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Resultados 51 al 60 de 245
  1. #51
    Cita Iniciado por Puma83 Ver mensaje
    Pero piensas las cosas antes de decirlas, explícame eso de la inminente transferencia de la competencia de Extranjeria a las comuniades autónomas, porque es la primera noticia que tengo, claro, será que en el CNP no tenemos GEO, GOES, UIP, TEDAX, etc..... no todos los sindicatos del CNP quieren la unificación, me dá a mi, que hay alguna asociación de la GC que tiene más interés, y con razón.

    Menudas películas se montan aqui algunos, a veces dudo que alguno sea GC.
    Bueno, no tengo intención de discutir con nadie, he expresado mi opinión, respetando la de resto de los foreros, no obstante te dejo mis fuentes

    El Gobierno creará un servicio único de Científica para Policía y Guardia Civil

    http://www.abc.es/hemeroteca/histori...636822193.html

    La Generalitat de Catalunya asume la competencia ejecutiva en materia de autorizaciones iniciales de trabajo para las personas extranjeras extracomunitarias
    http://www20.gencat.cat/portal/site/...&newLang=es_ES

    Última edición por dog12; 07/12/2013 a las 01:07

  2. #52
    Patrulleiro
    Guest
    Iba a opinar pero cuando he leido lo de la comisaria de 180 policias o la transferencia de extranjeria a las comunidades se me han quitado las ganas... Solo dire ke España paga una sancion por mantener a un cuerpo policial (que es lo ke somos, no tenemos nada en especial ni somos mas molones como alguno se cree) de naturaleza militar, pero como la logica no abunda en España pues nada

  3. #53
    Patrulleiro
    Guest
    Lee bien compañero porque quedas mal

  4. #54
    B a n n e d
    Fecha de ingreso
    07 oct, 12
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    Me pones una noticia del año 2008, cuando gobernaba el PSOE y aún no he visto esa unificación.....................

    Con respecto al segundo enlace, te copio lo referente a la competencia:


    Autorizaciones iniciales de trabajo para personas extranjeras

    Son las autorizaciones que se piden a las personas trabajadoras extranjeras extracomunitarias mayores de 16 años para el ejercicio de una actividad lucrativa en Cataluña por cuenta propia o por cuenta ajena.

    Las autorizaciones pueden ser:

    - sólo de trabajo, o bien
    - de residencia y trabajo (en este caso el Estado es quien resuelve en materia de residencia)


    No sé de donde sacas la inminente transferencia de Extranjeria, en lo referente a las competencias del CNP, todo sigue igual. Lo de científica es de traca, de hace 5 años y con otro gobierno, de todas formas, afectaria de igual forma a la GC que al CNP.

  5. #55
    Cita Iniciado por Patrulleiro Ver mensaje
    Iba a opinar pero cuando he leido lo de la comisaria de 180 policias o la transferencia de extranjeria a las comunidades se me han quitado las ganas... Solo dire ke España paga una sancion por mantener a un cuerpo policial (que es lo ke somos, no tenemos nada en especial ni somos mas molones como alguno se cree) de naturaleza militar, pero como la logica no abunda en España pues nada
    Apartandome un poco del tema del hilo creo que habria que aclarar una cuestión. Esta historia de la multa por tener un cuerpo policial de naturaleza militar es un bulo. España ha sido instada reiteradas veces para que adopte determinadas normativas europeas en la Guardia Civil (horarios, turnos, prevención de riesgos laborales, etc), pero nunca sancionada por lo que se ha comentado.

    Solo hay que ver como Francia, Italia, Holanda, etc mantienen cuerpos policiales de caracter militar sin ningun tipo de pega ni de multas fantasmas.

    Creo que no hay que dar pábulo a este tipo de informaciones falsas, y menos en un foro de guardias civiles.

    Saludos
    Μολὼν λαβέ

  6. #56
    Cita Iniciado por Puma83 Ver mensaje
    Me pones una noticia del año 2008, cuando gobernaba el PSOE y aún no he visto esa unificación.....................

    Con respecto al segundo enlace, te copio lo referente a la competencia:


    Autorizaciones iniciales de trabajo para personas extranjeras


    Son las autorizaciones que se piden a las personas trabajadoras extranjeras extracomunitarias mayores de 16 años para el ejercicio de una actividad lucrativa en Cataluña por cuenta propia o por cuenta ajena.

    Las autorizaciones pueden ser:

    - sólo de trabajo, o bien
    - de residencia y trabajo (en este caso el Estado es quien resuelve en materia de residencia)


    No sé de donde sacas la inminente transferencia de Extranjeria, en lo referente a las competencias del CNP, todo sigue igual. Lo de científica es de traca, de hace 5 años y con otro gobierno, de todas formas, afectaria de igual forma a la GC que al CNP.

    Hombre lo dice el propio Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros, en su
    Disposición final primera. "El presente Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.º de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, extranjería y derecho de asilo. Se exceptúan de lo anterior las referencias al procedimiento sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de los extranjeros en aquellas Comunidades Autónomas a las que haya sido traspasada esta competencia, que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.º de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas."

    ES CUESTIÓN DE TIEMPO



    Saludos

  7. #57
    B a n n e d
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    Cita Iniciado por dog12 Ver mensaje

    Hombre lo dice el propio Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros, en su
    Disposición final primera. "El presente Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.º de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, extranjería y derecho de asilo. Se exceptúan de lo anterior las referencias al procedimiento sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de los extranjeros en aquellas Comunidades Autónomas a las que haya sido traspasada esta competencia, que se dictan al amparo del artículo 149.1.7.º de la Constitución, que otorga al Estado la competencia exclusiva sobre legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas."

    ES CUESTIÓN DE TIEMPO



    Saludos

    Te repito que a las competencia del CNP no le afecta. Está muy equivocado.

  8. #58
    veo que te duelo, lo siento mucho, no es culpa mía

  9. #59
    B a n n e d
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    Cita Iniciado por dog12 Ver mensaje
    veo que te duelo, lo siento mucho, no es culpa mía

    A mi no me duele nada, explícame a qué función afecta de las que desarrolla el CNP, mejor deberías de preocuparte de los problemas de tu cuerpo, que ya te digo que estás equivocado, esto no afecta en nada al CNP, también te digo, que no es una competencia que me quite el sueño.

  10. #60
    B a n n e d
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    Lo que hace Cataluña, cualquier comunidad autónoma lo puede hacer, porque las comunidades autónomas tienen competencias en cuestiones laborales, que yo sepa, el CNP no tiene competencias en temas de trabajo. En catañuña el Gobierno es el que concede la residencia y la Generalitat el pemiso de trabajo, si lo pone bien clarito.

    Te lo pongo otra vez que no te quedó claro.


    Autorizaciones iniciales de trabajo para personas extranjeras


    Son las autorizaciones que se piden a las personas trabajadoras extranjeras extracomunitarias mayores de 16 años para el ejercicio de una actividad lucrativa en Cataluña por cuenta propia o por cuenta ajena.

    Las autorizaciones pueden ser:

    - sólo de trabajo, o bien
    - de residencia y trabajo (en este caso el Estado es quien resuelve en materia de residencia)

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