Cita Iniciado por red-cap Ver mensaje
Queria pedir unos asuntos propios para un dia en el que tengo patrulla de tarde y el sgt me dice que no puede ser ya que la patrulla hay que hacerla y no puede quitar libres.

Lo de quitar libres me parece perfecto que no se haga, pero para que quiero entonces los asuntos propios? evidentemente el dia que tengo libre no los voy a pedir
Unos te dirán una cosa, y otros otra. Yo te cuento el caso de un compañero de mi unidad:

Le pasó tres cuartos de lo mismo que a ti. Se puso en contacto con AEGC y le informaron que ya hay alguna sentencia que dice que eso no es así. En este caso, como el sargento es bastante comprensivo, en lugar de andar con instancias y contenciosos, le facilitaron una copia de la sentencia, se la enseñó a su comandante de puesto, y se fue de asuntos particulares.

No sé como funcionará tu asociación, si estás asociado a alguna, pero si tienes acceso a algún abogado, que pueden consultar en una base de datos de sentencias, que busque la siguiente, y te asesoren:

Sentencia nº 280/2011, de 05/07/2011, del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Vigo.