Como todos debemos saber, es incompatible el percibo de una pensión de viudedad con la inscripción en el registro de parejas de hecho.
Por este motivo la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas ha comenzado a cruzar sus datos con los del Registro de Parejas de Hecho, reclamando a los perceptores de pensión de viudedad los importes recibidos que son incompatibles.

Incompatibilidad pensión de viudedad - parejas de hecho

Hasta donde yo tenia entendido eran compatibles bajo algunos requisitos y uno de ellos que no todo el mundo sabe es:
Que se ha de acreditar la convivencia mediante inscripción empadronamiento en el mismo domiilio de ambos, de manera ininterrumpida de almenos los ultimos 5 años.
No es suficiente requisito el tener hijo/s en comun ni estar inscrito en el ayuntamiento correspondiente mediante pareja de hecho..
Tampoco vale a modo de acreditación de convivencia certificado del mismo policial ni de ninguna otra de las maneras.
Mi pregunta es esto ha cambiado?segun lo que pone en clases pasivas.net ...?que por cierto tampoco son muy extensos en la noticia vamos!!:-(