Mí actuación en este caso:

1º Denuncia por circular con la ITV caducada.

2º Denuncia al artículo 12 de RGVehículos por circular incumpliendo las condiciones técnicas reglamentarias.- Al llevar el distintivo V-19 que no se ajusta a las prescripciones reglamentarias expuestas en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos, no siendo real la fecha indicada en dicho distintivo respecto de la fecha real de inspecciones del vehículo.


La segunda denuncia la baso en que el articulo 18 del RGCirculación dice:
Las señales en los vehículos que tengan por objeto dar a conocer a los usuarios de la vía determinadas circunstancias o características del vehículo en que están colocadas, del servicio que presta, de la carga que transporta o de su propio conductor, SE AJUSTARÁN en cuanto a sus características y colocación a lo dispuesto en el anexo XI.

V-19 DISTINTIVO DE INSPECCION TECNICA PERIODICA DEL VEHICULO
1. Indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica periódica, así como la fecha en que debe pasar la próxima inspección.


Por lo tanto circula incumpliendo el anexo XI del Reglamento General de Vehículos, y por lo tanto artículo 12 a aplicar. Todo ello desde mi punto de vista.


Un saludo!