Si leeis detenidamente el texto vereis que el mismo induce a error.
Por lo que veo, el corresponsal del confidencial no ha terminado de entender lo que la fuente "extraoficial" le participa.
Apliquemos el sentido comun caballeros.
Lo que viene a decir es que los futuros Guardias de nuevo ingreso no podran lucir tatuajes en zonas visibles llevando uniforme de uso general, como hasta ahora ha sido en las ultimas convocatorias.
Por otro lado el cambio normativo que se esta discutiendo (y que es noticia por sus consecuencias positivas) es para suprimir el apartado "tatuajes" del articulo 44. De la citada Orden PRE. Por lo que, en caso de ser suprimido como parece ser que asi va sera, los Guardias Civiles que ya tengan tatuajes en zonas visibles podran ascender sin ningun problema por promocion interna.
Lo que se pretende con Dicha supresion es no crear un agravio comparativo para los que deseen ascender y ya tienen tatuajes en zonas visibles.
No se ha propuesto en ningun momento añadir prohibiciones a lucir tatuajes "en cualquier parte del cuerpo" para personal de nuevo acceso.
No se que ha entendido el del confidencial.
Por esa regla de 3 no entraria a dia de hoy ni el 20% de los que opositan.
Tranquilidad señores, es una buena noticia..
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