Seria duda sobre codigo penal
Hola y buenas tardes:
- Escribo aqui pues,creo queque puede haber gente que me ayude en mi caso.
Estoy pendiente de un juicio contra la seguridad vial,el caso es ( y no me pienso andar con tonterias) tuve un accidente con mi coche bajo las influencias de bebidas (0'27º) alcoholicas,mi idea era presentarme este año,siempre e querido dejar este tema un poco de lado en mi cabeza,ya que , ya tengo suficiente comiendome la cabeza sabiendo que es muy dificil entrar a dia de hoy,como para pensar en mas cosas que me desmotiven,pero ya tengo la cabeza que me va a estallar y...bueno,para verguenza robar,me he decidido y aqui expongo mi problema.
Se que a dia de hoy,pues soy (hasta que salga el juicio) inocente a todos los efectos,mi pregunta es...¿Me puedo presentar saliendo o no el juicio del que se me acusa? en caso de presentarme y aprobar,en periodo de instruccion,¿Seria posible provocar baja?,y ya por ultimo,¿En caso de ser afirmativo y no poder ingresar/provocar baja,cuanto tiempo deberia esperar,a que me prescribiera el delito y asi poderme presentar como cualquier persona normal?
Muchas gracias y espero una ayuda,porque de verdad,lo paso muy mal cada vez que pienso en el tema.
Re: Seria duda sobre codigo penal
Buenas.-
Te contesto.- ¿ Estás inmerso en un supuesto delito por consumo excesivo de alcohol en conducción en carre-/
tera, hay terceras personas perjudicadas, han sufrido lesiones graves, o hay accidente mortal por medio ?
Mi opinión: primero paga con la sociedad y después de como salgas parado en el juicio, preséntate donde
puedas.-
Un saludo.-
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="Jipijapa" post="769896"]Buenas.-
Te contesto.- ¿ Estás inmerso en un supuesto delito por consumo excesivo de alcohol en conducción en carre-/
tera, hay terceras personas perjudicadas, han sufrido lesiones graves, o hay accidente mortal por medio ?
Mi opinión: primero paga con la sociedad y después de como salgas parado en el juicio, preséntate donde
puedas.-
Un saludo.-[/quote]Gracias,pero no has contestado a lo que yo estoy preguntando.
A esta sociedad con mis tres misiones,seguramente le abre dado mas que quitado,tu contestacion sigue sin ajustarse demasiado a lo que ando preguntando.
¿Alguien que verdaderamente quiera darme una contestacion sobre lo que pregunto?, Muchas Gracias
Re: Seria duda sobre codigo penal
Creo que por el hecho de estar ya metido en un procedimiento penal como acusado ya es motivo de exclusión, eso te lo piden en un formulario que que rellenas para solicitar la admisión a examen, por otro lado desde que sale la resolución de tu juicio hasta que prescribe tienen que pasar 5 años, con lo cual lo veo muy difícil, te diría que te presentases de todas formas por aquello de que si cuela, cuela... pero para las plazas que tienen previsto sacar lo veo muy mal. De todas formas ya deberías saber que si bebes no conduzcas y más si te estás preparando algo de esto.-
Suerte de todas formas y si me he equivocado en la respuesta, por favor que alguien me corrija.
Un saludo.-
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="CHAMORRO" post="770240"]Creo que por el hecho de estar ya metido en un procedimiento penal como acusado ya es motivo de exclusión, eso te lo piden en un formulario que que rellenas para solicitar la admisión a examen, por otro lado desde que sale la resolución de tu juicio hasta que prescribe tienen que pasar 5 años, con lo cual lo veo muy difícil, te diría que te presentases de todas formas por aquello de que si cuela, cuela... pero para las plazas que tienen previsto sacar lo veo muy mal. De todas formas ya deberías saber que si bebes no conduzcas y más si te estás preparando algo de esto.-
Suerte de todas formas y si me he equivocado en la respuesta, por favor que alguien me corrija.
Un saludo.-[/quote] Muchas gracias chamorro,esta contestacion me parece mas valida,de todas formas hablare con mi abogado para que me informe
Re: Seria duda sobre codigo penal
También depende si lo que usted ha hecho se considera delito o falta. Si es falta preescribe en 2 años creo recordar, si es delito ya son cosas mayores...
Un saludo
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="RYaN" post="770250"]También depende si lo que usted ha hecho se considera delito o falta. Si es falta preescribe en 2 años creo recordar, si es delito ya son cosas mayores...
