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  1. #1
    Cita Iniciado por Bávaro Ver mensaje
    En mi unidad el puesto del IJ que tiene 27 es de LD, asi que entiendo que lo pueden mandar a otro puesto en cualquier momento ¿no?

    En mi unidad los dos puestos de la escala superior pueden ser ocupadas por las dos categorías, asi que entiendo que el primero podría ser comisario y el segundo comisario principal ¿no?
    La persona que ocupa un puesto de libre designación no lo tiene ganado en ningún concurso, por lo que ante la pérdida de confianza del que lo nombró deja de ocuparlo.

    La respuesta a la segunda pregunta es no. En el caso de que el puesto de trabajo fuera común para la primera como para la segunda categoría de la escala superior, el DAO o Subdirector General correspondiente no nombrará a un Comisario al mando de un Comisario Principal por prohibirlo la Ley de Personal.
    .

  2. #2
    Cita Iniciado por DescendientedeCarabinero Ver mensaje
    La persona que ocupa un puesto de libre designación no lo tiene ganado en ningún concurso, por lo que ante la pérdida de confianza del que lo nombró deja de ocuparlo.

    La respuesta a la segunda pregunta es no. En el caso de que el puesto de trabajo fuera común para la primera como para la segunda categoría de la escala superior, el DAO o Subdirector General correspondiente no nombrará a un Comisario al mando de un Comisario Principal por prohibirlo la Ley de Personal.
    .
    Echándole un ojo al CPT, para mi sorpresa, la mayoría de puestos de nivel 27 no son de LD, son de EM o de GM.

    Sobre lo otro tienes razón y cambió en 2015.

    La distribución de los puestos de trabajo en el catálogo se hará conforme al principio de jerarquía sin que, en ningún caso, un Policía Nacional pueda estar subordinado a otro de categoría inferior por razón del puesto de trabajo que ocupe o al que esté adscrito.

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