Cita Iniciado por div Ver mensaje
Es al día siguiente del saliente, levantate a las 06:30 horas para ir al puesto y luego al campo de tiro, no quiero ni mucho menos que me lleven el sueldo a casa, pero veo una barbaridad quitarle el día libre a "ciertos" guardias por 2 horas de tiro, a parte de que toda una compañia va al tiro en su servicio de 8 horas.
Aqui en esta empresa mucho se habla de conciliar vida laboral y familiar y luego cada jefecillo hace lo que le viene en gana.

Si se tiene un servicio de 2 horas, se interrumpe el plazo del descanso semanal.............porque o se tiene descanso semanal o servicio....

Si no se llega al minimo de las 48 horas mas el descanso del ultimo servicio no se puede contabilizar.

Otra cosa seria hacer esas dos horas en franco de servicio.

Por lo tanto el descanso semanal comenzaria a contar a partir del tiempo de descanso de finalizar el ejercicio de tiro................si no no se ha disfrutado y se puede solicitar la acumulación con otro..............no importa que se descansen 47 horas, o 48 o nada...........al menos