Un saludo[/quote]Los precedentes son los siguientes,iba con el coche,tube un golpe,y di 0'27º,no se me hizo procedimiento por juicio rapido,y ahora (aun despues de un año) estoy a la espera de que se me cite para ir a un juicio ordinario,poco o muy poco se del tema desde el dia que fui a declarar.
Seguramente (segun el abogado) se me retirara de 6 a 8 meses de carne de conducir,y una multa de 700 a 800 euros.
¿Existe alguna ley,norma,o otros que pueda,no rebajarme la pena,pero si,que reduzca el tiempo para yo poder limpiar o eliminar esos antecedentes penales?
Sinceramente soy joven y cuando pueda optar a la guardia civil muy posiblemente sea cabo o incluso cabo 1º....los 700-800 euros de multa me dan bastante igual en el fondo,8 meses sin carne me dan bastante igual,pero 5 años para poder presentarme no tanto,en fin, aver si entre todos, me puedo hacer una idea de lo que me espera.
Muchas gracias
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="Marine_Esp" post="770271"][quote user="RYaN" post="770250"]También depende si lo que usted ha hecho se considera delito o falta. Si es falta preescribe en 2 años creo recordar, si es delito ya son cosas mayores...
Un saludo[/quote]Los precedentes son los siguientes,iba con el coche,tube un golpe,y di 0'27º,no se me hizo procedimiento por juicio rapido,y ahora (aun despues de un año) estoy a la espera de que se me cite para ir a un juicio ordinario,poco o muy poco se del tema desde el dia que fui a declarar.
Seguramente (segun el abogado) se me retirara de 6 a 8 meses de carne de conducir,y una multa de 700 a 800 euros.
¿Existe alguna ley,norma,o otros que pueda,no rebajarme la pena,pero si,que reduzca el tiempo para yo poder limpiar o eliminar esos antecedentes penales?
Sinceramente soy joven y cuando pueda optar a la guardia civil muy posiblemente sea cabo o incluso cabo 1º....los 700-800 euros de multa me dan bastante igual en el fondo,8 meses sin carne me dan bastante igual,pero 5 años para poder presentarme no tanto,en fin, aver si entre todos, me puedo hacer una idea de lo que me espera.
Muchas gracias[/quote]
Marine... el camino más apropiado es que le lleves a tu abogado la convocatoria del año pasado, que es el documento donde se fijan las condiciones... nadie mejor que él te podrá orientar.
Te deseo muchísima suerte, y viendo que has asumido con toda responsabilidad tu caso, te ruego que te superes cada día, porque simplemente has tenido mala suerte... pero tu vida y tus circunstancias son mucho mejores que esa desgraciada incidencia.
No te caigas, ánimo y nunca pierdas la ilusión. Un fuerte abrazo.
Saludos.
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="Marine_Esp" post="770271"][quote user="RYaN" post="770250"]También depende si lo que usted ha hecho se considera delito o falta. Si es falta preescribe en 2 años creo recordar, si es delito ya son cosas mayores...
Un saludo[/quote]Los precedentes son los siguientes,iba con el coche,tube un golpe,y di 0'27º,no se me hizo procedimiento por juicio rapido,y ahora (aun despues de un año) estoy a la espera de que se me cite para ir a un juicio ordinario,poco o muy poco se del tema desde el dia que fui a declarar.
Seguramente (segun el abogado) se me retirara de 6 a 8 meses de carne de conducir,y una multa de 700 a 800 euros.
¿Existe alguna ley,norma,o otros que pueda,no rebajarme la pena,pero si,que reduzca el tiempo para yo poder limpiar o eliminar esos antecedentes penales?
Sinceramente soy joven y cuando pueda optar a la guardia civil muy posiblemente sea cabo o incluso cabo 1º....los 700-800 euros de multa me dan bastante igual en el fondo,8 meses sin carne me dan bastante igual,pero 5 años para poder presentarme no tanto,en fin, aver si entre todos, me puedo hacer una idea de lo que me espera.
Muchas gracias[/quote]
Entiendo por tus palabras que usted es militar, quizás hasta por el nick diría que es usted un infante de marina. Cábalas aparte, la retirada de 6 a 8 meses del carnet de conducir es una pena leve, osea una falta, por lo que creo que se le cancelarían los antecedentes en dos años. Y lo que no sé, es si lo expulsarían del ejército por tal causa... Debería de consultar estos temas con un abogado especialista en jurisdicción militar.
Un saludo
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="RYaN" post="770303"][quote user="Marine_Esp" post="770271"][quote user="RYaN" post="770250"]También depende si lo que usted ha hecho se considera delito o falta. Si es falta preescribe en 2 años creo recordar, si es delito ya son cosas mayores...
