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  1. #1
    Amigo granduke, si sus argumentos para rechazar lo militar son tan sólidos como este...

    "Oviedo, L. Á. VEGA La Sala de lo Militar del Supremo acaba de exonerar a un guardia civil de la Agrupación de Tráfico de Asturias suspendido de empleo y sueldo durante diez días por sus mandos después de que grabase con el móvil cómo multaba a un conductor. Según los mandos, el agente violó la intimidad del conductor. El tribunal estima que tal violación de la intimidad debería haber sido establecida por un juez"

    Contraste sus fuentes antes de exponer sus argumentos antimilitaristas.

    http://www.lne.es/asturias/2013/11/0...r/1493190.html

    Un saludo

    Edito para aclarar que al contrario de lo que usted expone, el tribunal
    exonera al guardia civi. Demodo que no se3 trara de una "Sentencia muy interesante contra un G.C de tráfico", sino una "Sentencia muy interesante a favor de un guardiacivil de tráfico"
    Última edición por guje; 16/11/2013 a las 20:27
    cada uno es cada uno, y cada seis... media docena

  2. #2
    Fue el TCM, y no la la Sala de lo Militar del TS quien corroboró la sanción. La Sala de lo Militar corrige a la anterior. La página citada por usted lleva a una confusión peligrosa que me temo que no es accidental.

    En esa página se da a entender que es la Sala de lo Militar del Supremo quien dicta la sentencia. Lleva así a engaño, haciendo pensar que la jurisdicción militar, en su última instancia, corrobora tal injusticia. La página mezcla datos del TCM pero sin llegar a mencionarlo. En cambio sí menciona a la Sala de lo Militar del TS, pero sin los datos de esta última. Un ejercicio muy estimulante de manipulación y sutileza...
    cada uno es cada uno, y cada seis... media docena

  3. #3
    Cita Iniciado por guje Ver mensaje
    Amigo granduke, si sus argumentos para rechazar lo militar son tan sólidos como este...

    "Oviedo, L. Á. VEGA La Sala de lo Militar del Supremo acaba de exonerar a un guardia civil de la Agrupación de Tráfico de Asturias suspendido de empleo y sueldo durante diez días por sus mandos después de que grabase con el móvil cómo multaba a un conductor. Según los mandos, el agente violó la intimidad del conductor. El tribunal estima que tal violación de la intimidad debería haber sido establecida por un juez"

    Contraste sus fuentes antes de exponer sus argumentos antimilitaristas.

    http://www.lne.es/asturias/2013/11/0...r/1493190.html

    Un saludo

    Edito para aclarar que al contrario de lo que usted expone, el tribunal
    exonera al guardia civi. Demodo que no se3 trara de una "Sentencia muy interesante contra un G.C de tráfico", sino una "Sentencia muy interesante a favor de un guardiacivil de tráfico"

    Hombre, no es por llevarte la contraria, solo hay que ver la estadísticas de estimaciones y desestimaciones de la V Sala del TS, para darse cuenta que la jurisdiccional militar, es la mas garantisata de toda la Judicatura,

    El problema que tenemos lo guardias, y el resto de los militares sujetos a esa jurisdicción, es la carencia absoluta de abogados especialistas en la materia,

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