Te refieres a cuando te quedas menos de 30 dias de comandante de puesto accidental y no te pagan?
Encontré hace unos días una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera, donde estiman un recurso presentado por un compañero que reclama que le paguen el Complemento Específico correspondiente al puesto de Jefe de Comandancia de Puesto. si tenéis algo ponerlo en esta tema.Gracias.-
Te refieres a cuando te quedas menos de 30 dias de comandante de puesto accidental y no te pagan?
\"A España servir hasta morir\"
Hola¡
Efectivamente, al parecer, un compañero reclamó por vía judicial que le abonasen por los días que estuvo de comandante de puesto accidental, la diferencia entre su complemento específico singular y el del comandante de puesto titular, y ha ganado el contencioso.
El tema creo que lo llevó UniónGC y la sentencia, según tengo entendido, aún no es firme, ya que se espera que el abogado del estado recurra.
De ser así y si finalmente sale esto adelante, veremos que consecuencias trae consigo, ya que entiendo que en lo sucesivo deberían "regular" acorde a la sentencia y pagarle a todos los accidentales el CES del titular.
Un saludo.
Decirte que en un principio no creo que lo llevó UnionGC y también te digo que si lees la sentencia ya es firme y no cabe recurso de casación, vamos que le toca pagar a la Guardia Civil y te hablo sabiendo.Hola¡
Efectivamente, al parecer, un compañero reclamó por vía judicial que le abonasen por los días que estuvo de comandante de puesto accidental, la diferencia entre su complemento específico singular y el del comandante de puesto titular, y ha ganado el contencioso.
El tema creo que lo llevó UniónGC y la sentencia, según tengo entendido, aún no es firme, ya que se espera que el abogado del estado recurra.
De ser así y si finalmente sale esto adelante, veremos que consecuencias trae consigo, ya que entiendo que en lo sucesivo deberían "regular" acorde a la sentencia y pagarle a todos los accidentales el CES del titular.
Un saludo.
\"A España servir hasta morir\"
Puede ser que me haya colado... como me llegó la noticia a través de la asociación di por echo que era cosa suya, pero cierto es que no tiene por que ser así (mea culpa).
Por otro lado, y aquí me pierdo un poco con esto de los tribunales, quizás malinterpreté lo que leí y lo que sea recurrible es la extensión de sentencia en caso de que alguien la solicite.
En cualquier caso gracias por la aclaración y me alegro por el compañero.
Entiendo que todos lo que los desde al año 2010 realizamos funciones de Comandante de Puesto Accidental, podemos ir tramitando dicha instancia para la reclamación de lo que legalmente nos pertenece.
No puedo hablar por el pero te puedo asegurar que el compi se lo merece y es bastante inteligente, tanto que el recurso puede que se lo haya preperado él. La sentencia la teneis en la web del tricornio. Un saludo.Puede ser que me haya colado... como me llegó la noticia a través de la asociación di por echo que era cosa suya, pero cierto es que no tiene por que ser así (mea culpa).
Por otro lado, y aquí me pierdo un poco con esto de los tribunales, quizás malinterpreté lo que leí y lo que sea recurrible es la extensión de sentencia en caso de que alguien la solicite.
En cualquier caso gracias por la aclaración y me alegro por el compañero.
\"A España servir hasta morir\"
Tengo la instancia para mandarla, si alguien la quiera que me mande su correo y se la mando.
Un saludo
Hola Triton69, me podrías enviar esa instancia. Te envie privado con mi correo
Gracias de antemano
Un saludo a todos y a ver si nos pagan como deben, que los titulares nos sacan 400 euros y hacemos el mismo trabajo
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