Un saludo[/quote]Los precedentes son los siguientes,iba con el coche,tube un golpe,y di 0'27º,no se me hizo procedimiento por juicio rapido,y ahora (aun despues de un año) estoy a la espera de que se me cite para ir a un juicio ordinario,poco o muy poco se del tema desde el dia que fui a declarar.
Seguramente (segun el abogado) se me retirara de 6 a 8 meses de carne de conducir,y una multa de 700 a 800 euros.
¿Existe alguna ley,norma,o otros que pueda,no rebajarme la pena,pero si,que reduzca el tiempo para yo poder limpiar o eliminar esos antecedentes penales?
Sinceramente soy joven y cuando pueda optar a la guardia civil muy posiblemente sea cabo o incluso cabo 1º....los 700-800 euros de multa me dan bastante igual en el fondo,8 meses sin carne me dan bastante igual,pero 5 años para poder presentarme no tanto,en fin, aver si entre todos, me puedo hacer una idea de lo que me espera.
Muchas gracias[/quote]
Entiendo por tus palabras que usted es militar, quizás hasta por el nick diría que es usted un infante de marina. Cábalas aparte, la retirada de 6 a 8 meses del carnet de conducir es una pena leve, osea una falta, por lo que creo que se le cancelarían los antecedentes en dos años. Y lo que no sé, es si lo expulsarían del ejército por tal causa... Debería de consultar estos temas con un abogado especialista en jurisdicción militar.
Un saludo[/quote]Si,esta usted en lo correcto,soy infante de marina,segun mis mandos,no es un hecho grave como para que se me pudiese expulsar (tambien es cierto que del dicho al hecho hay un trecho).
Lo que tengo que hablar con mi abogado es el tema de si las faltas,tambien se resuelven mediante un juicio ordinario que es el que se me va a efectuar a mi caso,o si simplemente por el hecho de entrar en un juzgado es porque ya va delito directamente,en tal caso de acabar siendo una falta,me darian un poco de fuerzas para estudiar,ya que lo he dejado,porque mi estado de animo a dia de hoy es nulo,enfin,la justicia es la que hay y tendremos que acatarla sea la que sea ya que,si quiero pertenecer a un cuerpo como es el de la guardia civil,es la actitud que hay que tener,como decia mi cabo primero instructor...''o por razones o por cojones,ustedes eligen''
Enfin espero tener mas suerte que el dia que tuve el accidente y rezare para que solo sea una falta, muchas gracias por vuestros animos e....me estan sirviendo de mucho,muchas gracias a todos
Re: Seria duda sobre codigo penal
Buenas tardes:
He estado hablando esta tarde con el abogado (esta en cadiz,ciudad de mi anterior destino) y no he sabido como reaccionar al contarme toda la historia,si ir a Cádiz y matarlo,o comermelo a besos (pero sin mariconadas eh! jeje).
Pues bien,os cuento,lo he llamado y le he puesto en situacion otra vez,que tuve un accidente,que di 0'27º,que me iban a retirar el carne de 6 a 8 meses,que se me iba a multar con 700 a 800 euros y me dice que le repita la tasa,se la repito,se sorprende y me dice,''PERO SI POR ESA TASA NO SE TE PUEDE INPUTAR UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO'' en fin,se pone a mirar mi archivo,mi caso,y me dice lo siguiente,''NO,NO,ATI SE TE VA A IMPUTAR UNA FALTA,SOLO QUE CUANDO TE PASÓ ESTUVE DE GUARDIA Y ME PASARON MUCHAS TASAS Y CON LA TUYA ME LIÉ Y PENSE QUE DISTE MAS DE 0'60º (que si que es delito)''.
Asique,en fin,al parecer todo apunta a que sera una falta,que prescribirá a los 6 meses y no un delito,como se preveia o me habian hecho ver.
No sabia como reaccionar....en fin,quiero dar las gracias a todos los foreros por la ayuda que me han brindado,por los animos incluso que he recibido,que ahora lo veo todo mucho mas claro y con muchas mas ganas,sintiendo que mis años de servicio en filas no estan siendo en vano,y un consejo quiero dar a la gente que pueda leer esto,que aprendan de mi error,que no caigan en la misma trampa,que no superen ni igualen mi azaña,que sean responsables,que almenos,un servidor,ha aprendido la leccion.
Muchas gracias a todos y VIVA :spain:
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="Marine_Esp" post="770417"]Buenas tardes:
He estado hablando esta tarde con el abogado (esta en cadiz,ciudad de mi anterior destino) y no he sabido como reaccionar al contarme toda la historia,si ir a Cádiz y matarlo,o comermelo a besos (pero sin mariconadas eh! jeje).
