Buenos días a ver si alguien me lo aclara porque he hecho consulta y unos interventores me dicen que si y otros que no...
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Buenos días a ver si alguien me lo aclara porque he hecho consulta y unos interventores me dicen que si y otros que no...
Los arcos se encuentran en la 7ª categoría . 5 y no necesitan ni licencia ni guía de pertenencia, las ballestas 7ª.2, sí necesitan licencia y guía.
Página de la Guardia Civil
La tenencia legal de las armas de las categorías 1ª, 2ª, 3ª, 6ª y 7ª, 1, 2, 3 y 4 debe documentarse con la correspondiente guía de pertenencia del arma. La guía de pertenencia acompañará siempre al arma en los casos de uso, depósito y transporte.
- 7ª.5: Los arcos, las armas para lanzar líneas de pesca y los fusiles de pesca submarina que sirvan para disparar flechas o arpones, eficaces para la pesca y para otros fines deportivos.
Desde luego un ejemplo para utilizar el arco es la caza y cada vez tiene más adeptos...entonces si yo en el servicio tengo que pedir documentación del arco pediré la licencia tipo E y la guía de pertenencia.... independientemente de los demas documentos relativos al deporte cinegetico de la caza.
La única licencia válida para la práctica del tiro con arco, en todas sus modalidades y situaciones, tanto a nivel nacional como internacional, es la emitida por la RFETA u homologada por ésta.