Tengo que decir que no me ha gustado mucho la primera respuesta del compañero guadiano. Eso de que "parece mentira que te preguntes lo de los 14 fectivos ahora".

Estoy seguro que el compañero que abre el post (Tatchenko) ya sabe lo que hay regulado respecto a los festivos. Lo que pasa es que probablemente le pase como a mí con mi comandante de puesto, que piensa que el hecho de que en un mes haya un festivo, se descuentan 7,5 horas del cómputo mensual, se tienen en cuenta los descansos semanales y ya está. Te puede poner servicios más cortos (de 6 horas por ejemplo) y el libre que corresponde por el día festivo ha volado.

En mi opinión esto se solucionaría si a alguien en la casa grande se le ocurriese crear en SIGO una nueva situación de no disponibilidad que se llamase "descanso correspondiente a día festivo" (o un nombre parecido), el cual te podrían nombrar el mismo día que sea festivo, o bien en la misma semana o bien dentro de las dos semanas siguientes, tal y como dice la norma, y por supuesto esto de forma independiente de que en esa misma semana tengas otra
situación de no disponibilidad: el descanso semanal de 48 horas mas el último servicio.

Esto, que muchos que lo estén leyendo pensarán que es algo obvio, yo les puedo asegurar que para algunos, que no alcanzo a comprender como han podido ascender al empleo que tienen (habría que llamar a Iker Jiménez), no es tan obvio.