Pues bien,os cuento,lo he llamado y le he puesto en situacion otra vez,que tuve un accidente,que di 0'27º,que me iban a retirar el carne de 6 a 8 meses,que se me iba a multar con 700 a 800 euros y me dice que le repita la tasa,se la repito,se sorprende y me dice,''PERO SI POR ESA TASA NO SE TE PUEDE INPUTAR UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRAFICO'' en fin,se pone a mirar mi archivo,mi caso,y me dice lo siguiente,''NO,NO,ATI SE TE VA A IMPUTAR UNA FALTA,SOLO QUE CUANDO TE PASÓ ESTUVE DE GUARDIA Y ME PASARON MUCHAS TASAS Y CON LA TUYA ME LIÉ Y PENSE QUE DISTE MAS DE 0'60º (que si que es delito)''.
Asique,en fin,al parecer todo apunta a que sera una falta,que prescribirá a los 6 meses y no un delito,como se preveia o me habian hecho ver.
No sabia como reaccionar....en fin,quiero dar las gracias a todos los foreros por la ayuda que me han brindado,por los animos incluso que he recibido,que ahora lo veo todo mucho mas claro y con muchas mas ganas,sintiendo que mis años de servicio en filas no estan siendo en vano,y un consejo quiero dar a la gente que pueda leer esto,que aprendan de mi error,que no caigan en la misma trampa,que no superen ni igualen mi azaña,que sean responsables,que almenos,un servidor,ha aprendido la leccion.
Muchas gracias a todos y VIVA :spain:[/quote]
La verdad es que yo le iba a preguntar antes extrañado que cómo le iban a imputar por un accidente si la tasa que usted dio es sólo 0.02 superior a la tasa permitida, y para que sea delito tiene que ser 0.60, y aún así es una falta que preescribe a los 2 años. Yo creo que el problema que usted tuvo es el accidente, porque si le llegan a parar y le hacen control, infracción administrativa (multa) y a volar, sin consecuencia ninguna.
Un saludo
Re: Seria duda sobre codigo penal
Buenas noches
Copio el artículo 379 del código penal:
1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
Como bien han explicado otros compañeros, por la tasa presentada, no se considera delito, pero sí puede serlo el presentar "síntomas de encontrarse bajo la influencia". También hay que tener en cuenta el Principio de prohibición de excesos del Código Penal, por la dureza de sus sanciones, lo que viene a ser, aplicar la Ley Penal lo menos posible. En mi humilde opinión (como estudiante de oposición y lo que dicen mis profesores), si no hubo consecuencias muy graves, en su caso se le aplicará la Ley Administrativa, y además por lo que le piden en tiempo de retirada de permiso y sanción pecuniaria, es procedimiento administrativo, que no penal. Quizá no venga al caso, porque usted no expone que tenga esa duda, pero ya que yo también estoy haciendo un repaso de caso práctico, existe el principio Non bis in idem ( no dos veces por lo mismo), quiere decir, que no se le puede castigar por las dos vías, se elige o la vía penal o administrativa.
Por otro lado, ahora mismo no recuerdo el enunciado exacto que hace referencia a la carencia de antecedentes para presentarnos a la oposición de Guardia Civil, pero sí recuerdo el de la Policía Local en la Comunidad de Madrid y expone " no haber sido condenado por delito doloso". Todos los delitos contra la seguridad vial recogidos en el Capítulo IV del Titulo XVII del Código Penal son dolosos, es decir cometidos con conocimiento, no son imprudentes. Con esto, pido la opinión de alguien que me ayude a resolver la duda: En caso de haber sido condenado, ya se está eliminado del proceso selectivo o influye la prescripción?
Sé que me he repetido en la respuesta, y quizá le he dado vueltas a conceptos que ya conocía, ruego me perdone. Mi intención es darle una explicación enfocada a lo que sería nuestra oposición e intentar ayudarle a entender el por qué.
Mucho ánimo y deje de pensar tanto, que ya está hecho y todos tenemos derecho a equivocarnos :salu:
Re: Seria duda sobre codigo penal
No existe Falta relativa a la conducción de vehículos con alcoholemia positiva. O delito o infracción administrativa
Re: Seria duda sobre codigo penal
Extraído de la convocatoria de 2011:
2. Condiciones para optar al ingreso
2.1 Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo, las siguientes condiciones:
2.1.1 Poseer la nacionalidad española.
2.1.2 No estar privado de los derechos civiles.
2.1.3 Acreditar buena conducta ciudadana, conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana.
2.1.4 Carecer de antecedentes penales.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
Algunos enlaces para salir de dudas:
http://noticias.juridicas.com/base_d.../l68-1980.html
http://noticias.juridicas.com/base_d...lo12-2007.html
Este ultimo lo pongo por que de resultar apto en el proceso selectivo sin que hubiese recaido resolución en el Procedimiento Judicial, y habiendose incorporado al centro de formación, recae sentencia condenatoria, estariamos hablando de Falta Grave al regimen disciplinario (condena por delito doloso), que en el caso de los alumnos de los centros de formación que aún no tuviesen la condición de militar de carrera de la Guardia Civil, conllevaría la baja del centro de formación
Re: Seria duda sobre codigo penal
Me ha resuelto la duda, muchas gracias.
