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Resultados 1 al 2 de 2
  1. #1

    Interior recula y rebaja a un tercio las sanciones más duras de la Ley de Seguridad.

    Interior recula y rebaja a un tercio las sanciones más duras de la Ley de Seguridad.

    http://www.benemeritaaldia.org/pol%C...seguridad.html

    El Ministerio del Interior ha decidido rebajar considerablemente la contundencia de la nueva Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana tras la polémica que generó la semana pasada la revelación de los preceptos más controvertidos del texto.
    El departamento que dirige Jorge Fernández Díaz ha revisado el borrador inicial del anteproyecto para reducir la calificación de las infracciones y recortar el importe de las multas correspondientes. Aproximadamente un tercio de las infracciones que en un principio eran consideradas muy graves pasarán a ser simplemente graves y muchas de las graves se convertirán en leves.
    Los cambios que ha realizado Interior en los últimos días son numerosos y suponen un claro paso atrás en las aspiraciones iniciales de Fernández Díaz. El borrador original de la Ley de Seguridad Ciudadana calificaba 21 comportamientos como muy graves, es decir, sujetos a multas administrativas que podían oscilar entre los 30.001 euros y los 600.000. Pero, tras las correcciones que se ha visto obligado a realizar Interior, el texto (aún sujeto a matizaciones) incluye ahora menos de una decena de conductas de la máxima gravedad. Las que abandonan esa categoría pasan a convertirse en infracciones graves, justo en el escalón inferior. Y, a su vez, parte de las infracciones graves han sido rebajadas a la consideración de leves, las de menor relevancia. Así, en la versión más actualizada del anteproyecto, el régimen sancionador de la ley se compone de menos de una decena de infracciones muy graves, 30 graves y 19 leves.
    Cambios en los artículos más polémicos
    Estos ajustes tendrán una importante traducción práctica. En un primer momento, Interior calificó como infracción muy grave la celebración de manifestaciones no comunicadas o prohibidas en las inmediaciones del Congreso, el Senado o las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas. Se trata de una conducta que no persigue la actual Ley de Seguridad Ciudadana, del año 1992, pero Interior quiso incluirla en su propuesta para evitar nuevas concentraciones como las celebradas por los movimientos del 15-M en las inmediaciones de la Cámara Baja.
    Más de mil personas se concentran frente al Congreso de los Diputados. (EFE)Con el borrador inicial de Interior, los organizadores de una manifestación de este tipo se exponían a multas de hasta 600.000 euros, una sanción que fue duramente criticada por los partidos de la oposición y numerosas plataformas sociales. Finalmente, Interior ha escuchado las críticas, aunque sólo parcialmente. No elimina esa infracción, pero la rebaja de muy grave a grave. Con el nuevo texto, convocar una protesta en las inmediaciones del Congreso se castigará con multas de hasta 30.000 euros.
    Fotografiar a policías deja de ser “muy grave”
    Otro de los comportamientos sancionables que Interior ha decidido incluir en su anteproyecto es la grabación de los agentes encargados de mantener el orden público, una novedad que también ha sido denostada con vehemencia. En concreto, en el primer borrador, tomar imágenes de funcionarios de las Fuerzas de Seguridad del Estado durante manifestaciones o protestas que puedan vulnerar su derecho al honor o poner en riesgo su integridad se consideraba una infracción muy grave, sujeta también a multas de hasta 600.000 euros. Sin embargo, en la última versión del articulado, esta conducta ha sido transformada en grave.
    Interior también incluyó en el anteproyecto sanciones para los insultos a policías. En concreto, su primer texto consideraba una infracción de nivel grave “amenazar, coaccionar, injuriar o vejar” a agentes de la autoridad encargados del mantenimiento del orden público. Pero, en la versión más reciente de la ley, la persecución de esta conducta también se ha visto modificada. Se convierte en una infracción leve, multada con un importe máximo de 1.000 euros.
    Al Consejo de Ministros del viernes
    No ha sufrido ningún cambio la prohibición de provocar desórdenes públicos en eventos culturas o deportivos, solemnidades, oficios religiosos o reuniones numerosas; o celebrar manifestaciones en infraestructuras consideradas críticas, como aeropuertos o centrales nucleares. El texto que maneja en estos momentos Interior mantiene la calificación de muy grave para ambas infracciones, castigadas por tanto con multas de hasta 600.000 euros.
    El texto aún está en proceso de elaboración y puede sufrir nuevas modificaciones antes de ser presentado en el Consejo de Ministros. Interior quería elevarlo al gabinete el pasado viernes, pero fue aplazado a última hora por decisión de la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, que exigió que se pulieran sus puntos más controvertidos. Fuentes de Interior consultadas por este diario aseguran que, finalmente, el anteproyecto será presentado en el Consejo de Ministros de este viernes.

  2. #2
    Esto sigue siendo lamentable, estos políticos son un desastre.

    Insultar a los policías pasa a ser infracción leve, sancionada con entre 100 y 1.000 euros.

    http://www.abc.es/espana/20131128/ab...311272146.html

    La mera convocatoria no comunicada deja de ser «grave», como planteaba el primer borrador, y será leve salvo que se perturbe la seguridad ciudadana
    Los partidos de la izquierda y, muy especialmente el PSOE, han venido criticando una «ley» que todavía no existe y, por tanto, han arremetido sin haber leído el texto. Han advertido, incluso, que sería recurrida ante el Tribunal Constitucional, basándose en filtraciones del primer borrador del anteproyecto de la futura Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana.
    De hecho, en ese primer borrador se planteaba como hipótesis que convocar una manifestación no comunicada a la autoridad podría ser infracción grave, sancionada con cantidades que oscilarían entre 1.001 a 30.000 euros. También se esbozaba que amenazar, coaccionar, injuriar, vejar... a agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado o distribuir imágenes para atentar contra su derecho al honor o la intimidad, que pongan en peligro su seguridad o el éxito de la operación, tendría el mismo rango de infracción grave, castigada con idéntica sanción.
    Modificaciones en el borrador
    Pues bien, tras los contactos que responsables de Interior han llevado a cabo en los últimos días con diversos colectivos ciudadanos e intercambio de opiniones habidos entre diferentes ministerios, se han introducido algunas modificaciones. Así, ambos supuestos, convocar concentraciones no comunicadas a la autoridad o el insulto a los agentes, pasa de ser infracción grave a leve. Con ello, las sanciones se establecen entre los 100 y los 1.000 euros como máximo. En el caso de las concentraciones, se matiza que siempre y cuando no degeneren en alteraciones de la seguridad ciudadana.
    Cuando se refiere a la distribución de imágenes de agentes de las Fuerzas de seguridad, se ha introducido en el texto la coletilla «sin menoscabo del derecho constitucional a la información». Esto es, se garantiza el pleno ejercicio de su trabajo para los profesionales de los medios de comunicación que cubran concentraciones u otros eventos de esas características. Sí se mantienen como infracciones muy graves, por ejemplo, irrumpir en infraestructuras críticas» como aeropuertos, vías ferroviarias o centrales nucleares poniendo en riesgo su seguridad o su funcionamiento. También será infracción muy grave proyectar dispositivos luminosos sobre conductores de trenes o aviones, por ejemplo, poniendo en grave riesgo su seguridad.

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