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  1. #91
    Cita Iniciado por Puma83 Ver mensaje
    Como puedes comprobar dog12, ese artículo tiene 13 años y las competencias del CNP en extranjería siguen igual, no discutas cosas que no sabes. Como ha dicho _Exceptio_Veritatis_, la TIE se solicita en una comisaría del CNP o en la oficina de extranjeros (organismo del Estado), es decir, que en Cataluña no van a la comisaría de los Mossos.
    Un saludo.
    Estimado forero Puma83, como ya te dije antes, no tengo intención de dicutir un tema aburrido y caducado como este, pero tampoco me va suponer mucho esfuerzo volver a citar de nuevo, al Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros, que dice en su Disposición final primera. "El presente Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.º de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, extranjería y derecho de asilo. Se exceptúan de lo anterior las referencias al procedimiento sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de los extranjeros en aquellas Comunidades Autónomas a las que haya sido traspasada esta competencia, que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.º de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas."

    El RD mencionado, no deja margen a dudas, en cuanto que constituye una norma de plena efecacia legal que ni ha sido impugnada ni tildada de incustitucionalidad, lo mismo digo en cuanto al fondo, puesto que el mismo estabelece claramente que la EJECUCÓN en materia de Extrajeria, puede ser asumida por las CC.AA. A hora bien, allá está usted para interpretarlo como le venga en gana.

    Saludos

  2. #92
    El Art. 37 de la LO 4/00 habla sobre la Autorización de Residencia y Trabajo por cuenta propia y en su apartado tercero establece: "La concesión de la autorización inicial de trabajo, EN NECESARIA COORDINACIÓN CON LA QUE CORRESPONDE EL ESTADO EN MATERIA DE RESIDENCIA, corresponderá a las Comunidades Autónomas de acuerdo con las competencias asumidas en los correspondientes Estatutos."
    El art. 38 de esa norma establece lo relacionado a la Autorización de Residencia y Trabajo por cuenta ajena y en su epígrafe octavo dice: "La concesión de la autorización inicial de trabajo, EN NECESARIA COORDINACIÓN CON LA QUE CORRESPONDE AL ESTADO EN MATERIA DE RESIDENCIA, corresponderá a las Comunidades Autónomas de acuerdo con las competencias asumidas en los correspondientes Estatutos."
    El Estatuto de Autonomía Catalán (LO 6/06), en su art. 138 menciona lo relacionado con la inmigración y dice:
    " 1. Corresponde a la Generalitat en materia de inmigración:
    • a) La competencia exclusiva en materia de primera acogida de las personas inmigradas, que incluirá las actuaciones socio-sanitarias y de orientación.


    • b) El desarrollo de la política de integración de las personas inmigradas en el marco de sus competencias.


    • c) El establecimiento y la regulación de las medidas necesarias para la integración social y económica de las personas inmigradas y para su participación social.


    • d) El establecimiento por ley de un marco de referencia para la acogida e integración de las personas inmigradas.


    • e) La promoción y la integración de las personas regresadas y la ayuda a las mismas, impulsando las políticas y las medidas pertinentes que faciliten su regreso a Cataluña.

    2. Corresponde a la Generalitat la competencia ejecutiva en materia de autorización de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en Cataluña. Esta competencia, QUE SE EJERCERÁ EN NECESARIA COORDINACIÓN CON LA QUE CORRESPONDE AL ESTADO EN MATERIA DE ENTRADA Y RESIDENCIA DE EXTRAJEROS, incluye:

    • a) La tramitación y resolución de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena.


    • b) La tramitación y la resolución de los recursos presentados con relación a los expedientes a que se refiere la letra a) y la aplicación del régimen de inspección y sanción.

    3. Corresponde a la Generalitat la participación en las decisiones del Estado sobre inmigración con especial trascendencia para Cataluña y, en particular, la participación preceptiva previa en la determinación del contingente de trabajadores extranjeros a través de los mecanismos previstos en el Título V. "
    La única interpretación errada es la suya DOG12, puesto que la legislación sobre la materia deja bien claro el tema e insiste en hacer mención a un epígrafe de un Reglamento, sacándolo totalmente de contexto.
    Finalmente, no es capaz ni de admitir su error ni mucho menos explicar su comentario sobre el régimen militar y determinados servicios policiales, siendo favorecidos éstos por aquél -según usted-.
    Última edición por _Exceptio_Veritatis_; 09/12/2013 a las 21:06
    Me Matas.....Me das la Vida SIEMPRE SIEMPRE SIEMPRE COLCHONERO!!!!!!!!

  3. #93
    Compañero _Exceptio_Veritatis_ te pediría, por tu salud, que no te molestes más. Ha quedado patente que, de donde no hay, no se puede sacar.
    Ya sabes, las cosas paranormales de los paramilitares.
    Saludos compi.

  4. #94
    en fin,respetando diversos gustos, opiniones etc, etc...cada cual que opine lo que quiera..abandono este post porque me parece un sin sentido.
    Yo no quiero ser Policia Nacional, como supongo que casi ningun Policia Nacional querra ser Guardia Civil....el 14 de Septiembre de 1992 entre por una puerta y me lo dijeron bien clarito...si no te gusta...márchate...yo no me siento estafado, si es verdad que hemos de seguir luchando para que mejore esto(os lo dice alguien con tres correctivos)..que haya facilidades para todos, desde el Teco al Guardia, pero vamos, que el que no se considere militar, se lo respeto, pero otra cosa es que no lo sea...que yo me podría considerar una berenjena pero soy un hombre...
    a todos los que luchan por mejorar nuestra profesion...todo mi apoyo...a los que deseen que desaparezca mi Cuerpo...que les parta un rayo

  5. #95
    TIBURCIO ¿Cómo se "lucha" para que la Guardia Civil mejore?
    ¿Puede mejorar sin dejar de lado ciertos pensamientos?
    A día de hoy, la GC es el cuerpo policial que realiza más horas de referencia anuales y a la vez tiene las nóminas más bajas, sin contar el régimen de turnos.
    Me Matas.....Me das la Vida SIEMPRE SIEMPRE SIEMPRE COLCHONERO!!!!!!!!

