Hola compañero, yo soy otro interesado que le nace un hijo en marzo que después de leer y consultar he llegado a esta conclusión:

1º Cuando ingrese tu mujer en el hospital, automáticamente lo comunicas al Cmte. de Puesto y entras en permiso urgente (máximo 4 días), ojo que si nace el mismo día que ingresa no te cuenta ese día de permiso urgente.


2º El día que nace empieza el permiso de paternidad (hasta día de hoy te corresponde un máximo de 15 días), solicitas el permiso en la papeleta de vacaciones y lo remites al Comte. de Puesto que es la autoridad de te lo concede.


3º Durante el periodo de 16 semanas posteriores al nacimiento del hijo, solicitas el permiso de lactancia a jornada completa (en la misma papeleta de vacaciones), que empezaría a partir de esas 16 semanas y el disfrute puede durar un máximo de 28 días (aunque existe en la misma orden una formula para que te calcules lo días que te corresponden). Este último te lo concede el jefe de Comandancia. La orden la puedes consultar en el portal de la Guardia Civil que tenemos en la Intranet.

Para la solicitud del permiso de lactancia tendrás que aportar el libro de familia donde aparece el hijo recién nacido y también un documento que acredite que tu mujer realmente no trabaja (en mi caso lo voy a solicitar en la tesorería de la Seguridad Social)


Espero haber apostado mi granito de arena y haberte aclarado algo.

Un saludo