Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar el análisis de la navegación de los usuarios.
Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | Más información

Resultados 1 al 8 de 8
  1. #1
    Que bien defienden los jefes a sus subordinados...
    10 Días por si acaso pintan bastos y a otra cosa, mariposa...
    Mal por el agente, España no es EEUU y aquí se protege al delincuente/infractor...No se puede ir por ahí grabando al personal como en las series americanas ni poniendo tanto la cara...acaban partiéndotela...

  2. #2
    Pues con medios oficiales se puede perfectamente. De hecho las normas de la aTGC en el apartado de alcoholemias así lo establecen:


    21. Empleo sistemas vídeo/audio en muestreos preventivos de verificación dealcoholemia
    A consulta de la Comisión Nacional de Coordinación de Policía Judicial, la Abogacía
    del Estado elaboró un informe en el que se concluye que “Es posible la utilización de medios
    móviles de captación y reproducción de la imagen en los supuestos de realización de pruebas
    de alcoholemia, sea en los supuestos de comisión de infracciones graves o en los supuestos de
    controles preventivos; en todo caso garantizando la disponibilidad, confidencialidad e
    integridad de las grabaciones, en la forma prevista en los apartados 4 y 5 de la Disposición
    Adicional Única del R.D. 596/1999, de 16 de abril; y siempre en el marco de los principios de
    proporcionalidad, en sus manifestaciones de idoneidad e intervención mínima, que aseguran
    el control de la actuación administrativa.”
    Basándose en el contenido y conclusiones de este Informe, la Jefatura de esta
    Agrupación elevó consulta a la DGT al considerar que sería muy beneficioso emplear el
    sistema de vídeo en los muestreos preventivos de alcoholemia, algunas de cuyas imágenes
    podrían servir como prueba del estado o conducta del sometido a la verificación de
    alcoholemia y de la actuación de la Fuerza, convirtiéndose además en un mecanismo
    disuasorio de conductas inapropiadas de unos y otros, caso de ser conscientes de que se
    realizan grabaciones de vídeo de este tipo de intervenciones, lo que se resolvió en sentido
    positivo.14
    En consecuencia, queda autorizada la utilización de vehículos dotados del sistema
    vídeo/audio en los supuestos de realización, bajo las siguientes condiciones:
    − La utilización de este tipo de vehículos será prioritaria para el Servicio Unipersonal
    de Vigilancia de Autovías (SUVA), por lo que su empleo en los muestreos
    preventivos de alcoholemia será selectivo y estará condicionado a la existencia de
    vehículos disponibles.
    − Su empleo se llevará a cabo siguiendo las directrices generales que impartan los
    Jefes de Subsector, acordadas previamente con las JPT en las reuniones periódicas
    para la programación de las campañas preventivas de alcoholemia.
    En defecto, de vehículos SUVA podrán utilizarse otros medios de grabación
    audiovisuales de dotación en las unidades (cámaras fotográficas, …).

  3. #3
    duplicado (el foro va FATAL!)
    Última edición por toreter6; 02/11/2013 a las 21:42 Razón: duplicado

  4. #4
    Alguno puede colgar la sentencia ??

  5. #5
    Manolo la Nuit
    Guest
    Cada día tengo más claro que cuanto menos se actúe, mejor.

    Una pena.

  6. #6
    Pues yo leo que el jefe del agente lo defendió ante la queja. Otra cosa es lo que hicieran los Generales (esto huele al ciudadano amigo de fulanito, que sabe cómo y cuándo poner una queja).

  7. #7
    Lo que es vergonzoso, como ese tribunal en sí, es que en plena sentencia ponga que la actitud del agente es REPROCHABLE

    ¿Reprochable? señor juez, limítese a juzgar porque aquí hay una ley y un principio de TIPICIDAD, con lo cual si no infrinje norma, está perfectamente realizada la conducta del guardia.

Marcadores