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No has rebatido nada, al contrario te he demostrado que tu interpretación sobre el prólogo del la ley es contraria a derecho y sin ningun fundamento, ademas de que la has manipulado cercenandola para intentar inducir a que parezca que dice otra cosa que a ti te interesa.

Una chapuza a todos los niveles de la que tu has salido del paso añadiendo otra retorcida reinterpretación gramatical. Que es lo único que sabes hacer al parecer.
Entonces sí he rebatido o no he rebatido... en qué quedamos?

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Eres incapaz de reconocer la verdad y la realidad aunque esta te caiga en la cabeza. Igual de incapaz de darte cuenta de que en el ámbito normativo actual, para que esta ley reconociera el caracter de agente de la autoridad a todos los vigilantes de seguridad, indistintamente, lo hubiera hecho exprofeso, con claridad y rotundidas y no con una proposición condional que es incompatible con la generalidad que intentas vendernos.
Es que en primer lugar, no reconoce el caracter de agente de la autoridad, que es precisamente lo que dificulta y daría probabilidades de tumbar la interpretación sistemática, sobre todo si fuera por parte del Constitucional. Lo que reconoce es una condición jurídica a efectos penales, y las potestades administrativas aparte. La proposición condicional tiene su explicación y su lógica, y también la explico en mi exposición. Por cierto, pareces juez del Supremo o del Constitucional, haciendo afirmaciones tan tajantes como que "para que esta ley reconociera el caracter de agente de la autoridad a todos los vigilantes de seguridad, indistintamente, lo hubiera hecho exprofeso, con claridad y rotundidas y no con una proposición condional" . Intenta practicar un poco más el principio de humildad, y no creer que todo lo que dices tú es una verdad indiscutible.

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Igual que aquella vez que te traje la resolución del gabinete técnico del Ministerio de Interior sobre seguridad privada y ,como te contradecia, decidiste que eso no era vinculante y lo que importaba eran tus opiniones personales. De traca lo tuyo.
Las resoluciones del gabinete técnico, no es que lo digo yo ES QUE ENCABEZA DICHAS RESOLUCIONES LA AFIRMACIÓN DE QUE NO ES VINCULANTE... a ver si te enteras. Lo tuyo sí que es de traca...


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Es que tus copia y pegas, reinterpretados y manipulados parecen una película (mala) de serie B.
Con los tuyos, sin embargo, me descojono vivo... señor ÚNICO licenciado en derecho...


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Este es tu problema, quieres ser lo que no eres. Y en vez de superar una oposición, quieres adaptar lo que eres a lo que te gustaria ser. Y eso es imposible.
Veo que además de juez eres adivino... pero de los malos. No, tengo muy claro que habrá cosas que cambiarán si algún día soy policía, y quiero disfrutar lo máximo posible de esas cosas ahora que aún estoy en mi etapa como Vigilante (etapa que, dicho sea de paso, tampoco me importaría desarrollar hasta mi jubilación, y que me encanta).

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Los ciudadanos tienen derechos, y la garantia de los mismos es que quienes velan por la seguridad pública, que son los agentes de los CCFFSS, estan legalmente habilitados mediante una ley orgánica que les habilita a incidir en sus derechos.
Me alegra que hagas alusión a esto:

Artículo 4 de la Nueva Ley de Seguridad Privada. Fines.
La seguridad privada tiene como fines:
a) Satisfacer las necesidades legítimas de seguridad o de información de los
usuarios de seguridad privada, velando por la indemnidad o privacidad de las personas o
bienes cuya seguridad o investigación se le encomiende frente a posibles vulneraciones
de derechos, amenazas deliberadas y riesgos accidentales o derivados de la naturaleza.
b) Contribuir a garantizar la seguridad pública, a prevenir infracciones y a aportar
información a los procedimientos relacionados con sus actuaciones e investigaciones.
c) Complementar el monopolio de la seguridad que corresponde al Estado,
integrando funcionalmente sus medios y capacidades como un recurso externo de la
seguridad pública.

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Lo que no puedes pretender tu es trabajar para una empresa privada, vigilando un supermercado e imputar desobediencia a todo aquel ciudadano que no se deje cachear o, simplemente no te obedezca. Eso si que es una aberración, y lamento desilusionarte, pero JAMAS va a ocurrir.
Lo que no puedes pretender tú es que, al margen de quien me pague, el Estado me obligue a perseguir delincuentes, a prevenir infracciones, incluso a denunciarlas, a poner en riesgo mi integridad para ello, y a velar por la seguridad pública en general, y que se me siga considerando "un simple empleado de una empresa privada" (tampoco un policía, ojo, que no digo eso). La Seguridad Privada en este país, no es algo tan simple como quieres hacer ver, manipulando a tu antojo su consideración jurídica.



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Es que con el rollo del "enemigo común" nos estas intentando hacer comulgar con ruedas de molino, y eso no se te puede permitir. Ademas de que olvidas de que nuestra labor es velar por los derechos de los ciudadanos, de la seguridad pública en su conjunto, y eso incluye pervenir y perseguir abusos como los que tu quieres argumentar como "legales".
Procura que si algún día, tienes que "perseguir un abuso" como los que yo comento, no des conmigo... por tu bien.

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Te animo a que un dia de estos pongas en práctica eso de imputar desobediencia a quien no te haga caso. A ver como te sale.
Ya he conseguido, como mínimo, llevar a trámite cuestiones relativas al reciente caracter de Funcionario Público que nos atribuía el Tribunal Supremo (aunque igual también tienes que convencerles a ellos de que eso es inconstitucional, por ser "simples empleados privados)... ya te contaré el resultado.

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Finalmente te repito lo que ya te dije: Pierdes el tiempo. No eres fuente de derecho, y menos en un foro de profesionales de los CCFFSS, y tus opiniones personales son solo eso, opiniones personales. Que ademas, desde un punto de vista jurídico, no son minimamente coherentes y solo buscan llegar a conclusiones predefinidas que tienes en tu cabeza.
Aplicate a ti mismo lo que predicas a los demás...

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Espera que se desarrolle el reglamento y te llevaras muchos disgustos.
Lo que yo decía... adivino.

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Aunque luego seguro que argumentas que el reglamento no es vinculante, que tus amigos de las altas esferas te han dicho que en realidad la verdadera ley esta oculta para evitar que los "progres" se rebelen o que si sumas todas las páginas del reglamento sale un número impar y eso es la prueba legal de que eres agente de la autoridad.
... y además "humorista". Qué arte!