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="Juan33" post="770593"]No existe Falta relativa a la conducción de vehículos con alcoholemia positiva. O delito o infracción administrativa[/quote]¿Quiere decir que mi abogado se ha vuelto a equivocar? , ¿Se puede salir de un juicio solo con una infracción administrativa? Gracias
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="Marine_Esp" post="770785"][quote user="Juan33" post="770593"]No existe Falta relativa a la conducción de vehículos con alcoholemia positiva. O delito o infracción administrativa[/quote]¿Quiere decir que mi abogado se ha vuelto a equivocar? , ¿Se puede salir de un juicio solo con una infracción administrativa? Gracias[/quote]
En mi opinión, su abogado no se ha equivocado, solo que hay cierto malentendido en los conceptos planteados.
Creo que en su respuesta Juan33, le está dando a entender que en su caso, tal como nos lo plantea, usted no será castigado por delito contra la seguridad vial, sino por una infracción administrativa. Que me corriga si me equivoco o he perdido el hilo.
Respondiendo a la segunda pregunta, sí. Los juicios no son todos penales, en su caso, apunta a que sería civil. Por lo que no causaría antecendete penal, sino una mancha, como una multa de estacionamiento.
Re: Seria duda sobre codigo penal
[quote user="Juliet Burke" post="770795"][quote user="Marine_Esp" post="770785"][quote user="Juan33" post="770593"]No existe Falta relativa a la conducción de vehículos con alcoholemia positiva. O delito o infracción administrativa[/quote]¿Quiere decir que mi abogado se ha vuelto a equivocar? , ¿Se puede salir de un juicio solo con una infracción administrativa? Gracias[/quote]
En mi opinión, su abogado no se ha equivocado, solo que hay cierto malentendido en los conceptos planteados.
Creo que en su respuesta Juan33, le está dando a entender que en su caso, tal como nos lo plantea, usted no será castigado por delito contra la seguridad vial, sino por una infracción administrativa. Que me corriga si me equivoco o he perdido el hilo.
Respondiendo a la segunda pregunta, sí. Los juicios no son todos penales, en su caso, apunta a que sería civil. Por lo que no causaría antecendete penal, sino una mancha, como una multa de estacionamiento.[/quote]Uff... Muchas gracias por una contestación tan clara y rápido las piernas ya volvían a realizar espasmos involuntarios... Jejeje por cierto se me olvido contestarle anteriormente a una frase que me ha dicho anteriormente y si, todos tenemos derecho a equivocarnos pero también al deber de enmendarlo ahorrando el mayor dolor posible y siempre aprendiendo de ellos, fui bebido , si , pero no por tal soy una mala persona, todos los dias me levanto ,me pongo mi uniforme y hago lo que buenamente puedo para levantar este país :) (este mensaje va sobretodo referido al primer compañero,el cual, me decía que le pagara a la sociedad lo que le debía, pues amigo mío ,tanto en Bosnia en 2009,haití en 2009 y Líbano en 2011,creo que a la sociedad española le he dado mas que le debo.
Gracias
Re: Seria duda sobre codigo penal
De nada, para eso estamos. Aunque también es interesante señalar, que le damos nuestra opinión en base a nuestros conocimientos y a los datos planteados (como ha visto, a veces hay malos entendidos por tasas o al usar un concepto que no es el más correcto), por lo que aconsejo tenga muy en cuenta la información de su abogado, aunque haya sido el primero que confundió su tasa.
Al leer en el foro a veces no se entiende bien lo que queremos decir, o puede parecer otro tono. No hablo por nadie, pero tampoco le guarde rencor al compañero.
:salu:
Re: Seria duda sobre codigo penal
Las cosas que hay que leer......
No me gusta juzgar a nadie, pero no comprendo la relación que puedan tener tus misiones con este tema............
En cuanto a la naturaleza del proceso........¿Qué organo es el que reclama?...........
Por cierto, además de no existir faltas relacionadas con este tema, éstas prescriben a los 6 meses.....