
Iniciado por
Hoplita
Poneros en contacto con vuestras asociaciones para este tema. El pago de los atrasos parece ser que en general va lento, pero una vez que la extensión de la sentencia ha surtido efecto, a los Cabos os pagarán 113,07 euros más en la nómina cuando ejerzáis el cargo de Comte. Pto. Acctal. o interino.
Para los Guas. también, aunque en este caso, supongo que les pagarán algo más, al existir una diferencia mayor en el complemento, al igual que para Sgtos. que sustituyan a Suboficiales de mayor empleo, también debería ser extensiva la sentencia, pero al no ser casos IDENTICOS al de los Cabos, deben iniciar reclamaciones nuevas desde el principio, al igual que los Cabos que no iniciaron el proceso de extensión de sentencia (ya caducó). Este último párrafo, son suposiciones mías, pues lo único que cambia respecto al pleito ganado por el Cabo 1º que reclamó inicialmente, son los empleos, a saber Gua. sustituyendo a Cabo o Sgto., o Sgto. sustituyendo a otro Suboficial de mayor empleo.
Saludos como más os gusten.
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