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Resultados 1 al 3 de 3
  1. #1

    Toma declaración personas detenidas o imputadas

    Hola compañeros, es sobre la toma de declaración que se le hace a los detenidos o imputados por delito o imputados por falta. Si éste se niega a declarar, os limitáis a hacerlo constar y o incluso a veces le decimos que es mejor que declare en el Juzgado, o por el contrario aunque se niegue le hacéis preguntar y vais haciendo constar a que preguntas se niega a contestar y demás.

    Es que en las últimas actuaciones que hemos tenido, con detenidos (en presencia de su abogado claro está), aunque ellos mismos en principio se niegan a declarar, pero empiezas a hacerle preguntas y empieza a sacar información o por el contrario, su silencio puede otorgar, y la verdad que se deja incluso más atado el atestado y como es la primera declaración sin que le hayan hecho recomendaciones sobre lo que declarar suelen ser las declaraciones más verídicas, después de que ya cada Juez la valore libremente como prueba.

    Creo que muchas veces nada más que leemos los derechos y nada más para que conste el hecho en sí y nos olvidamos de que el atestado sirva algo en el proceso judicial, es una simple opinión, por eso quiero que habléis de vuestras impresiones y experiencia, un saludo compis.
    :arma:x) No se pueden hacer intervenciones americanas con medios africanos. :antidistur:-)

  2. #2
    Jlopez1957
    Guest
    Depende del caso.

    Puede ser una negativa total ya que lo que dice la Ley es:

    a) Derecho a guardar silencio no declarando si no quiere, a no contestar alguna o algunas de las preguntas que le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el Juez.


    Si expone claramente que no desea declarar, formularle preguntas no lleva a ninguna parte.

    Si dice a unas que si y a otras que no, entonces ya hay que ser mas "hábil" preguntando para seguir un hilo y si lo corta el detenido que vea el Juez por donde luego el puede seguir.

    Hay jueces, que piden que o bien en folio aparte o en manifestación al detenido, aunque diga a todas que no desea, se le formulen las preguntas que consideremos ( eso suele realizarse cuando el Juez sabe como se trabaja en una Unidad) para el tener una referencia de lo que queremos averiguar.

    Hay por ultimo otra opción que es en diligencias, comunicarle al Juez las preguntas que le hubiéramos hecho, así tiene de nuevo la referencia de lo que investigamos.

    Hay que tener en cuenta que un Juez lee el atestado de forma rápida, se hace una composición de lugar, pero no puede involucrarse en muchas manifestaciones por acumulación de casos en el Juzgado.

  3. #3
    Si no quiere manifestar, no hay más vuelta.

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