... NO hay relevo del mando , el Sgto sigue siendo el jefe de la unidad , con todo lo que conlleva (movil ;D) , 2 de isfn y te computan todas las horas que hagas.
* Entendido, pero mí duda específica es si el titular se va de Comisión de Servicio, también cuenta como Mando Accidental, ósea se puede solicitar como Permiso, AP., P. urgente, baja, etc.