  6. #96
    Pues se lucha intentando cambiar todo eso que has dicho compañero....Y se lucha de igual manera cuando uno se siente militar, que cuando no lo siente....No aporta nada ni el que se siente militar, pero no cumple en el dia a dia, como el que pide la desmilitarizacion sin cumplir...Respeto tanto al que quiere que la Guardia Civil sea militar y vaya cambiando con el paso de los años, como al que le gustaria una unificacion con Cnp....En estos debates cada uno aporta sus gustos o preferencias, lo importante es que se vea una mejora en nuestro cuerpo....Segun mi manera de pensar, coincido con Tiburcio, el cual hasta el momento, muestra respeto por las opiniones de los demas.... Con quien no comparto absolutente nada es con alguno que hay suelto por ahi, que no solo pide desmilitarizacion, sino que se le ve el plumero y lo unico que busca es crear polemica...Aportemos cada uno nuestra vision, pero no nos creamos que tenemos la verdad absoluta..1 saludo.-
    Ser valiente no consiste en no sentir miedo, sino en sentirlo y aún así continuar adelante.-

  7. #97
    Cita Iniciado por TIBURCIO Ver mensaje
    en fin,respetando diversos gustos, opiniones etc, etc...cada cual que opine lo que quiera..abandono este post porque me parece un sin sentido.
    Yo no quiero ser Policia Nacional, como supongo que casi ningun Policia Nacional querra ser Guardia Civil....el 14 de Septiembre de 1992 entre por una puerta y me lo dijeron bien clarito...si no te gusta...márchate...yo no me siento estafado, si es verdad que hemos de seguir luchando para que mejore esto(os lo dice alguien con tres correctivos)..que haya facilidades para todos, desde el Teco al Guardia, pero vamos, que el que no se considere militar, se lo respeto, pero otra cosa es que no lo sea...que yo me podría considerar una berenjena pero soy un hombre...
    a todos los que luchan por mejorar nuestra profesion...todo mi apoyo...a los que deseen que desaparezca mi Cuerpo...que les parta un rayo
    Lo dicho... discursos con problemas de... ¿coherencia?
    Saludos
    Última edición por tipler; 09/12/2013 a las 23:07

  8. #98
    Es que los sentimientos personales son eso; personales. Las horas mensuales son las mismas, independientemente de esos sentimientos ¿No?. ¿Hablamos de las "horas nocturnas y festivas"?
    Me Matas.....Me das la Vida SIEMPRE SIEMPRE SIEMPRE COLCHONERO!!!!!!!!

  9. #99
    La gc es el cuerpo policial (o ente extraño en nuestro caso) más politizado de España, por encima de los mossos o policías locales......como es posible que se juegue con la seguridad pública, no agrupando puestos, con tal de no tener en contra a los alcaldes!!!!!!!
    Ja ja ja ja ja.
    Tenemos una estructura tan arcaica, que los jefes tienen que recurrir día a día a las mentiras de "la singularidad" del cuerpo, para justificar un despliegue obsoleto.

  10. #100
    B a n n e d
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    Cita Iniciado por dog12 Ver mensaje


    Estimado forero Puma83, como ya te dije antes, no tengo intención de dicutir un tema aburrido y caducado como este, pero tampoco me va suponer mucho esfuerzo volver a citar de nuevo, al Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros, que dice en su Disposición final primera. "El presente Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.º de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, extranjería y derecho de asilo. Se exceptúan de lo anterior las referencias al procedimiento sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de los extranjeros en aquellas Comunidades Autónomas a las que haya sido traspasada esta competencia, que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.º de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas."

    El RD mencionado, no deja margen a dudas, en cuanto que constituye una norma de plena efecacia legal que ni ha sido impugnada ni tildada de incustitucionalidad, lo mismo digo en cuanto al fondo, puesto que el mismo estabelece claramente que la EJECUCÓN en materia de Extrajeria, puede ser asumida por las CC.AA. A hora bien, allá está usted para interpretarlo como le venga en gana.

    Saludos

    Veo que de donde no hay no se puede sacar, ¿no sabes leer el artículo que pones?, he repetido mil veces, que las comunidades autónomas tienen competencia en el tema laboral, pero no en materia de extranjería, que es lo que se dice en ese artículo. Cataluña, que es la única que ejerce esta competencia, la cual tienen derecho todas las CCAA a ejercerla, autoriza al extranjero a trabajar, pero el Estado es el que autoriza la residencia del extranjero, adivina en donde, en una oficina de extranjeros (organismo del Estado) o en una comisaría del CNP.

    "Se exceptúan de lo anterior las referencias al procedimiento sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de los extranjeros en aquellas Comunidades Autónomas a las que haya sido traspasada esta competencia, que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.º de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas."


    ¿En dónde pone en este artículo algo sobre la autorización de residencia?

    Te lo voy a explicar como a un niño pequeño, lo subrayado en rojo se refiere a que las autorizaciones iniciales de trabajo a los extranjeros serán concedidas por las CCAA, cuando les haya sido transferica esa competencia, caso de Cataluña.

    ¿De verdad eres GC?

    No entiendo como se puede discutir algo que se lee bien clarito en un artículo que pones tú.

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