Pues que anulas las vacaciones y disfrutas el plazo de incorporación, ya que no se pueden tener los dos a la vez.

Si anulas x dias, los puedes disfrutar hasta el fin del plazo que es el 31 de enero.

Si por una circunstancia se anulan unas vacaciones, quedan en crédito pendiente de disfrutar, sea por petición propio o por causa sobrevenida..........como pueda ser la que informas.